Oficio mediante el cual se comunica a ING Bank (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Grupo Financiero, la revocación de la autorización para organizarse y operar como institución de crédito

Fecha de disposición11 Abril 2013
Fecha de publicación11 Abril 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Presidencia.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros A.- Vicepresidencia Jurídica.- Oficio Núm. 510/16054/2013 210/27516/2013.- Exp. CNBV .212.421.12 "2013/Ene/ 23"/IBM-127/01.

ASUNTO: Se revoca su autorización para organizarse y operar como institución de crédito.

ING BANK (MÉXICO), S.A., INSTITUCIÓN DE

BANCA MÚLTIPLE, ING GRUPO FINANCIERO

Bosque de Alisos No. 45-B, piso 4,

Col. Bosques de Las Lomas

C.P. 05120 México, D.F.

Esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en los artículos 28, fracción II de la Ley de Instituciones de Crédito; 4, fracciones I y XXXVIII, 12, fracciones V, XIV y XV, y 16, fracciones I, VI y XVI y penúltimo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 1, 3, 4, 9, 11, primer párrafo y fracciones I, inciso c) y II, inciso f) y 12 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y conforme al Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la propia Comisión en su sesión extraordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2013, con objeto de dar cumplimiento a dichos ordenamientos legales, dicta la presente resolución de revocación de la autorización, que para organizarse y operar como institución de banca múltiple, le fue otorgada a ING BANK (México) S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Grupo Financiero, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

  1. Mediante oficio 101-1819 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de fecha 30 de octubre de 1995, se autorizó la organización y operación de "ING Bank (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Baring Grupo Financiero (México), S.A. de C.V."

    A través del oficio 101-01247 emitido por la SHCP de fecha 11 de octubre de 2002, se autorizó la modificación del artículo primero de sus estatutos sociales para cambiar su denominación por la de ING Bank (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Grupo Financiero.

  2. Por escrito de fecha 23 de noviembre de 2012, ING BANK (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Grupo Financiero, solicitó a esta Comisión, por conducto de su representante legal, señor Miguel R. Estrada Martí, la revocación de la autorización que le fue otorgada para organizarse y operar como institución de banca múltiple en términos de lo dispuesto en el artículo 28, fracción II de la Ley de Instituciones de Crédito, y la autorización para que el proceso de liquidación se realice de conformidad con lo previsto en el Apartado C, Sección Segunda, Capítulo II, Título Sexto de la citada Ley; adjuntando para tal efecto:

    1. Copia simple del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 23 de noviembre de 2012, en la que se aprueba:

      Ø Solicitar a la Comisión la revocación de la autorización que le fue otorgada para organizarse y operar como institución de banca múltiple en términos de lo dispuesto en el artículo 28, fracción II de la Ley de Instituciones de Crédito;

      Ø Solicitar a la Comisión la autorización para que el proceso de liquidación se realice de conformidad con lo previsto en el Apartado C, Sección Segunda, Capítulo II, Título Sexto de la Ley de Instituciones de Crédito;

      Ø La disolución de la Sociedad sujeta a que se obtenga la revocación de la autorización;

      Ø Tomar nota de los Estados Financieros aprobados al 31 de diciembre de 2011 por su Asamblea General Ordinaria de fecha 25 de abril de 2012, refiriendo que en los mismos no se encuentran obligaciones garantizadas por el Instituto;

      Ø El Balance General al 30 de septiembre de 2012, en el que señalan que no se encuentran registradas obligaciones garantizadas a cargo de la institución de crédito, referidas en la Ley de Protección al Ahorro Bancario;

      Ø Presentar a esta Comisión los Estados Financieros dictaminados al 31 de diciembre de

      2011 y el Balance General;

      Ø Tomar nota de que la Sociedad no mantiene deudas, créditos y/o garantías resultantes de convenios marco, normativos o específicos, celebrados respecto de operaciones financieras derivadas, de reporto, de préstamo de valores u otras equivalentes; y

      Ø Designan como liquidador al Señor Federico Gabriel Lucio Decanini con efectos a partir de que se autorice la revocación y el proceso de liquidación.

    2. Copia simple del Acta de Asamblea General Ordinaria Anual de Accionistas de fecha 25 de abril de 2012, en la que aprueban los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2011;

    3. Estados financieros al 31 de diciembre de 2011 y balance general al 30 de septiembre de 2012;

    4. Informes del auditor externo del 26 de octubre de 2012, sobre el examen de los estados financieros al 31 de diciembre de 2011 y del balance general al 30 de septiembre de 2012, en los que se incluyen las opiniones del mismo, relativas a componentes, cuentas o partidas específicas de los estados financieros, y en los que certifica que no se encuentran registradas a cargo de la sociedad obligaciones garantizadas referidas en la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

  3. Derivado de lo anterior, mediante oficio número 111-5/16553/2013, de fecha 8 de enero de 2013, este Órgano Desconcentrado emplazó a ING BANK (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Grupo Financiero, para revocar su autorización para organizarse y operar como Institución de Banca Múltiple, le otorgó garantía de audiencia y le requirió la siguiente información y documentación:

    1. Las Actas de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fechas 25 de abril y 23 de noviembre de 2012, respectivamente, debidamente protocolizadas ante notario público, en términos de lo dispuesto por el artículo 194, último párrafo de la Ley General de Sociedades Mercantiles;

    2. Los procedimientos para realizar la entrega de bienes propiedad de terceros, que conforme al Balance General con cifras al 30 de septiembre de 2012 anexo a la solicitud, se tiene un saldo de $410 millones de pesos, conformados por "Bienes en fideicomiso o mandato" por $36 millones de pesos y "Bienes en custodia o en administración" por $374 millones de pesos, como lo dispone el artículo 122 Bis 31, fracción III, inciso c) de la Ley de Instituciones de Crédito; en caso de que a la fecha no mantenga dichos bienes, esa Sociedad deberá presentar la evidencia de su entrega o en su caso transferencia;

    3. Documentación que acredite que el señor Federico Gabriel Lucio Decanini, designado como liquidador de esa Sociedad por su asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 23 de noviembre de 2012, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 122 Bis 31, fracción II de la Ley de Instituciones de Crédito.

  4. Por escrito de fecha 21 de enero de 2013, ING BANK (México) S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Grupo Financiero, a través de su representante legal el señor Miguel R. Estrada Martí, desahogó su garantía de audiencia otorgada en el oficio de emplazamiento señalado en el numeral anterior del presente capítulo, adjuntando a su escrito:

    1. Original del segundo testimonio de la escritura pública número 5,898 de fecha 2 de mayo de 2012, otorgada por el notario público número 150 del Estado de México, en la que se protocoliza el acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 25 de abril de 2012;

    2. Copia certificada del primer testimonio de la escritura pública número 6,754 de fecha 30 de noviembre de 2012, otorgada por el notario público número 150 del Estado de México, en la que se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 23 de noviembre de 2012;

    3. La documentación que acredita la entrega o transferencia de la totalidad de los valores que aparecían registrados en la cuenta "Bienes en custodia o en administración" por $374 millones de pesos del balance general de ING BANK al 30 de septiembre de 2012;

    4. Los procedimientos para la entrega de los bienes que aparecen registrados en la cuenta "Bienes en fideicomiso o mandato" por $36 millones de pesos en el balance general de esa sociedad al 30 de septiembre de 2012, que corresponden a bienes que integran el patrimonio del plan de pensiones de los trabajadores de esa Institución de Crédito; y

    5. La documentación que acredita que, el Señor Federico Gabriel Lucio Decanini cumple con los requisitos establecidos en la fracción II del artículo 122 Bis 31 de la Ley de Instituciones de Crédito, para desempeñar el cargo de liquidador de ING BANK (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Grupo Financiero.

  5. Mediante oficios números 111-5/16555/2013 y 111-5/16556/2013 del 23 de enero de 2013, la Comisión solicitó la opinión a que se refiere el artículo 28, fracción II de la Ley de Instituciones de Crédito al Banco de México y al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

  6. Por escrito de fecha 31 de enero de 2013 ING BANK (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, ING Grupo Financiero, presentó un ejemplar de los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2012, toda vez que señala en la parte conducente que:

    Los Estados Financieros 2012 se presentan a esa Comisión con la finalidad de que esta última esté en posibilidad de dar seguimiento a las acciones realizadas por ING Bank desde la fecha de la solicitud de Revocación y no con la finalidad de acreditar el cumplimiento de lo establecido en las fracciones I y II del artículo 122 Bis 30 de la Ley, lo que se acreditó oportunamente en la propia solicitud de revocación, con los estados financieros dictaminados de ING Bank al 31 de diciembre de 2011 ...

  7. A través de los oficios 111-5/16558/2013 y 111-5/16559/2013, del 5 de febrero de 2013, esta Comisión hizo llegar al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario y al Banco de México los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2012, referidos en el numeral anterior, a fin de que, dichas autoridades contaran con mayores...

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