Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos del partido político nacional denominado Nueva Alianza

Fecha de disposición20 Septiembre 2011
Fecha de publicación20 Septiembre 2011
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG261/2011. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS DEL PARTIDO POLITICO NACIONAL DENOMINADO "NUEVA ALIANZA".

Antecedentes

  1. El catorce de julio de dos mil cinco, en sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Federal Electoral, "Nueva Alianza" obtuvo su registro como Partido Político Nacional, y por tanto se encuentra en pleno goce de sus derechos y sujeto a las obligaciones que el Código de la materia señala.

  2. El Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión extraordinaria celebrada el veintiuno de septiembre de dos mil cinco, aprobó diversas modificaciones a los Estatutos del partido político nacional denominado Nueva Alianza.

  3. Los días diecinueve y treinta de junio de dos mil once, el partido político nacional denominado Nueva Alianza efectuó una Asamblea Extraordinaria de su Convención Nacional, en la cual entre otros asuntos, se aprobaron las modificaciones a los Estatutos de dicho partido político.

  4. El trece de julio de dos mil once, el Licenciado Luis Antonio González Roldán, Representante Propietario de Nueva Alianza ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral, presentó en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos oficio número NA/LAGR/92/2011, por el que informó sobre los Acuerdos aprobados por la Asamblea Extraordinaria de la Convención Nacional de dicho partido, efectuada los días diecinueve y treinta de junio de dos mil once, entre ellos, el relativo a las modificaciones de los Estatutos, y solicitó realizar el análisis correspondiente a efecto de declarar su procedencia constitucional y legal.

  5. Mediante oficio número NA/LAGR/101/2011, recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos el veintiocho de julio de dos mil once, el Licenciado Luis Antonio González Roldán, Representante Propietario de Nueva Alianza ante el Consejo General de este Instituto, en alcance al oficio recibido el día trece del mismo mes y año, remitió la descripción gráfica del nuevo emblema de dicho partido político.

  6. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos integró el expediente con la documentación presentada por el Licenciado Luis Antonio González Roldán, Representante Propietario de Nueva Alianza ante el Consejo General de este Instituto.

  7. En sesión extraordinaria privada celebrada el ocho de septiembre del presente año, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Federal Electoral, conoció el Proyecto de Resolución sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos del partido político nacional denominado Nueva Alianza.

Al tenor de los antecedentes que preceden; y

Considerando

  1. Que de acuerdo con el artículo 41, párrafo segundo, Base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 104, párrafo 1 y 105, párrafo 2, ambos del Código de la materia, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo cuya función estatal es la organización de las elecciones federales, y en la que tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

  2. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos preceptúa que los partidos políticos son entidades de interés público que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.

  3. Que el artículo 23, párrafo 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala que: "El Instituto Federal Electoral vigilará que las actividades de los partidos políticos se desarrollen con apego a la ley".

  4. Que el artículo 118, párrafo 1, inciso h), del Código Electoral Federal determina como atribución del

    Consejo General: "[...] Vigilar que las actividades de los partidos políticos nacionales y las agrupaciones políticas se desarrollen con apego a este Código y cumplan con las obligaciones a que están sujetos [...]".

  5. Que el artículo 38, párrafo 1, inciso l) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece como obligación de los partidos políticos, comunicar al Instituto cualquier modificación a sus documentos básicos, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se tome el Acuerdo correspondiente por el partido.

  6. Que el artículo 47, párrafo 2 del referido Código Federal, otorga a los afiliados de los partidos políticos nacionales, el derecho a impugnar las modificaciones a los Estatutos de éstos, otorgándole al Instituto Federal Electoral la atribución de resolver simultáneamente sobre dichas impugnaciones, al pronunciarse sobre la procedencia constitucional y legal de tales modificaciones.

  7. Que el partido político nacional denominado Nueva Alianza celebró Asamblea Extraordinaria de su Convención Nacional, los días diecinueve y treinta de junio de dos mil once, en la cual aprobó modificaciones a los Estatutos que a la fecha rigen sus actividades.

  8. Que con fecha trece de julio de dos mil once, el Licenciado Luis Antonio González Roldán, Representante Propietario de Nueva Alianza ante el Consejo General de este Instituto, presentó en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de esta autoridad electoral oficio número NA/LAGR/92/2011, por el que informó sobre las modificaciones a los Estatutos, aprobadas por la Asamblea Extraordinaria de la Convención Nacional, realizada los días diecinueve y treinta de junio de esta anualidad, y remitió al efecto la documentación soporte correspondiente, solicitando a este Consejo General la declaración sobre la procedencia constitucional y legal de dichas reformas y cumpliendo con el plazo señalado por el artículo 38, párrafo 1, inciso l), del Código Electoral Federal.

  9. Que el partido político nacional denominado Nueva Alianza, junto con la notificación respectiva, remitió el proyecto de nuevo Estatuto y la documentación que, de conformidad con sus Estatutos vigentes, da fe del cumplimiento de los requisitos estatutarios para la integración e instalación de la Convención Nacional en cita. Dichos documentos son los siguientes:

    · Original de la convocatoria, lista de asistencia y acta de la sesión de la Junta Ejecutiva Nacional celebrada el día veinticinco de abril de dos mil once, en la que se aprobó la convocatoria a la Convención Nacional Extraordinaria, así como el Acuerdo por el que se autoriza a las Juntas Ejecutivas Estatales a que convoquen a sus respectivas Convenciones Estatales.

    · Original de las convocatorias, listas de asistencia y actas de los Consejos Estatales celebrados en treinta y un entidades, con el objeto de aprobar la convocatoria a las Convenciones Estatales, así como el Acuerdo por el que se faculta a las Juntas Ejecutivas Estatales para convocar a las Asambleas Distritales.

    · Original de las convocatorias, listas de asistencia y actas de las Asambleas Distritales celebradas en doscientos ochenta y nueve distritos electorales uninominales federales, con el objeto de elegir delegados a las Convenciones Estatales.

    · Original de las convocatorias, listas de asistencia y actas de las Convenciones Estatales celebradas en treinta y un entidades federativas, con el objeto de elegir delegados a la Convención Nacional.

    · Original de la convocatoria, lista de asistencia y acta de la sesión de la Junta Ejecutiva Nacional celebrada el día quince de junio de dos mil once, con el objeto de elegir delegados a la Convención Nacional.

    · Original de la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria de la Convención Nacional, de fecha nueve de junio de dos mil once, suscrita por los integrantes de la Junta Ejecutiva Nacional.

    · Original de las publicaciones del texto de la...

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