Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de electrodos convencionales, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 8311.10.01 y 8311.10.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias...

EmisorSecretaría de Economía

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de electrodos convencionales, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 8311.10.01 y 8311.10.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE ELECTRODOS CONVENCIONALES, MERCANCIA CLASIFICADA EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 8311.10.01 Y 8311.10.99 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver en la etapa procesal que nos ocupa el expediente administrativo 39/05, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

Presentación de la solicitud

  1. El 25 de noviembre de 2005, Electrodos Infra, S.A. de C.V., en lo sucesivo Electrodos Infra o la solicitante, por conducto de su representante legal compareció ante la Secretaría para solicitar el inicio de la investigación administrativa en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, y la aplicación del régimen de cuotas compensatorias sobre las importaciones de electrodos convencionales, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

  2. La solicitante argumentó que en el periodo comprendido de junio de 2004 a mayo de 2005 las importaciones de electrodos convencionales originarias de la República Popular China crecieron en forma considerable en condiciones de discriminación de precios, por lo que causaron daño importante o amenaza de daño importante a la industria nacional de la mercancía similar, que se apreció en efectos negativos en volúmenes y precios de las ventas al mercado interno, lo que a su vez se tradujo en la disminución de la producción, participación de mercado, empleo y utilización de la capacidad instalada. La Secretaría consideró apropiado establecer como periodo investigado del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, a efecto de que la información que sea proporcionada y analizada en el transcurso de la investigación sea lo más actualizada posible, permitiendo así a la autoridad investigadora allegarse de los elementos suficientes para la determinación preliminar y definitiva de la práctica desleal de comercio internacional.

    Empresa solicitante

  3. Electrodos Infra es una empresa constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con domicilio para oír y recibir notificaciones en Insurgentes Sur 1883-102 Col. Guadalupe Inn, código postal 01020, México, D.F., cuya actividad principal consiste en la fabricación, compra, venta y comercialización de electrodos, soldaduras, fundentes y todo lo relacionado con los procesos de soldadura eléctrica y autógena.

  4. Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 40 de la LCE, la solicitante manifestó que, durante el periodo comprendido del 1 de junio de 2004 al 31 de mayo de 2005, representó el 30 por ciento de la producción nacional de los productos idénticos o similares a los que se importan en condiciones de discriminación de precios y que causan daño importante a la rama de producción nacional. Asimismo, la solicitante exhibió dos cartas de las empresas Esab México, S.A. de C.V. y Lincoln Electric Mexicana, S.A. de C.V., en lo sucesivo Esab México y Lincoln Electric Mexicana, respectivamente, en las cuales estos productores manifiestan su apoyo a la investigación antidumping en contra de las importaciones de electrodos convencionales originarias de la República Popular China.

    Información sobre el producto

    Descripción general del producto

  5. Electrodos Infra manifestó que, en términos generales, la mercancía objeto de investigación es un alambre de acero recubierto con diversos compuestos químicos que se utiliza para unir dos o más piezas de metal, principalmente de acero; el nombre genérico de esta mercancía es electrodo para soldar de tipo convencional, aunque también se le denomina electrodo cubierto (revestido) o bien al acero bajo carbón; en inglés se conoce como stick electrode, mild steel electrode, welding electrode o welding rod.

    Régimen arancelario

  6. Según Electrodos Infra los electrodos convencionales ingresan al mercado nacional por las fracciones arancelarias 8311.10.01 y 8311.10.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en adelante TIGIE, aunque puede ingresar por las fracciones 8311.30.01 y 8311.90.99 si es incorrectamente clasificada. Tanto en las operaciones comerciales como en las fracciones arancelarias indicadas la unidad de medida es el kilogramo.

  7. Al respecto, de acuerdo con la nomenclatura arancelaria de la TIGIE, por el capítulo 83 ingresan las “manufacturas diversas de metal común”; por su parte, la partida 8311 considera “alambres, varillas, tubos, placas, electrodos y artículos similares, de metal común o de carburo metálico, recubiertos o rellenos de decapantes o de fundentes, para soldadura o depósito de metal o de carburo metálico; alambres y varillas, de polvo de metal común aglomerado, para la metalización por proyección”. En cuanto a la subpartida 8311.10, ésta incluye los “electrodos recubiertos para soldadura de arco, de metal común”, mientras que en las fracciones 8311.10.01 y 8311.10.99 se clasifican dichos productos pero “de hierro o de acero” y “los demás”, respectivamente.

  8. Por otra parte, de conformidad con los periodos de desgravación arancelaria establecidos en los acuerdos comerciales de los que los Estados Unidos Mexicanos son parte y los Decretos que establecieron la tasa aplicable para 2004 y 2005 para las mercancías importadas por las fracciones arancelarias 8311.10.01 y 8311.10.99, publicados el 31 de diciembre de 2003 y el 29 de diciembre de 2004, respectivamente, en 2004 y 2005 las importaciones de países con los que se tienen acuerdos o convenios comerciales quedaron sujetas a un arancel ad valorem en el rango de cero a 5 por ciento, dependiendo del país de que se trate.

  9. En lo que toca a las importaciones clasificadas en las fracciones mencionadas, originarias de países con los cuales no se tenían acuerdos comerciales, en 2004 se sujetaron a un arancel ad valorem de 18 por ciento, el cual disminuyó a 15 por ciento conforme a lo establecido en el Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la TIGIE, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2004.

    Características físicas y técnicas

  10. Electrodos Infra proporcionó copias de la International Estandar ISO 2560:20002 E. Welding Consumables - Covered Electrodes For Manual Metal Arc Welding Of Non-Alloy and Fine Grain Steels-Classification, así como del documento Specification For Carbon Steel Electrodes For Shielded Metal Arc Welding, con sus respectivas traducciones al español (Consumibles de soldadura -Electrodos cubiertos para soldadura manual por arco metálico de aceros no aleados y de grano fino, y Especificación para electrodos de acero al carbón para soldadura de arco metálico protegido, respectivamente); en este último documento se indica que es idéntica a la norma AWS A5.1 / A5.1M: 2004.

  11. Con base en esta documentación, la solicitante indicó que los electrodos convencionales son alambres de acero al carbón A.I.S.I. 1010 con un porcentaje de carbono que se encuentra en el rango desde 0.08 hasta 0.12 por ciento; en general, presenta diversos diámetros, dependiendo de la aplicación que se requiera, y largos que pueden alcanzar hasta poco más de 400 mm.; estos productos están recubiertos con diversos minerales o compuestos químicos, entre ellos, arena de zirconio, rutilo, celulosa, caolín, mármol, polvo de hierro, FeSi, FeTi y Fem, por sólo citar algunos.

  12. De acuerdo con la norma American Welding Society (AWS), la mercancía objeto de investigación se describe con la letra E seguida de 4 ó 5 números: la letra indica que el electrodo es para soldadura por arco; las dos primeras cifras de un número de 4, o bien las 3 primeras de un número de 5, significan la resistencia mínima a la tracción del metal depositado (miles de libras por pulgada cuadrada); el penúltimo número significa la posición en que se debe aplicar (plana, horizontal, vertical y sobre cabeza) y, la última cifra señala el tipo de corriente (alterna o continua), el tipo de escoria, tipo de arco, penetración y presencia de compuestos químicos en el recubrimiento.

  13. En este sentido, la solicitante señaló que técnicamente la mercancía objeto de esta investigación se denomina de la siguiente forma: i) electrodos para acero al carbono celulósicos, E 6010 y E 6011; ii) electrodos para acero al carbono rutílicos, E 6013; iii) electrodos para acero al carbono básicos (bajo hidrógeno), E 7018; y, iv) electrodos para acero al carbono rutílicos con polvo de hierro, E 7024. No obstante esta nomenclatura técnica, cada empresa productora o comercializadora, denomina comercialmente de forma distinta a los electrodos convencionales.

  14. Por otra parte, Electrodos Infra proporcionó muestras físicas, hojas de especificaciones y fotografías de empaques de importaciones de electrodos convencionales originarios de la República Popular China, así como resultados de pruebas de laboratorio tanto de estos últimos como de los de su fabricación, efectuadas por la empresa Pruebas Mecánicas, S.A. de C.V., acreditada por la Entidad Mexicana de Acreditamiento, con número de registro Q-063-007/02. Con base en estos medios de prueba, este productor nacional argumentó que tanto el producto importado...

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