Oficio mediante el cual se autoriza a Caja Popular San José Iturbide, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo

Fecha de disposición13 Septiembre 2013
Fecha de publicación13 Septiembre 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General de Autorizaciones Especializadas.- Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares.- Dirección General de Supervisión de Cooperativas de Ahorro y Préstamo A.- Oficio Núm.: 210-27758/2013 y 120-99/2013.- CNBV.311.311.16 (7913) "2013-08-23" <10>.

Asunto: Se autoriza a Caja Popular San José Iturbide, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo.

Comité de Supervisión Auxiliar del Fondo de Supervisión

Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y

Préstamo y de Protección a sus Ahorradores

Cda. Blvd. Adolfo López Mateos No. 2607, interior 3,

Col. Barrio de Guadalupe, C.P. 37280, León, Gto.

Caja Popular San José Iturbide,

S.C. de A.P. de R.L. de C.V.

Benito Juárez 5, Col. Centro,

C.P. 37980, San José Iturbide, Gto.

At'n.: L.A.E. Jorge Valle Pérez

Presidente del Comité de Supervisión Auxiliar

  1. Ruth Contreras Ramírez

Gerente General de la Sociedad

La Junta de Gobierno de esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sesión celebrada el 6 de agosto de 2013, en atención a la solicitud de ese Comité de Supervisión Auxiliar, contenida en el escrito recibido el 12 de abril de 2013, por el cual en nombre de la sociedad denominada Caja Popular San José Iturbide, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. (Sociedad), solicita la autorización de esta Comisión para que dicha sociedad continúe realizando operaciones de ahorro y préstamo como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, con fundamento en los artículos 10 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; 2, 4, fracción XI y 12, fracción V de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y 1, 3, fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entre otros, acordó lo que a continuación se transcribe en lo conducente de la certificación expedida por su secretario:

"OCTAVO.- Los miembros de la Junta de Gobierno, tomando en consideración la opinión favorable del Comité de Autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, autorizaron por unanimidad que las siguientes sociedades: . . . Caja Popular San José Iturbide, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.; . . . continúen realizando operaciones de ahorro y préstamo con un nivel de operaciones III...

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