Resolución final del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de la Federación de Rusia, República de Kazajstán y República de Bulgaria, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Economía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCION FINAL DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS IMPUESTAS A LAS IMPORTACIONES DE LAMINA ROLADA EN FRIO ORIGINARIAS DE LA FEDERACION DE RUSIA, REPUBLICA DE KAZAJSTAN Y REPUBLICA DE BULGARIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCIA SE CLASIFICA EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7209.16.01 y 7209.17.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION.

Visto para resolver el expediente administrativo E.C. 06/09 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

  1. Resolución final

    1. El 29 de junio de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de lámina rolada en frío originarias de Rusia, Kazajstán y Bulgaria, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE).

  2. Monto de la cuota compensatoria

    1. Mediante la resolución a que se refiere el punto anterior se determinaron las siguientes cuotas compensatorias definitivas:

    a. para las importaciones originarias de Rusia;

    i. de 83 por ciento a las de la empresa A.O. Severstal, y

    ii. de 88 por ciento a las de cualquier otra empresa rusa.

    b. de 34 y 33 por ciento para las importaciones originarias de Kazajstán clasificadas en las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01, respectivamente, y

    c. de 44 y 45 por ciento para las importaciones originarias de Bulgaria clasificadas en las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 respectivamente.

  3. Resolución final de examen

    1. El 12 de diciembre de 2005 se publicó en el DOF la resolución final del primer examen de vigencia de las cuotas compensatorias. Se determinó mantenerlas por cinco años más contados a partir del 30 de junio de 2004.

  4. Investigaciones relacionadas

    1. El 21 de octubre de 1999 se publicó en el DOF la resolución por la que se concluyó el examen de vigencia a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de Estados Unidos. Las medidas se eliminaron tras haberse desistido expresamente Altos Hornos de México, S.A. de C.V. e Hylsa, S.A. de C.V. ("Hylsa").

    2. El 30 de enero de 2001 se publicó en el DOF la resolución por la que se eliminaron las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de Alemania, Brasil y Venezuela. Las medidas se eliminaron, en virtud de que ninguna parte solicitó que fueran revisadas ni los productores nacionales manifestaron su interés en que la Secretaría llevara a cabo un procedimiento de examen.

  5. Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

    1. El 2 de enero de 2009 se publicó en el DOF el Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias, a través del cual se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de los productos listados en dicho Aviso, incluida la lámina rolada en frío, se podrían examinar a efecto de determinar si la supresión de las mismas daría lugar a la continuación o repetición de la práctica desleal de comercio internacional. El 25 de mayo de 2009 Altos Hornos de México, S.A.B. de C.V. (AHMSA) y Ternium de México, S.A. de C.V. ("Ternium") antes

    Hylsa, manifestaron su interés en que la Secretaría iniciara el examen.

  6. Productores nacionales

    1. AHMSA es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Tiene por objeto principal la producción, transformación y elaboración del fierro y del acero. Señaló como domicilio para oír y recibir notificaciones en Avenida Campos Elíseos No. 29, piso 5, colonia Chapultepec Polanco, México, D.F.

    2. Ternium es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas, y es sucesora en interés de las empresas Hylsa e Imsa-Mex S.A. de C.V., subsidiarias de Hylsamex S.A. de C.V. y Grupo IMSA S.A. de C.V. Tiene por objeto fabricar, comprar, vender y manufacturar toda clase de productos de fierro y acero, entre los que se encuentra la lámina rolada en frío. Señaló como domicilio para oír y recibir notificaciones en Avenida Universidad Norte No. 992, colonia Cuauhtémoc, San Nicolás de los Garza, Nuevo León.

  7. Resolución de inicio

    1. El 2 de julio de 2009 se publicó en el DOF la resolución que declaró el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria. A través de ésta, se convocó a los importadores, exportadores y a cualquier persona que tuviera interés jurídico en el resultado del examen, para que comparecieran en el procedimiento y presentaran los argumentos, la información y las pruebas que estimaran pertinentes.

    2. La Secretaría notificó el inicio del examen a Ternium, AHMSA, a los gobiernos de Rusia, Kazajstán y Bulgaria, así como a los exportadores e importadores de que tuvo conocimiento, y les corrió traslado de los formularios oficiales para que presentaran la información requerida y formularan argumentos dentro del plazo legal.

  8. Periodo de examen

    1. La Secretaría fijó como periodo de examen el comprendido del 1 de abril de 2008 al 31 de marzo de 2009, a efecto de que la información proporcionada y analizada en el transcurso del presente procedimiento fuera lo más actualizada posible.

      I. Partes interesadas comparecientes

    2. Derivado de la convocatoria y notificaciones referidas en los puntos 9 y 10 de esta Resolución únicamente comparecieron los productores nacionales Ternium y AHMSA.

  9. Descripción del producto

    1. Descripción general del producto

    2. De acuerdo con la resolución final de la investigación antidumping y la de inicio de este procedimiento, la mercancía objeto de examen es la lámina rolada en frío. También se le conoce simplemente como lámina fría y, en inglés, como cold rolled steel sheet coil, cold rolled coil, o bien sheetso cold rolled steelsheets.

    3. Tratamiento arancelario

    4. Se clasifica en las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE:

      Tabla 1. Descripción arancelaria de lámina rolada en frío investigada

      Clasificación arancelaria Descripción
      72.09 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.
      -Subpartida 1er. Nivel - Enrollados, simplemente laminados en frío:
      7209.16 -- De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
      7209.16.01 De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
      7209.17 --De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
      7209.17.01 De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.

      La unidad de medida utilizada en la TIGIE es el kilogramo, aunque las operaciones comerciales se realizan normalmente en toneladas.

    5. Las mercancías importadas por estas fracciones arancelarias originarias de países con los que

      México ha suscrito tratados de libre comercio están exentas de arancel, excepto las originarias de Japón que, al igual que las originarias de otros países, están sujetas a un arancel ad valorem del 5 por ciento.

    6. Especificaciones técnicas y características físicas

    7. La lámina rolada en frío normalmente se produce conforme a las especificaciones de las normas ASTM, SAE, JIS y DIN, cuyo cumplimiento facilita su comercialización, ya que los consumidores tienen la seguridad de que tiene propiedades físicas y químicas homogéneas, cualquiera que sea su origen.

    8. Se fabrica con acero al carbón de calidad comercial, que se componen de mineral de hierro, carbono (menos del 2 por ciento en peso de la composición de la aleación) y cantidades pequeñas de otros elementos, por ejemplo el manganeso, fósforo y azufre, que brindan ciertas características físicas a los productos, y varían principalmente en función del contenido de carbono. La lámina objeto de examen se fabrica en anchos mayores o iguales a 600 mm y espesores que van desde 0.5 a 3 mm, con acabados mate o brillante.

    9. Proceso productivo

    10. Según la información de la World Steel Association (WSA) y catálogos de las empresas exportadoras de los países investigados que aportaron AHMSA y Ternium, el proceso de fabricación de la lámina en frío es similar en todo el mundo; y únicamente varía en el grado de automatización. Inicia con la obtención del acero líquido mediante la fundición en hornos básicos al oxígeno (HBO) y hornos de arco eléctrico (HAE). El 97.8 por ciento de la producción mundial de acero se obtiene a través de éstos; el resto se obtiene mediante el llamado horno de hogar abierto. El acero líquido se transporta en ollas que se vacían en una máquina de colado continuo para obtener planchones, que se recalientan y pasan por un molino que las reduce hasta formar una lámina con el espesor y ancho deseados, y finalmente se enrollan.

    11. Este producto puede venderse directamente al cliente, o utilizarse para fabricar lámina rolada en frío, en cuyo caso el rollo laminado en caliente se lava y se decapa; y se reduce su espesor en un molino de laminación en frío, para proporcionarle flexibilidad y ductilidad. Luego se lleva a molinos templadores para modificar sus propiedades físicas y proporcionarle el acabado mate o brillante. La lámina fría tiene un menor espesor, que le da mayor resistencia, y un acabado superficial que la distinguen de la lámina rolada en caliente.

    12. Usos

    13. La lámina en frío se utiliza como materia prima en las industrias de línea blanca, automotriz, de tubería y de la construcción para fabricar diversos bienes intermedios y de capital, por ejemplo, componentes de chasis, laminaciones para motores eléctricos, piezas automotrices no expuestas, cárteres automotrices, defensas, escapes, perfiles, polines, envases, recipientes, electrodomésticos, gabinetes, envases litografiados, tubería...

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