Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones al Programa de Acción y Estatutos de la agrupación política nacional denominada Movimiento Social para el Nuevo Milenio

DOF, 26 de Diciembre de 2008Organismos Autonomos › Instituto Federal Electoral

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Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones al Programa de Acción y Estatutos de la agrupación política nacional denominada Movimiento Social para el Nuevo Milenio

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG545/2008. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES AL PROGRAMA DE ACCION Y ESTATUTOS DE LA AGRUPACION POLITICA NACIONAL DENOMINADA "MOVIMIENTO SOCIAL PARA EL NUEVO MILENIO".

Antecedentes

I. El día treinta de enero de dos mil ocho, ante la Dirección de Partidos Políticos y Financiamiento de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, la asociación civil denominada "EMILIANO ZAPATA REVOLUCION DEL SUR", bajo protesta de decir verdad, presentó su solicitud y documentación para acreditar el cumplimiento de requisitos para obtener su registro como Agrupación Política Nacional.

II. En sesión extraordinaria de fecha veintinueve de abril dos mil ocho, el Consejo General otorgó a la asociación civil denominada "EMILIANO ZAPATA REVOLUCION DEL SUR", su registro como Agrupación Política Nacional bajo la denominación "Movimiento Social para el Nuevo Milenio" en los términos siguientes:

"Resolución

PRIMERO. Procede el otorgamiento del registro como agrupación política nacional, a la asociación civil denominada "Asociación Política Emiliano Zapata Revolución del Sur", bajo la denominación "Movimiento Social para el Nuevo Milenio" en los términos de los considerandos de esta Resolución, toda vez que cumple con lo dispuesto por el artículo 35, párrafo 1, incisos a) y b) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

SEGUNDO. Comuníquese a la agrupación política nacional "Movimiento Social para el Nuevo Milenio", que deberá realizar las reformas a su Programa de Acción y Estatutos a fin de cumplir cabalmente con los extremos establecidos por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en los artículos 26 y 27, así como en el numeral 9 de "EL INSTRUCTIVO" en términos de lo señalado en el considerando 14 de la presente resolución, a más tardar el treinta de septiembre de dos mil ocho. Las modificaciones deberán hacerse del conocimiento de este Consejo General en el término establecido por el artículo 38, párrafo 1, inciso l), del Código invocado, y para que, previa resolución de procedencia sean agregados al expediente respectivo.

TERCERO. Se apercibe a la agrupación política nacional denominada "Movimiento Social para el Nuevo Milenio", que en caso de no cumplir en sus términos con lo señalado en el punto resolutivo Segundo de la presente resolución, el Consejo General de este Instituto, procederá a resolver sobre la pérdida del registro como agrupación política nacional, previa audiencia en la que la interesada será oída en su defensa en términos de lo preceptuado por el artículo 35, párrafo 9, incisos e) y f), en relación con el artículo 102, párrafo 2, ambos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

CUARTO. La agrupación política nacional deberá notificar a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la integración definitiva de sus órganos directivos nacionales y estatales, su domicilio social, número telefónico y emblema impreso a color y en medio magnético, a más tardar el treinta de septiembre de dos mil ocho.

QUINTO. Notifíquese en sus términos la presente resolución, a la agrupación política nacional denominada "Movimiento Social para el Nuevo Milenio".

SEXTO. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de la Federación.

III. El día quince de septiembre de dos mil ocho, la Agrupación Política Nacional "MOVIMIENTO SOCIAL PARA EL NUEVO MILENIO" celebró su primera Asamblea General extraordinaria en la que fueron aprobadas las modificaciones a su Programa de Acción y Estatutos en cumplimiento a la resolución emitida por el Consejo General de este Instituto el veintinueve de abril de dos mil ocho.

IV. Mediante escrito recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, el veinticinco de septiembre de dos mil ocho, la agrupación referida, a través de su Presidenta C. Maricela Sánchez Cortés, entregó documentación que contiene las modificaciones al Programa de Acción y Estatutos llevadas a cabo mediante la primera Asamblea General extraordinaria el día quince de septiembre del año en curso.

V. Que con fecha veintitrés de octubre de dos mil ocho, mediante número de oficio DEPPP/DPPF/5364/2008 el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos solicitó a la agrupación Movimiento Social para el Nuevo Milenio remitiera la convocatoria, acta y lista de asistencia de la sesión del Consejo Nacional donde se aprueba la convocatoria a la Asamblea General, de conformidad con el artículo 21 de los estatutos vigentes de la agrupación.

VI. Con fecha cuatro de noviembre de dos mil ocho, en respuesta al oficio DEPPP/DPPF/5364/2008, la agrupación Movimiento Social para el Nuevo Milenio remitió a la Dirección Ejecutiva de Prerrogat...

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