Lineamientos para la elaboración y emisión del Dictamen Resolutivo Financiero del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Fecha de disposición15 Mayo 2015
Fecha de publicación15 Mayo 2015
MateriaDerecho Público y Administrativo
EmisorTRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
SecciónTERCERA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.- Secretaría Administrativa.- Coordinación Financiera. LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y EMISIÓN DEL DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO

ÍNDICE

Presentación

Objetivo

Marco jurídico

Contenido

Transitorios

PRESENTACIÓN _______________________________________________________________

En el presente documento normativo se establecen con claridad y precisión los requisitos contables y financieros que como mínimo deberán cumplir los participantes en los procedimientos de Licitación Pública Nacional e Invitación a cuando menos Tres Proveedores y Contratistas, mismos que estarán insertos en las Bases de la Licitación o Invitación, según corresponda.

Lo anterior, con el fin de delimitar y definir claramente los requisitos contables y financieros a que hace referencia la fracción II del artículo 63 de Acuerdo General, con lo cual se busca dar mayor certeza a todos los interesados en participar en cualquiera de los procedimientos de contratación antes referidos, respecto de los requisitos que deberán cubrir para acreditar a satisfacción su solvencia financiera, asimismo, para proporcionar a la Coordinación Financiera los elementos técnicos básicos necesarios para la evaluación financiera a que se refiere el citado artículo.

Asimismo, en términos de lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional, a fin de administrar con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez los recursos financieros para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Toda vez que el precepto legal antes señalado, indica que: "Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. (Énfasis añadido)

Así, los presentes lineamientos contienen las directrices técnicas en materia de análisis de estados financieros, sobre las cuales los servidores públicos responsables de la elaboración y emisión del dictamen resolutivo financiero realizarán su análisis técnico y sustentarán su opinión respecto a los resultados obtenidos por cada uno de los proveedores, prestadores de servicios o contratistas que participan en los procedimientos referidos, conforme al análisis de la documentación que hubiesen presentado.

Adicionalmente, sabedores de que no es conveniente dar el mismo tratamiento a todos los tipos de participantes en los procedimientos de adquisición de bienes, servicios obra pública y servicios relacionadas con la misma, una de las características principales que contienen los "Lineamientos para la elaboración y emisión del dictamen resolutivo financiero", es que, para efectos de la evaluación financiera, se establecen cuatro grandes grupos homogéneos, en función al tipo de contratación, siendo los siguientes:

· Obra pública y servicios relacionados con la misma;

· Arrendamientos, prestación de servicios y adquisiciones;

· Consultorías, asesorías y estudios e investigaciones; y

· Entidades que cuenten con autorización de la S. H. y C. P., para operar como Instituciones de Seguros.

Por otro lado, dado que establecer parámetros excesivos en materia de indicadores financieros puede ser motivo de que sean pocos los participantes que cumplan con los resultados esperados y requeridos, en

cumplimiento a lo establecido en la parte final de la fracción II del artículo 63 del Acuerdo General, que señala "los requisitos solicitados disminuirán para contrataciones de montos menores o cuando los pagos respectivos se realicen una vez recibidos los bienes a plena satisfacción", se establecieron parámetros diferenciados en los resultados de los indicadores financieros para cada uno de los grupos antes descritos, que sin ser excesivos, otorgan certeza a este Tribunal Electoral respecto al grado de solvencia financiera de cada participante.

Cabe señalar que los parámetros establecidos en los indicadores financieros se determinaron con base al historial de resultados obtenidos por las empresas que han participado en el Tribunal Electoral durante los tres últimos ejercicios fiscales, con lo cual se desprende que corresponden a la realidad económica del país y por ende, a la realidad generalizada de las empresas en su entorno económico financiero.

Asimismo, en los presentes lineamientos se precisan los criterios utilizados por la Coordinación Financiera para evaluar el cumplimiento de los requisitos contables y financieros o en su caso, cuando sea requerido, el análisis y su interpretación de la situación financiera de las empresas participantes, con los cuales sustentará su opinión y procederá a la formulación del dictamen resolutivo financiero a fin de que el Tribunal Electoral cuente con las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Por lo expuesto, con el fin de evitar interpretaciones vagas o ambiguas por parte de los usuarios de la información respecto de los resultados obtenidos de la evaluación financiera, es de suma importancia para la Coordinación Financiera contar con un documento normativo que proporcione información precisa y clara, respecto al tipo de documentación financiera requerida, así como la técnica de análisis de estados financieros y criterios homogéneos utilizados en la elaboración y emisión del dictamen resolutivo financiero.

OBJETIVO ____________________________________________________________________

Establecer lineamientos normativos para elaborar y formular el dictamen resolutivo financiero, mediante el cual la Coordinación Financiera emita su opinión respecto al grado de solvencia financiera de los proveedores que suministren bienes muebles, o en su caso, que concedan el uso o goce temporal de éstos, o bien, que proporcionen servicios de cualquier naturaleza, así como de contratistas que presenten propuestas en materia de obra pública y servicios relacionados con la misma, a través del análisis e interpretación de los Estados Financieros que se presenten en los actos de entrega y apertura de propuestas, y en los casos previstos en los presentes lineamientos.

MARCO JURÍDICO ______________________________________________________________

· Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

· Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,

· Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos,

· Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento,

· Ley de Sociedades Mercantiles,

· Código Fiscal de la Federación y su Reglamento,

· Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,

· Resolución Miscelánea Fiscal, para...

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