Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2017

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Gobernación

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con fundamento en los artículos 21, párrafos noveno y décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3, 4, 17 y 18, fracciones VII, XXIII y XXV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, y 5, 6, fracción I, y 8, fracción XVI del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas;

Que en términos del artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la seguridad pública tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, y comprende la prevención especial y general de los delitos, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del sentenciado;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla en la Meta I "México en Paz", los objetivos 1.3 "Mejorar las condiciones de seguridad pública" y 1.4 "Garantizar un Sistema de Justicia Penal eficaz, expedito, imparcial y transparente", diversas estrategias y líneas de acción orientadas a la prevención del delito; la coordinación efectiva entre instancias y órdenes de gobierno en materia de seguridad; la generación de información y comunicaciones para mejorar la seguridad; la implementación de un nuevo modelo de operación institucional en seguridad pública y procuración de justicia que genere mayor capacidad para probar los delitos; el rediseño del servicio profesional de carrera en los operadores del Sistema de Justicia Penal, entre otras;

Que el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, establece el objetivo 2 "Mejorar las condiciones de seguridad y justicia", y las estrategias 2.2 "Promover la transformación institucional y fortalecer las capacidades de las fuerzas de seguridad", 2.3 "Coordinar la política para la prevención social de la violencia y la delincuencia con organismos gubernamentales, académicos, privados y ciudadanía", y 2.6 "Impulsar la implementación del Sistema Penal Acusatorio", orientadas a mejorar las condiciones de seguridad y justicia, enmarcadas en la nueva política pública en la materia definida por el Gobierno de la República;

Que el Programa Nacional de Seguridad Pública 2014-2018, como parte de sus estrategias, contempla entre otras: desarrollar y fortalecer mecanismos de coordinación efectiva entre el Gobierno de la República, las entidades federativas y los municipios; fortalecer la profesionalización, la infraestructura y el equipamiento de las instituciones policiales del país; impulsar la especialización de los integrantes de las instituciones policiales del país; fortalecer los sistemas para el intercambio de información y fomentar su uso en los tres órdenes de gobierno, así como capacitar a las instituciones policiales del país para la correcta aplicación del Sistema Penal Acusatorio;

Que el artículo 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016, prevé la cantidad de $5,000,000,000.00 (CINCO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función;

Que el artículo señalado en el párrafo anterior, establece que los lineamientos incluirán los requisitos y procedimientos para la gestión, administración y evaluación de los recursos, mismos que establecerán, entre otros, los plazos para la solicitud y entrega de recursos, así como el porcentaje de participación que deberán cubrir los Beneficiarios como aportación; la fórmula de elegibilidad y distribución de recursos, la lista de municipios y demarcaciones territoriales Beneficiarios del subsidio y el monto de asignación correspondiente a cada uno;

Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Trigésima Octava Sesión Ordinaria celebrada el 21 de agosto de 2015, mediante Acuerdo 03/XXXVIII/15, aprobó los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública y su estructura, así como los Programas con Prioridad Nacional para alcanzarlos, vinculados al ejercicio del fondo, subsidios y demás recursos de carácter federal que se otorguen a las Entidades Federativas, los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, en materia de seguridad pública;

Que el artículo 6 del Anexo del Acuerdo mencionado, establece que la aplicación de los recursos federales derivados del fondo, subsidios y demás recursos de carácter federal para el apoyo de la seguridad pública en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública se orientarán al cumplimiento de los Ejes Estratégicos, Programas con Prioridad Nacional y Subprogramas aprobados, sin menoscabo de lo establecido en las disposiciones legales aplicables;

Que el Acuerdo entre los tres Poderes de la Unión para la Consolidación del Sistema de Justicia Penal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2016, establece que es necesario continuar con las acciones que la consolidación del Sistema de Justicia Penal requiere;

Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Cuadragésima Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de agosto de 2016, mediante Acuerdo 04/XL/16, aprobó que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública funja como enlace operativo del Poder Ejecutivo e integrante de la instancia tripartita coordinadora de la consolidación del Sistema de Justicia Penal, a partir del 15 de octubre de 2016;

Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria, celebrada el 20 de diciembre de 2016, mediante Acuerdo 03/XLI/16, aprobó la actualización del Programa Rector de Profesionalización, exhortando a las entidades federativas a implementarlo, especialmente los contenidos que coadyuvan a la consolidación del Sistema de Justicia Penal; asimismo, con Acuerdo 04/XLI/16, instruyó al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a diseñar, en coordinación con las instancias competentes, el modelo de seguimiento y evaluación de la fase de consolidación del Sistema de Justicia Penal en los tres órdenes de gobierno, y

Que por lo anteriormente señalado, he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 61
Artículo 1

Los Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones para la gestión, administración, ejercicio, seguimiento, verificación y evaluación de los recursos y metas del Subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, así como dar a conocer la fórmula de elegibilidad y de distribución de los recursos, el listado de municipios y demarcaciones territoriales Beneficiarios y el monto de asignación.

Artículo 2

El objetivo del FORTASEG es apoyar el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los Beneficiarios mediante la profesionalización, la certificación y el equipamiento personal de las y los elementos policiales de las instituciones de seguridad pública, en alineación con los Programas con Prioridad Nacional y Subprogramas aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

De manera complementaria, se podrá destinar al fortalecimiento tecnológico, de equipo e infraestructura de las instituciones de seguridad pública, a la prevención social de la violencia y la delincuencia, así como a la capacitación, entre otras, en materia de derechos humanos y de igualdad de género.

Artículo 3

Para efectos de estos Lineamientos, además de las definiciones establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y en el Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se entenderá por:

I. Adecuación.- a las modificaciones de las metas y montos federales y de coparticipación convenidos originalmente en el Anexo Técnico en razón de una reprogramación o reasignación de recursos;

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR