Manual de Organización de Diconsa, S.A. de C.V.

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DE ACUERDO A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA REGISTRADA POR LA SFP

20 de julio de 2016.- El Director de Comercialización, Francisco Antonio García Salas.- Rúbrica.- La Directora de Desarrollo, Ana Luisa Saavedra Granja.- Rúbrica.- La Directora de Administración y Recursos Humanos, Gabriela García Delgado.- Rúbrica.- El Director de Finanzas, Cosme Olivares Maya.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad Jurídica, César Cabello Ramírez.- Rúbrica.- El Director de Operaciones, Luis Daniel Ojeda Ochoa.- Rúbrica.- El Coordinador General de Comunicación Social, Javier Ortíz Mireles.- Rúbrica.- Aprobó: el Director General, Juan Manuel Valle Pereña.- Rúbrica.

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

GLOSARIO

CÓDIGO DE ÉTICA

CÓDIGO DE CONDUCTA

CAPÍTULO PRIMERO COMPETENCIA

1.1.

Atribuciones

1.2. Marco legal

CAPÍTULO SEGUNDO MARCO ESTRATÉGICO

2.1. Misión

2.2. Visión

2.3. Objeto Social

CAPÍTULO TERCERO ORGANIZACIÓN

3.1. Organigrama

3.2. Estructura Orgánica

3.3. Objetivo y Funciones de los Puestos

Director General

Funciones Transversales para Directores de Área, Titular de la Unidad Jurídica y coordinador General de Comunicación Social

Funciones Transversales para Gerente de Oficinas Centrales

Director de Comercialización

Gerente de Abarrotes

Gerente Comercial de Granos y Azúcar

Gerente Comercial

Director de Operaciones

Gerente de Supervisión y Participación Comunitaria

Gerente de Logística y Transportes

Director de Administración y Recursos Humanos

Gerente de Personal

Gerente de Adquisiciones

Gerente de Informática

Director de Finanzas

Gerente de Presupuesto

Gerente de Contabilidad

Gerente de Tesorería

Director de Desarrollo

Gerente de Evaluación

Gerente de Planeación

Titular de la Unidad Jurídica

Gerente Consultivo

Gerente de lo Contencioso

Coordinador General de Comunicación Social

Titular del Órgano Interno de Control

Gerente de Sucursal

HOJA DE ANTECEDENTES

"El lenguaje empleado en el presente documento no pretende generar ninguna clase de discriminación, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones hechas a un género u otro representan tanto al masculino como al femenino, abarcando ambos géneros"

INTRODUCCIÓN

En correspondencia a lo señalado en el Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y sus reformas, donde se determina la obligación de mantener actualizado el manual de organización y procedimientos, y la conformación de éstos como parte de las acciones para implementar el control interno en los diferentes ámbitos de actuación, se actualizó el Manual de Organización de DICONSA, S.A. de C.V.

De conformidad con el artículo 3o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se consideran entidades de la Administración Pública Paraestatal a: los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito e instituciones nacionales de seguros y de fianzas, y los fideicomisos.

DICONSA, entidad de la Administración Pública Federal, es una empresa de participación estatal mayoritaria sectorizada en la Secretaría de Desarrollo Social y constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos bajo la forma de sociedad anónima de capital variable.

El objetivo fundamental de este documento en materia de organización, es presentar la estructura de la entidad y precisar las funciones encomendadas a cada uno de los puestos que la integran de acuerdo a su estructura orgánica autorizada, lo que permitirá evitar duplicidades o traslapes durante el desarrollo de las mismas, propiciando ahorro de tiempo y esfuerzo en la ejecución de trabajos, así como el mejor aprovechamiento de los recursos con que cuenta DICONSA.

Asimismo, está dirigido a toda persona interesada en la información que contiene, pero específicamente a los integrantes de la entidad, quienes podrán contar con el documento que les permita conocer su ubicación en la misma, así como las funciones que deberán desempeñarse dentro de ella.

GLOSARIO

Para los fines de este documento normativo, los conceptos listados abajo implican:

Coordinar.- Incluir personal de áreas diferentes a la del puesto que realiza la función y/o desarrollar aspectos que no son asignados de manera preponderante al puesto.

Controlar.- Verificar que las actividades se hagan conforme fue planeado y organizado, para identificar los errores o desvíos con el fin de corregirlos y evitar su repetición.

Dirigir.- Trabajar sólo con personal adscrito a su área y/o funciones asignadas de manera preponderante al puesto.

Gerente de Sucursal.- Servidor público que ocupa el puesto de Titular de Sucursal, independientemente del nivel salarial que le corresponda.

Sucursal.- Unidad Administrativa de DICONSA en el interior de la República, clasificada como tal en la estructura orgánica: Bajío, Campeche, Centro, Hidalgo, Metropolitana, Michoacán, Noroeste, Norte, Norte-Centro, Oaxaca, Pacífico, Peninsular, Sur, Sureste, Tamaulipas y Veracruz.

Unidad Operativa.- Unidades Administrativas de DICONSA dependientes de las Sucursales.

CÓDIGO DE ÉTICA

  1. Principios constitucionales que todo servidor público debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función:

    1. Legalidad.- Los servidores públicos hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo, cargo, o comisión, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.

    2. Honradez.- Los servidores públicos se conducen con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

    3. Lealtad.- Los servidores públicos corresponden a la confianza que el Estado les ha conferido; tienen una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y satisfacen el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.

    4. Imparcialidad.- Los servidores públicos dan a los ciudadanos y a la población en general el mismo trato, no conceden privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permiten que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva.

    5. Eficiencia.- Los servidores públicos actúan conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.

  2. Valores que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones:

    1. Interés Público.- Los servidores públicos actúan buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.

    2. Respeto.- Los servidores públicos se conducen con austeridad y sin ostentación, y otorgan un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.

    3. Respeto a los Derechos Humanos.- Los servidores públicos respetan los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen de conformidad con los Principios de: Universalidad que establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo; de Interdependencia que implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí; de Indivisibilidad que refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de tal forma que son complementarios e inseparables, y de Progresividad que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.

    4. Igualdad y no discriminación.- Los servidores públicos prestan sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo.

    5. Equidad de género.- Los servidores públicos, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, garantizan que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas...

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