Manual de Organización de la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos

Fecha de disposición24 Abril 2012
Fecha de publicación24 Abril 2012
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Oficialía Mayor. MANUAL DE ORGANIZACION DE LA JEFATURA DE UNIDAD DE ASUNTOS JURIDICOS

SEPTIEMBRE 2011

En uso de las facultades que me confieren los artículos 19o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., fracción XXIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria y con base a la propuesta que me hace el C. Oficial Mayor del Ramo, en términos del artículo 7o., fracción XVIII del mismo Reglamento Interior, expido el Manual de Organización de la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos, para su debida observancia en el desarrollo de las atribuciones de esta unidad administrativa.

México, D.F., a 20 de septiembre de 2011.- El Secretario de la Reforma Agraria, Abelardo Escobar Prieto.- Rúbrica.

INDICE

APROBACION

PRESENTACION

I ANTECEDENTES

II MARCO LEGAL

III ATRIBUCIONES

IV ESTRUCTURA ORGANICA

V ORGANIGRAMA

VI OBJETIVOS Y FUNCIONES

Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos 110-51

Jefatura de Departamento de Unidad de Documentación y Trámite 110-48

Subdirector de Valuación de Predios Tipo (5) 110-33, 34, 35, 36 y 37

Director General Adjunto "A" 110-47

Dirección de Amparos 110-14

Subdirección de Amparos 110-2

Departamento de Certificaciones 110-5

Dirección de Ejecutorias 110-15

Subdirección de Cumplimiento de Ejecutorias 110-4

Departamento de Incidentes de Inejecución 110-6

Departamento de Cumplimiento de Ejecutorias 110-10

Director General Adjunta "B" 110-46

Dirección Jurídico Consultiva 110-42

Subdirección Jurídico Consultiva 110-43

Departamento de Consultas 110-44

Departamento de Contratos 110-45

Profesional Ejecutivo de Servicios Especializados 110-49

Dirección Jurídico Contenciosa 110-17

Subdirección Jurídico Contenciosa 110-3

Departamento de Asuntos Laborales y Civiles 110-7

Departamento de Investigaciones y Denuncias 110-11

Profesional Ejecutivo de Servicios Especializados 110-54

Director General Adjunto de Pago de Predios e Indemnizaciones 110-40

Director de Regularización de Predios 110-52

Subdirección de Obligaciones Jurídicas 110-26

Departamento de Obligaciones Jurídicas 110-29

Subdirector de Regularización de Predios 110-53

Director de la Unidad de Enlace con el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental (IFAI) 110-39

Subdirector de la Unidad de Enlace con el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental (IFAI) 110-41

Jefe de Departamento de la Unidad de Enlace con el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental (IFAI) 110-38

VII Listado de Procedimientos

Directorio

PRESENTACION

El presente Manual de Organización de la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos se concibe como un instrumento de apoyo y orientación, para el eficaz y eficiente ejercicio de las atribuciones que le otorga, el Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2008, reformado, derogado y adicionado por Decreto Presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2010.

En ese sentido este documento contiene una breve descripción de los antecedentes, marco legal, atribuciones, estructura orgánica autorizada, misión, objetivos y funciones de la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos, así como de cada una de las áreas que la conforman, con las cuales se dará cumplimiento a las atribuciones conferidas en los artículos 9o., 25, 25bis y 25ter, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria.

Con la expedición de la Ley Agraria, se contempla en el artículo 161, la creación de una Instancia Técnica de la Secretaría de la Reforma Agraria con el objeto de llevar a cabo la emisión de avalúos para la enajenación de terrenos nacionales dedicados a la actividad agropecuaria, excedentes de tierras ejidales y lotes de colonias agrícolas y ganaderas. Las necesidades de la Secretaría han ampliado el campo de actividades del Comité por lo que actualmente se elaboran avalúos para la Dirección General de Concertación Agraria, peritajes para representar a la Secretaría en diversos juicios y avalúos para la Dirección General Adjunta de Pago de Predios y los demás que requiera la Secretaría de la Reforma Agraria.

En virtud de lo anterior, éste se dirige a los Servidores Públicos de la propia Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos y a los de las diferentes unidades administrativas de esta Secretaría, órganos desconcentrados y entidades paraestatales que conforman el Sector Agrario, así como al público en general, a fin de orientarlos respecto de las funciones y objetivos de esta área normativa.

  1. ANTECEDENTES

    Los antecedentes de la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Reforma Agraria, tienen su origen en la circular No. 28, suscrita el 13 de agosto de 1917, por el Presidente de la Comisión Nacional Agraria, donde se instruyó a las Comisiones Locales Agrarias para que atendieran los asuntos en los que se les promovieran juicios de amparo.

    Sin embargo, es en el Reglamento Interior de la Comisión Nacional Agraria, expedido el día 26 de febrero de 1926, cuando se crea el Departamento Jurídico, estableciéndose sus funciones en los Artículos 149 y 154, del mismo ordenamiento legal, con el objeto de evaluar y controlar las acciones en trámite de los juicios de amparo, entre ellas rendir los informes previos y justificados, presentar recursos de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, llevar un archivo de los juicios de amparo, formando un legajo por cada poblado y quejoso.

    Es hasta el 17 de enero de 1934, cuando se publica en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el cual se constituye el Departamento Agrario, incluyendo en su estructura orgánica a la Oficina Jurídica, estableciéndose sus atribuciones en los Artículos 109 al 128 del Reglamento Interior del propio Departamento Agrario. Estas disposiciones fueron adicionadas y reformadas el 23 de agosto de 1944, con la publicación en el Diario Oficial de la Federación de un nuevo Reglamento Interior, mismo que en sus Artículos 103 al 111, comprende las funciones de la Oficina Jurídica.

    Posteriormente, la Oficina Jurídica, pasa a ser Departamento Jurídico y en el año 1952, se transforma en Departamento Jurídico y de Legislación, conservando esta denominación hasta el año de 1958, con las mismas facultades.

    El Reglamento Interior del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de julio de 1960, prevé la existencia de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, señalándose sus facultades en los Artículos del 39 al 46. El 26 de noviembre de 1963, se publicó un nuevo Reglamento Interior, sin sufrir modificaciones en lo que respecta al área jurídica.

    Por Acuerdo Presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de enero de 1972, se creó la Secretaría General de Asuntos Jurídicos del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, estableciéndose en el Manual de Organización de ese Departamento que ésta se conformaría de dos Direcciones Generales, la de Asuntos Jurídicos y la de Legislación y Consulta, realizando entre ambas áreas, las funciones de consultor legal del Departamento en materia agraria, de asesoría jurídica en los diversos procedimientos judiciales o administrativos, así como interventor en la tramitación de certificaciones y la emisión de dictámenes paleográficos, entre otras atribuciones.

    Debido a las crecientes demandas del sector campesino, el 31 de diciembre de 1974, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que crea a la Secretaría de la Reforma Agraria.

    Como consecuencia del Decreto antes citado en 1975, desaparece la Secretaría General de Asuntos Jurídicos, asumiendo sus funciones la Dirección General de Asuntos Jurídicos. En el Reglamento Interior publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 22 de septiembre de 1977, en su Artículo 15, se enuncian las atribuciones que le fueron conferidas.

    Posteriormente, el 4 de mayo de 1979, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un nuevo Reglamento Interior de esta Secretaría, especificándose sus funciones en el Artículo 13.

    En 1980, se expidieron dos Reglamentos Interiores que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los días 19 de marzo y 1o. de diciembre; en ambos la Dirección General de Asuntos Jurídicos no sufrió alteración alguna en las funciones que le habían sido atribuidas con anterioridad, mencionándose las mismas en el Artículo 13, de ambos Reglamentos.

    En virtud del Decreto Presidencial de fecha 18 de junio de 1984, las dependencias de la Administración Pública Federal tuvieron que elaborar un Programa de Descentralización Administrativa. Al respecto, la actuación de esta unidad administrativa se plasmó en el Artículo 13 del Reglamento Interior de la Secretaría publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de agosto de 1985, desempeñando funciones de carácter jurídico consultivo, de elaboración de los proyectos de iniciativas de disposiciones jurídicas en materia agraria; de trámite y desahogo de los juicios de amparo y atención de los asuntos contencioso- administrativo, entre otras.

    En cumplimiento al Programa de Descentralización antes referido, por Acuerdo del entonces Titular del Ramo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 19 de diciembre de 1986, diversas funciones de la Dirección General de Asuntos Jurídicos fueron delegadas en las Unidades Jurídicas de las entonces Delegaciones Agrarias, sin perjuicio de su ejercicio directo por parte de esta Unidad Administrativa.

    Con fecha 7 de abril de 1989, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo Reglamento Interior de la Dependencia, especificándose las atribuciones de la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el Artículo 12 del citado ordenamiento.

    El 11 de julio de 1995, se publicó en el Diario Oficial de...

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