Acuerdo por el que se da a conocer el cupo mínimo para importar en 2006, leche en polvo originaria de los Estados Unidos de América, dentro del arancel cuota establecido en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte

DOF, 29 de Diciembre de 2005Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia

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Acuerdo por el que se da a conocer el cupo mínimo para importar en 2006, leche en polvo originaria de los Estados Unidos de América, dentro del arancel cuota establecido en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte

ACUERDO por el que se da a conocer el cupo mínimo para importar en 2006, leche en polvo originaria de los Estados Unidos de América, dentro del arancel cuota establecido en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SERGIO ALEJANDRO GARCIA DE ALBA ZEPEDA, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 302 párrafo 4 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte; 4o. fracción III; 5o. fracción V; 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9o. fracción III, 26, 31, 32, 33 y 35 de su Reglamento, 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, aprobado por el Senado de la República el 22 de noviembre de 1993, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre del mismo año, prevé entre sus objetivos, eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios entre los territorios de las partes;

Que el artículo 302 párrafo 4 del propio Tratado, establece que cada una de las partes podrá adoptar o mante...

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