Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el Ejercicio Fiscal 2008   

Fecha de disposición31 Diciembre 2007
Fecha de publicación31 Diciembre 2007
SecciónSEPTIMA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el Ejercicio Fiscal 2008.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

BEATRIZ ZAVALA PENICHE, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, el Programa de Coinversión Social, se destinarán, en las entidades federativas en términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Que esta Secretaría recibió el oficio de fecha 14 de diciembre de 2007, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización correspondiente a las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social; asimismo, recibió con fecha 19 de diciembre de 2007, el oficio de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE COINVERSION SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008

Unico. Se modifican las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el Ejercicio Fiscal 2008.

TRANSITORIOS

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Las presentes Reglas de Operación se publican en su totalidad para mayor entendimiento.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil siete.- La Secretaria de Desarrollo Social, Beatríz Zavala Peniche.- Rúbrica.

Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el Ejercicio Fiscal 2008

1. Presentación

El Programa de Coinversión Social, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social y operado por el Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, promueve y fortalece los proyectos de coinversión entre el gobierno y las organizaciones de la sociedad civil enfocadas a la atención de grupos vulnerables impulsando acciones de desarrollo social humano y sustentable, de promoción de los derechos económicos, sociales y culturales, la equidad de género, así como la generación de conocimiento y metodologías que son de utilidad para la política pública. Las acciones apoyadas por este Programa se enfocan a la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social y son llevadas a cabo bajo un marco de corresponsabilidad.

Por corresponsabilidad se entiende la participación conjunta de los actores sociales con el Gobierno Federal y, en su caso, estatal, para la realización de los proyectos convenidos. Los actores sociales participarán mediante la aportación de sus conocimientos, experiencia en actividades de promoción social y la coinversión de sus recursos humanos, materiales y financieros; mientras que los gobiernos federal y/o estatal otorgarán recursos a través del Programa de Coinversión Social.

1.1 Glosario

a) Acta de dictaminación: Documento que asienta los nombres de los integrantes de la Comisión Dictaminadora así como los acuerdos de la misma;

b) Actores Sociales: Organizaciones de la Sociedad Civil, Instituciones de Educación Superior, Centros de Investigación y/o Municipios que participan en este programa mediante la presentación de proyectos dirigidos a impulsar el desarrollo social y humano con equidad de género, la creación de oportunidades y el fortalecimiento de capacidades;

c) Ajuste de Proyectos: Etapa en la cual los Actores Sociales realizan modificaciones a los proyectos elegibles con base en las disposiciones que establecen las presentes Reglas para tal efecto;

d) AREP: Agentes Responsables de la Ejecución de los Proyectos (denominación que aplica a los actores sociales cuyos proyectos resultan elegibles y que suscriban el instrumento jurídico correspondiente);

e) Beneficiarios: Actores Sociales; personas que forman parte de la población atendida por el Programa de Coinversión Social, que cumplan los requisitos de las presentes Reglas de Operación, conforme a la Ley General de Desarrollo Social;

f) Capital Social: Conjunto de normas, instituciones y organizaciones que promueven cooperación y confianza entre personas o comunidades para la realización de propósitos comunes;

g) CLUNI: Clave Unica de Inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil;

h) Coinversión: Participación, conjunta o individual, de organizaciones de los sectores social y privado, mediante la aportación de recursos humanos, materiales o financieros, en las acciones y programas gubernamentales de desarrollo social;

i) Coinversión monetaria: Aportación de recursos económicos, en moneda nacional que realiza el Actor Social para el desarrollo del Proyecto;

j) Coinversión no monetaria: Aportación en especie, tanto recursos humanos como materiales, que el actor social destina para la realización del proyecto;

k) CURP: Clave Unica de Registro Poblacional;

l) Delegación(es): Delegación(es) de la SEDESOL en la(s) Entidad(es) Federativa(s);

ll) Formato de Presentación de Proyectos: Formulario que necesariamente deberán utilizar los Actores Sociales para solicitar recursos al Programa;

m) Indesol: Instituto Nacional de Desarrollo Social;

n) Instancia Ejecutora: Indesol o las delegaciones de la SEDESOL, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4.1. de las presentes Reglas;

ñ) Instancia Normativa: El Indesol en términos del numeral 4.2 de las presentes Reglas;

o) Instrumento jurídico: Convenios o contratos de concertación o convenios de coordinación que se celebren con los distintos AREP;

p) Ley de Fomento: Ley Federal de Fomento a las Actividades que Realizan las Organizaciones de la Sociedad Civil;

q) OSC: Organizaciones de la sociedad Civil;

r) Programa: Programa de Coinversión Social;

s) Redes: Conjunto de actores sociales que unen esfuerzos y voluntades generando, en torno a un propósito común;

t) Registro: Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil;

u) RFC: Registro Federal de Contribuyentes;

v) Representante Legal: Apoderado(s) legal(es) del Actor Social participante acreditado(s) ante el Registro;

w) SEDESOL: Secretaría de Desarrollo Social;

x) Sistema: Sistema de Gestión de Proyectos del Programa de Coinversión Social;

y) TESOFE: Tesorería de la Federación;

z) Zonas de Atención Prioritaria.- Areas o regiones, sean de carácter rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza y marginación, indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social establecidos en la Ley General de Desarrollo Social.

2. Objetivos

2.1 General

Contribuir al desarrollo de capital social, mediante la acción corresponsable entre gobierno y sociedad, para atender necesidades de los grupos sociales en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social.

2.2 Específicos

a) Fortalecer a los Actores Sociales mediante a ejecución de proyectos dirigidos a promover el desarrollo social y humano;

b) Promover la generación y ampliación del capital social, mediante el fortalecimiento de los actores sociales generadores de redes, confianza, cooperación y acción colectiva para propósitos comunes de desarrollo social;

c) Favorecer la promoción y defensa de...

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