Acuerdo por el que se modifican diversas disposiciones para simplificar los trámites que aplica la Secretaría de Economía
DOF, 22 de Abril de 2010 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia
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Acuerdo por el que se modifican diversas disposiciones para simplificar los trámites que aplica la Secretaría de Economía
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 prevé como uno de sus ejes rectores una economía más competitiva que brinde mejores condiciones para las inversiones y la creación de empleos, para lo cual es indispensable consolidar e impulsar el marco institucional a través de la mejora regulatoria; Que en el marco del Tercer Informe de Gobierno, el Ejecutivo Federal asumió el compromiso de realizar una reforma regulatoria en el Gobierno Federal, que permita avanzar en el proceso de simplificación de los trámites que realizan los ciudadanos y las empresas, con el fin de que subsistan los que son estrictamente necesarios y que éstos se realicen en el menor tiempo posible, de manera más ágil, en beneficio de la actividad económica; Que como parte de los esfuerzos para consolidar la reforma regulatoria, la Secretaría de Economía ha llevado a cabo una primera revisión de las regulaciones y trámites que aplica, encaminada a simplificar los trámites que incrementan los costos de transacción, buscando así promover la competitividad y favorecer el desarrollo económico del país; Que resulta conveniente aprovechar los mecanismos previstos en los tratados comerciales celebrados por nuestro país, a fin de que los exportadores con menor capacidad administrativa dispongan de procedimientos simplificados de certificación de origen para gozar de las preferencias arancelarias negociadas en algunos tratados comerciales, y Que es necesario dar a conocer las medidas derivadas de la primera revisión a la regulación y trámites que aplica la Secretaría de Economía, se expide el siguiente ACUERDO Primero.- Se reforman los puntos 3, 26 y 28 de la fracción II y el primer párrafo y el punto 3 de la fracción V; se adiciona un punto 52 a la fracción II; y se derogan los puntos 4, 29 y 50 de la fracción II del artículo 1o. del Acuerdo por el que se aprueban los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1999, para quedar como sigue: "Artículo 1o.- ... I. ... II. Ante la Dirección General de Comercio Exterior: 1 y 2 ... 3 Solicitud de devolución de impuestos de importación a los exportadores Drawbak (SE-03-001) 4 Se deroga. 5 a 25 ... 26 Anexo Estadístico para obtener un Certificado de Origen (SE-03-017-1) 27 ... 28 Registro Unico de Productos Elegibles para Preferencias y Concesiones Arancelarias para la Obtención de certificados de origen ALADI, SGP, Acuerdo Japón y TLC Uruguay (SE-03-051) 29 Se deroga. 30 a 49 ... 50 Se deroga. 51 ... 52 Registro de Productos Elegibles para Preferencias y Concesiones Arancelarias para la Unión Europea (UE) y la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) (SE-03-037) III. ... IV. ... V. Ante la Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital: 1 y 2 ... 3 Solicitud de registro como empresa de la frontera (SE-06-014) 4 a 10 ... VI. ... VII. ... VIII. ..." Segundo.- Se dan a conocer los nuevos formatos contenidos en el Acuerdo señalado en el punto anterior, los cuales se mencionan a continuación y que quedan como se aprecia al final del presente instrumento: I. Solicitud de devolución de impuestos de importación a los exportadores Drawbak (SE-03-001); II. Anexo Estadístico para obtener un Certificado de Origen (SE-03-017-1); III. Registro Unico de Productos Elegibles para Preferencias y Concesiones Arancelarias para la Obtención de Certificados de Origen ALADI, SGP, Acuerdo Japón y TLC Uruguay (SE-03-051); IV. Registro de Productos Elegibles para Preferencias y Concesiones Arancelarias para la Unión Europea (UE) y la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) (SE-03-037), y V. Solicitud de Registro como Empresa de la Frontera (SE-06-014), para quedar como se aprecia al final del presente instrumento. Tercero.- Se modifica la regla 5 del Acuerdo por el que se establecen las Reglas en Materia de Certificación de Origen de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto del Acuerdo Interino sobre Comercio y Cuestiones Relacionadas con el Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2000, para quedar como sigue: "5. Para efectos de lo dispuesto en la regla 4 y el artículo 16(3) y 20(3) del anexo III de la Decisión, los exportadores cuya mercancía cumpla con el carácter de originario conforme a la Decisión y requieran la expedición de un certificado de circ...Ver el contenido completo de este documento
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