Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-059- SEMARNAT-2001, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo

Fecha de disposición05 Diciembre 2008
Fecha de publicación05 Diciembre 2008
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales. SANDRA DENISSE HERRERA FLORES, Subsecretaria de Fomento y Normatividad Ambiental de la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artÃculos 32 bis fracciones I, IV, XXXIX y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 36 fracción I, 37 bis, 79 fracción III, 160 y 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 3 fracción XVIII, 9 fracciones III y V, 56, 57, 58 y 59 de la Ley General de Vida Silvestre, 1 y 8 fracción V del Reglamento Interior de la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales y 38 fracción II, 40 fracción X, 45, 46 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre MetrologÃa y Normalización, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 6 de marzo de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-CategorÃas de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo; en dicha norma se determinan las especies de flora y fauna silvestres terrestres y acuáticas en peligro de extinción, amenazadas y las sujetas a protección especial.

Que la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) menciona en su artÃculo 9 fracción V que corresponde a la Federación la expedición de las normas oficiales mexicanas relacionadas con las materias previstas en dicha Ley.

Que la LGVS establece en su artÃculo 56 que la SecretarÃa identificará a través de listas, las especies o poblaciones en riesgo, de conformidad con lo establecido en la norma oficial mexicana correspondiente, asimismo establece que, las listas respectivas serán revisadas y, de ser necesario, actualizadas cada 3 años o antes si se presenta información suficiente para la inclusión, exclusión o cambio de categorÃa de alguna especie o población.

Que la citada Ley determina en su artÃculo 57 que cualquier persona, de conformidad con lo establecido en el reglamento y en las normas oficiales mexicanas, podrá presentar a la SecretarÃa propuestas de inclusión, exclusión o cambio de categorÃa de riesgo para especies silvestres o poblaciones.

Que dicho ordenamiento en su tÃtulo VI Conservación de la Vida Silvestre, CapÃtulo I Especies y Poblaciones en Riesgo y Prioritarias para la Conservación, establece que entre las especies y poblaciones en riesgo estarán comprendidas las que se identifiquen como: a) en peligro de extinción, b) amenazadas, c) sujetas a protección especial, y d) probablemente extintas en el medio silvestre.

Que debido a lo anterior la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales, inició en el año 2005 los trabajos para actualizar el listado de las especies en riesgo del paÃs, realizando una convocatoria pública para que se presentaran propuestas para su modificación.

Que derivado de la valoración de las propuestas recibidas durante la convocatoria efectuada, se vio la necesidad de modificar el anexo II de la Norma en comento, el cual contiene la lista de las especies en riesgo del paÃs.

Que durante el proceso de revisión de las propuestas presentadas para el grupo taxonómico de plantas, se determinó que el Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de las Especies Silvestres en México (MER) podrÃa ser mejorado, ya que sobreestima la categorÃa de riesgo para este grupo taxonómico. Lo anterior por que las plantas presentan caracterÃsticas muy diferentes al resto de los demás grupos taxonómicos (anfibios, aves, hongos, invertebrados, mamÃferos, peces y reptiles), dada su inmovilidad. El MER considera como de distribución muy restringida o extralimital a las especies con una distribución inferior al 5% del territorio nacional (menos de 100,000 km2); asignándoles una puntuación alta para este criterio. Algunos ecosistemas cuya superficie es menor al 5% del territorio nacional, como el bosque de neblina (1%), o la selva tropical húmeda (2-3%), dan como resultado que todas las especies que se limitan a estos ecosistemas, obtengan la mayor puntuación en estos casos, lo que puede tener como consecuencia una sobreestimación de la categorÃa de riesgo en este criterio. Debido a las caracterÃsticas de las plantas, especialmente en cuanto a la distribución geográfica, la especificidad del hábitat y las caracterÃsticas demográficas, se consideró necesario la modificación del MER; por lo que se presenta la propuesta de Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de Plantas en México como Anexo Normativo II.

Que la Ley General de Vida Silvestre define en su artÃculo 3 fracción XXXIII a la población como la figura central de las acciones de protección, conservación y aprovechamiento sustentable, por lo que se hace énfasis en que las caracterÃsticas de las poblaciones deben ser importantes en la consideración del riesgo, y se establece la posibilidad de clasificar algunas poblaciones de especies amenazadas o en peligro de extinción, en la categorÃa de sujetas a protección especial.

Que el presente Proyecto fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales el 27 de noviembre de 2007 y se publica para consulta pública, de conformidad con el artÃculo 47 de la Ley Federal sobre MetrologÃa y Normalización, a efecto de que los interesados dentro de los 60 dÃas naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios ante el citado Comité, sito en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, 5o. piso, ala A, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, Distrito Federal, o al correo electrónico: norma059@semarnat.gob.mx.

Que durante el plazo de consulta pública, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del citado Proyecto de Norma, asà como la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artÃculo 45 de la Ley Federal sobre MetrologÃa y Normalización, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité antes señalado.

Por lo anterior me permito expedir el siguiente:

PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-059-SEMARNAT-2001, PROTECCION AMBIENTAL -ESPECIES NATIVAS DE MEXICO DE FLORA Y FAUNA SILVESTRES - CATEGORIAS DE RIESGO Y ESPECIFICACIONES PARA SU INCLUSION, EXCLUSION O CAMBIO - LISTA DE ESPECIES EN RIESGO

En la elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron representantes de las siguientes instancias:

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION - Instituto Nacional de la Pesca

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

-SubsecretarÃa de Fomento y Normatividad Ambiental

-Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables

-ProcuradurÃa Federal de Protección al Ambiente

-Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos

-Dirección General de Vida Silvestre

-Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental

-Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas (CONANP)

-Instituto Nacional de EcologÃa (INE)

-Dirección de Conservación de los Ecosistemas

-Dirección de EconomÃa Ambiental

COMISION NACIONAL PARA EL CONOCIMIENTO Y USO DE LA BIODIVERSIDAD (CONABIO)

CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y EDUCACION SUPERIOR DE ENSENADA (CICESE)

CORNELL UNIVERSITY

-Department of Ecology and Evolutionary Biology

-Neotropical Bird Conservation Program

EL COLEGIO DE LA FRONTERA SUR

-Campus San Cristóbal de las Casas, Chis.

INSTITUTO DE ECOLOGIA, A.C.

-Centro Regional del BajÃo

-Departamento de Hongos y Departamento de EcologÃa Vegetal

-Departamento de EcologÃa Funcional

INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

-Centro Interdisciplinario de Ciencias Marinas (CICIMAR)

-Escuela Nacional de Ciencias Biológicas

INVESTIGACION Y CONSERVACION DE MAMIFEROS MARINOS DE ENSENADA (ICMME)

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIHUAHUA

-Facultad de Zootecnia

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CD. JUAREZ, CHIH.

-Instituto de Ciencias Biomédicas

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON

-Facultad de Ciencias Biológicas

-Departamento de EcologÃa

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS

- Instituto de EcologÃa y Alimentos

UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO

-Facultad de BiologÃa

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

-Escuela Nacional de Estudios Profesionales, Iztacala

-Instituto de BiologÃa

-Instituto de EcologÃa

-Instituto de Ciencias del Mar y LimnologÃa

-Facultad de Ciencias

UNIVERSIDAD AUTONOMA METROPOLITANA IZTAPALAPA

- Departamento de BiologÃa

UNIVERSIDAD VERACRUZANA

-Instituto de Investigaciones Biológicas

-Centro de EcologÃa y PesquerÃas

ASOCIACION DE ZOOLOGICOS, CRIADEROS Y ACUARIOS DE LA REPUBLICA MEXICANA

ASOCIACION MEXICANA DE MASTOZOOLOGIA, A.C.

ASOCIACION MEXICANA DE ORQUIDEOLOGIA

ASOCIES, A.C.

BIOCONSERVACION, A.C.

BOSQUE TROPICAL, A.C

COMARINO

CONSEJO INTERNACIONAL PARA LA PRESERVACION DE LAS AVES (CIPAMEX)

SUBCOMITE DE PSITACIDOS

DEFENDERS OF WILDLIFE DE MEXICO, A.C.

DUCKS UNLIMITED DE MEXICO, A.C. (DUMAC)

FAUNAM, A.C.

NAUHYACACOALT, PROYECTOS ALTERNATIVOS RURALES

PRONATURA, A.C.

SOCIEDAD ICTIOLOGICA MEXICANA, A.C. (SIMAC)

SOCIEDAD MEXICANA DE CACTOLOGIA, A.C.

SOCIEDAD MEXICANA DE MASTOZOOLOGIA MARINA, A.C. (SOMEMMA)

TRAFFIC NORTH AMERICA, IUCN

INDICE

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Definiciones

  3. Abreviaturas

  4. Especificación general

  5. Especificaciones de las categorÃas e integración de la lista.

  6. Criterios para la inclusión, cambio o exclusión de especies, subespecies y poblaciones en las categorÃas de riesgo

  7. Concordancia con normas y lineamientos internacionales

  8. Procedimiento para la evaluación de la conformidad

  9. BibliografÃa

  10. Observancia de esta Norma

    Anexo Normativo I.- Método de...

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