Respuesta a los comentarios respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SECRE-2000, Instalaciones para el aprovechamiento de gas natural (cancela y sustituye a la NOM-002-SECRE-1997, Instalaciones para el aprovechamiento de gas natural), publicado el 18 de octubre de 2001

DOF, 8 de Octubre de 2003Poder Ejecutivo › Secretaria de Energia

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Respuesta a los comentarios respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SECRE-2000, Instalaciones para el aprovechamiento de gas natural (cancela y sustituye a la NOM-002-SECRE-1997, Instalaciones para el aprovechamiento de gas natural), publicado el 18 de octubre de 2001

RESPUESTA a los comentarios respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SECRE-2000, Instalaciones para el aprovechamiento de gas natural (cancela y sustituye a la NOM-002-SECRE-1997, Instalaciones para el aprovechamiento de gas natural), publicado el 18 de octubre de 2001.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.- Secretaría Ejecutiva.

RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-SECRE-2000, INSTALACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE GAS NATURAL (CANCELA Y SUSTITUYE A LA NOM-002-SECRE-1997, INSTALACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE GAS NATURAL)

La Comisión Reguladora de Energía, con fundamento en el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 9o., 14 fracción IV y 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 1, 2, 3 fracciones XV y XXII y 4 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 1, 7 y 70 fracción VII del Reglamento de Gas Natural; 3 fracción VI inciso a), 34 fracción XXII y 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publica las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SECRE-2000, Instalaciones para el aprovechamiento de gas natural (Cancela y sustituye a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SECRE-1997, Instalaciones para el aprovechamiento de Gas Natural, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 18 de octubre de 2001. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RESPECTO AL PROY-NOM-002-SECRE-2000

Texto actual:

2.- Campo de Aplicación

Esta Norma es aplicable en las instalaciones para el aprovechamiento de gas natural en la República Mexicana. El usuario de cada instalación es el responsable de que dicha instalación cumpla con esta Norma

Promovente y comentarios presentados

Respuesta y modificación a la NOM

Comisión Reguladora de Energía

Texto propuesto:

2. Campo de Aplicación

Esta Norma es aplicable a las instalaciones que conduzcan gas natural desde la salida del medidor o de una estación de regulación y medición, hasta los aparatos de consumo, para lo cual, el usuario o responsable de la instalación deben cumplir los requisitos establecidos en esta norma.

Sí procede el cambio de texto propuesto, a fin de aclarar el campo de aplicación de la Norma.

2. Campo de Aplicación

Esta Norma es aplicable a las instalaciones que conduzcan gas natural desde la salida del medidor o de una estación de regulación y medición, hasta la válvula de seccionamiento anterior a cada uno de los aparatos de consumo, para lo cual, el usuario o responsable de la instalación deben cumplir los requisitos establecidos en esta norma.

Texto actual:

3. Referencias

Promovente y comentarios presentados

Respuesta y modificación a la NOM

Comisión Reguladora de Energía

Texto propuesto:

Se propone eliminar de este capitulo, la referencia de la norma NOM-008-SECRE-1999, en virtud de que los aspectos de corrosión, se incluyen en el Apéndice II de la NOM-003-SECRE-2002, Distribución de gas natural y gas Licuado de Petróleo por ductos.

Se incluye la NOM-001-SECRE-1997, Calidad del gas natural y NOM-007-SECRE-1997, Transporte de gas natural.

Sí procede eliminar la referencia.

Se elimina la referencia de la norma NOM-008-SECRE-1999.

Se incluyen las normas la NOM-001-SECRE-1997, Calidad del gas natural y NOM-007-SECRE-1997, Transporte de gas natural .

Texto actual:

4.4 Distribuidor: El titular de un permiso de distribución.

Promovente y comentarios presentados

Respuesta y modificación a la NOM

Maxigas

Texto propuesto:

4.4 Distribuidor: El titular de un permiso de distribución en los términos del Reglamento de gas natural o del reglamento de gas licuado de petróleo.

Sí procede el cambio de texto propuesto, pero se suprime la parte de gas LP porque la NOM se refiere sólo al gas natural. El texto modificado queda como sigue:

4.8 Distribuidor: El titular de un permiso de distribución en los términos del Reglamento de Gas Natural.

Texto actual:

4.13 Presión atmosférica: La presión que ejerce una columna de aire sobre la superficie de la tierra en cualquier...

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