Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-064-PESC-2006, Sobre sistemas, métodos y técnicas de captura prohibidos en la pesca en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos   

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana NOM-064-PESC-2006, Sobre sistemas, métodos y técnicas de captura prohibidos en la pesca en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-064-PESC-2006, SOBRE SISTEMAS, METODOS Y TECNICAS DE CAPTURA PROHIBIDOS EN LA PESCA EN AGUAS DE JURISDICCION FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

WOLFGANG RODOLFO GONZALEZ MUÑOZ, Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracción XXI incisos d) y e) de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 40, 44, 46 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 15 fracciones XXX y XXXI del Reglamento Interior de esta dependencia y a petición del Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Pesca Responsable de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, expido el siguiente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-PESC-2006 sobre sistemas, métodos y técnicas de captura prohibidos en la pesca en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.

El presente Proyecto fue aprobado en la Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Pesca Responsable, efectuada el 16 de octubre de 2006; y se somete a consulta pública de conformidad con el precepto legal antes invocado, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten comentarios al citado Comité, en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la CONAPESCA, ubicada en la avenida Camarón Sábalo sin número, esquina avenida Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club Mazatlán, Sinaloa, para que en los términos de la ley dichos comentarios sean considerados.

Durante este lapso los estudios que sirvieron de base para la elaboración del citado Proyecto de Norma, así como la manifestación de impacto regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pueden ser consultados en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sita en el domicilio señalado en el párrafo anterior.

PREFACIO

El Proyecto de Norma Oficial Mexicana integra los resultados y recomendaciones de las investigaciones realizadas por el Instituto Nacional de la Pesca.

Basando las presentes disposiciones en razones técnicas y de interés público, a continuación se presenta el texto de la Norma Oficial Mexicana que se pretende publicar:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-064-PESC-2006, SOBRE SISTEMAS, METODOS Y TECNICAS DE CAPTURA PROHIBIDOS EN LA PESCA EN AGUAS DE JURISDICCION FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

WOLFGANG RODOLFO GONZALEZ MUÑOZ, Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 fracciones XXI incisos d) y e) y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o. fracciones VI y IX, 22, 23, 24 fracciones I, III, IV, VIII, XII, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII, XXIII y XXV de la Ley de Pesca; 1o., 2o. fracciones I, III, V, VI, VII, VIII, XI, XIII, XIV y XVIII, 3o., 5o., 16 fracción II, 24, 25, 26, 29, 32, 34, 35, 36, 39, 40, 41, 45 fracciones I, II, V, VI, VII, IX, X, XI, XII y XIII; 47, 80, 98, 99, 100, 125, 126, 128, 129 fracciones I, III, y V, 130 fracción I y 144 de su Reglamento; 1o., 2o. fracciones II, 3o. fracciones IX, XI y XVI, 5o., 6o., 38 fracción II, 40 fracciones I, X, XIII, XVIII, y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 50, 52, 56, 62, 63, 64, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 28, 32, 33 y 34 de su Reglamento, así como en los artículos 15 fracciones I, III, IV, XXX y XXXI, 39 fracción I, III, IV, VII, VIII, IX, X, XIII, XV, XVI y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, he tenido a bien expedir la presente Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-PESC-2006 sobre sistemas, métodos y técnicas de captura prohibidos en la pesca en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Sistemas, métodos, técnicas y equipos de pesca prohibidos

  6. Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales

  7. Bibliografía

  8. Evaluación de conformidad

  9. Observancia de esta Norma

  10. Introducción.

    0.1 La pesca que se lleva a cabo tanto en aguas marinas, como en sistemas lagunarios estuarinos y aguas continentales, es una actividad de relevancia económica y social a nivel nacional y regional, por su capacidad generadora de empleos y de producción de alimentos, cuyo desarrollo requiere ser encauzado bajo esquemas de corresponsabilidad con los productores, evitando prácticas que atenten contra el adecuado aprovechamiento de los recursos pesqueros.

    0.2 En la pesca se utiliza una gran diversidad de sistemas de captura y artes o equipos de pesca, que se refleja en variantes dentro de cada tipo, en cuanto a dimensiones, materiales de construcción y formas de operación, en función de la biodiversidad y condiciones ambientales, sociales y económicas a nivel regional, todo ello asociado al desarrollo de materiales pesqueros, la transferencia de tecnología y la experiencia de los sectores productivos.

    0.3 Las mejoras a la tecnología de captura introducidas con el afán de impulsar la actividad y hacerla más eficiente, ha requerido la emisión de leyes y normas para reglamentar los sistemas y métodos de pesca, con la finalidad de inducir a su selectividad y evitar impactos negativos a los recursos pesqueros y a los ecosistemas que habitan.

    0.4 La selección y uso de artes de pesca no siempre responde a las necesidades de las pesquerías ni a las especificaciones de construcción y características establecidas en las diferentes normas oficiales mexicanas, ya que el afán de obtener mayores capturas ha determinado que de manera circunstancial, eventual o reiterada, se utilicen algunos métodos o técnicas que provocan deterioro de algunos recursos pesqueros, poniendo en riesgo su aprovechamiento sustentable.

    0.5 Algunos equipos de pesca como las atarrayas de uso individual conocidas en ciertas regiones como atarrayas lomeras, se usan con tamaños de malla pequeños o en las zonas en que existe una mayor presencia de organismos juveniles o en etapa reproductiva en las zonas litorales, pueden afectar a las poblaciones de dichos organismos, siendo necesario inducir al uso de los tamaños de malla adecuados o restringir su uso en algunos ambientes.

    0.6 En el caso de la técnica conocida como...

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