NORMA Oficial Mexicana NOM-024-STPS-1993, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen vibraciones.
Fecha de disposición | 15 Marzo 1994 |
Fecha de publicación | 15 Marzo 1994 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
NOM-024-STPS-1993,
NORMA Oficial Mexicana NOM-024-STPS-1993, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen vibraciones.
15-03-94
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
NORMA OFICIAL MEXICANA: NOM-024-STPS-1993. RELATIVA A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE GENEREN VIBRACIONES.
ARSENIO FARELL CUBILLAS, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16, 40 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523 fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracciones I y VII, 41 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2o., 3o. y 5o. del Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo y 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 2 de julio de 1993, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el Anteproyecto de la presente Norma Oficial Mexicana:
Que en sesión de fecha 7 de julio de 1993, el expresado Comité consideró correcto el anteproyecto y acordó que se publicara como proyecto en el Diario Oficial de la Federación;
Que con fecha 19 de julio de 1993, en cumplimiento del acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;
Que con fecha 17 de octubre de 1993, venció el término de 90 días naturales previstos en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización sin que el expresado Comité haya recibido comentario alguno al proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana;
Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que con fecha 26 de octubre de 1993, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:
Norma Oficial Mexicana: NOM-024-STPS-1993. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen vibraciones.
-
Objetivo.
Establecer las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen vibraciones que por sus características y tiempo de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.
1.1 Campo de aplicación.
En los centros de trabajo donde por las características de operación de la maquinaria y/o equipo se generen vibraciones.
-
Referencias.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123, apartado "A", fracción XV.
Ley Federal del Trabajo, artículos 512 y 527.
Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, título octavo, capítulo III, artículo 140.
-
Requerimientos.
3.1 El patrón debe:
a) Cuando existan vibraciones que puedan afectar la salud de los trabajadores, efectuar el reconocimiento, evaluación y control a fin de disminuir el posible efecto de las mismas.
b) Contar con el o los perfiles del puesto de los trabajadores que estén expuestos a vibraciones.
c) Informar a los trabajadores y a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, de los riesgos que representan las vibraciones a su salud.
d) Establecer los procedimientos seguros y las medidas de control.
e) Capacitar a los trabajadores sobre el uso de la maquinaria y equipo donde se generen vibraciones.
f) Donde se generen vibraciones, requerir...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba