Norma Oficial Mexicana NOM-004-ENER-2014, Eficiencia energética para el conjunto motor-bomba, para bombeo de agua limpia de uso doméstico, en potencias de 0,180 kW (¼ HP) hasta 0,750 kW (1 HP).- Límites, métodos de prueba y etiquetado
Fecha de Entrada en Vigor | 29 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Secretaría de Energía |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía.- Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE). NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-ENER-2014, EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EL CONJUNTO MOTOR-BOMBA, PARA BOMBEO DE AGUA LIMPIA DE USO DOMÉSTICO, EN POTENCIAS DE 0,180 kW (¼ HP) HASTA 0,750 kW (1 HP).- LÍMITES, MÉTODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO
ODÓN DEMÓFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, con fundamento en los artículos: 33, fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6, 7 fracción VII, 10, 11 fracciones IV y V y Quinto transitorio de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; 1, 38 fracciones II y IV, 40 fracciones I, X y XII, 41, 44, 46, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 inciso F, fracción IV, 8 fracciones XIV, XV y XXX, 26 y 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía y ACUERDO por el que se delegan en el Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 21 de julio de 2014; expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-ENER-2014, EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EL CONJUNTO MOTOR-BOMBA, PARA BOMBEO DE AGUA LIMPIA DE USO DOMÉSTICO, EN POTENCIAS DE 0,180 kW (¼ HP) HASTA 0,750 kW (1 HP).- LÍMITES, MÉTODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, define las facultades de la Secretaría de Energía, entre las que se encuentra la de expedir Normas Oficiales Mexicanas que promuevan la eficiencia del sector energético;
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, señala como una de las finalidades de las Normas Oficiales Mexicanas el establecimiento de criterios y/o especificaciones que promuevan el mejoramiento del medio ambiente, la preservación de los recursos naturales y salvaguardar la seguridad al usuario;
Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de proyectos de Normas Oficiales Mexicanas, el Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-ENER-2013, Eficiencia energética para el conjunto motor-bomba, para bombeo de agua limpia de uso doméstico, en potencias de 0,180 kW (¼ HP) hasta 0,750 kW (1 HP). Límites, métodos de prueba y etiquetado; lo que se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2014, con el objeto de que los interesados presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo que lo propuso;
Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados no presentaron comentarios sobre el contenido del citado proyecto de Norma Oficial Mexicana;
Que de conformidad con el artículo 47, fracción IV, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el CCNNPURRE aprobó en su sesión ordinaria XLVI celebrada el 29 de mayo de 2014, la presente Norma Oficial Mexicana, y
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las Normas Oficiales Mexicanas, se constituyen como el instrumento idóneo para la prosecución de estos objetivos, se expide la siguiente NOM-004-ENER-2014, Eficiencia energética para el conjunto motor-bomba, para bombeo de agua limpia de uso doméstico, en potencias de 0,180 kW (¼ HP) hasta 0,750 kW (1 HP). Límites, métodos de prueba y etiquetado.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 9 de septiembre de 2014.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, Odón Demófilo de Buen Rodríguez.- Rúbrica.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-ENER-2014, EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EL CONJUNTO MOTOR-BOMBA, PARA BOMBEO DE AGUA LIMPIA DE USO DOMÉSTICO, EN POTENCIAS DE 0,180 kW (¼ HP) HASTA 0,750 kW (1 HP).- LÍMITES, MÉTODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO
PREFACIO
La presente Norma Oficial Mexicana fue elaborada por el Comité Consultivo de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE), con la colaboración de los siguientes organismos, instituciones y empresas:
· Asesoría y Pruebas a Equipo Eléctrico y Electrónico, S.A. de C.V.
· Asociación de Normalización y Certificación, A.C.
· Bombas Grundfos de México, S.A. de C.V.
· Bombas Pedrollo de México, S.A. de C.V.
· Comercializadora Pligo, S.A. de C.V.
· Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica
· Grupo Industrial Bonasa, S.A. de C.V.
· Metalúrgica Balfe, S.A. de C.V.
· Rotoplas, S.A. de C.V.
· Secretaría de Energía.
· Siemens, S.A. de C.V.
· Truper, S.A. de C.V.
· Turbo Light Motobombas.
· Urrea, S.A. de C.V.
· Weg México, S.A. de C.V.
ÍNDICE
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Introducción
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Objetivo
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Campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
4.1 Bomba
4.2 Carga dinámica total
4.3 Conjunto motor-bomba
4.4 Eficiencia de la bomba (b)
4.5 Eficiencia del motor (m)
4.6 Eficiencia en el punto óptimo de operación
4.7 Equilibrio térmico
4.8 Flujo volumétrico; caudal; gasto
4.9 Máxima potencia hidráulica
4.10 Motor de inducción monofásico
4.11 Motor de inducción monofásico tipo jaula de ardilla
4.12 Motor eléctrico
4.13 Frecuencia de rotación (n)
4.14 Potencia nominal
4.15 Potencia real máxima de salida
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Clasificación
5.1 De acuerdo con la potencia del motor de la bomba
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Especificaciones
6.1 Conjunto motor-bomba
6.2 Determinación de la eficiencia y el consumo de energía
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Muestreo
7.1 Selección de la muestra
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Criterios de aceptación
8.1 Certificación
8.2 Etiqueta
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Método de prueba
9.1 Requisitos para la prueba
9.2 Condiciones de la prueba del conjunto motor-bomba
9.3 Métodos de medición
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Etiquetado
10.1 Permanencia
10.2 Ubicación
10.3 Información
10.4 Dimensiones
10.5 Distribución de la información y colores
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Vigilancia
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Procedimiento para la evaluación de la conformidad
12.1 Objetivo
12.2 Referencias
12.3 Definiciones
12.4 Disposiciones Generales
12.5 Procedimiento
12.6 Diversos
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Bibliografía
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Concordancia con normas internacionales
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Transitorios
Apéndice A (Informativo)
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Introducción
Esta Norma Oficial Mexicana tiene el propósito de definir la forma en que se determina y se expresa la eficiencia energética y los valores máximos de consumo de energía, con lo cual se facilitan las decisiones del usuario y se evita la comercialización de conjunto motor-bomba ineficientes, para bombeo de agua limpia de uso doméstico en potencias de 0,180 kW (¼ HP) hasta 0,750 kW (1 HP), con el fin de procurar el uso racional de los recursos energéticos no renovables de la nación.
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Objetivo
Esta Norma Oficial Mexicana establece valores máximos de consumo de energía que debe cumplir el conjunto motor-bomba, que utiliza motores monofásicos de inducción tipo jaula de ardilla, para manejo de agua limpia de uso doméstico; establece además, los métodos de prueba con que deben verificarse dicho cumplimiento, así como los requisitos de información al público que debe contener la etiqueta.
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Campo de aplicación
Esta norma aplica al conjunto motor-bomba, que utilizan motores monofásicos de inducción tipo jaula de ardilla, para manejo de agua limpia de uso doméstico en potencias de 0,180 kW (¼ HP) hasta 0,750 kW (1 HP), comercializados en los Estados Unidos Mexicanos. Se excluyen del campo de aplicación los siguientes tipos de conjunto motor-bomba:
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Para fuentes ornamentales.
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Contra incendio.
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Para hidromasaje.
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Jet (tipo inyector).
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Multietapa.
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Para el manejo de sólidos (de superficie o sumergible).
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Aspersoras.
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De achique.
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Para alberca.
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Referencias
Para la correcta aplicación de la Norma Oficial Mexicana debe consultarse y aplicarse las Normas Oficiales Mexicanas siguientes o las que las sustituyan:
· NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.
· NOM-014-ENER-2004, Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente alterna, monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, enfriados con aire, en potencia nominal de 0,180 kW a 1,500 kW. Límites, método de prueba y marcado; publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de abril de 2005.
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Definiciones
Para efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se establecen las definiciones siguientes:
4.1 Bomba
Máquina hidráulica que transfiere energía al agua para incrementar su velocidad, la cual se reduce al transformarse en energía de presión.
4.2 Carga dinámica total, en metros de columna de agua (m.c.a.).
Es la suma algebraica de las cargas totales de succión y de descarga y se determina con la siguiente ecuación:
H = hd - hs
H = ( ± Pgd + hvd ± Zd ) ( ± Pgs + hvs ± Zs )
En donde:
HCarga dinámica total, en m.c.a.hdCarga en la descarga, en m.c.a.hsCarga en la succión, en m.c.a.PgsPresión en la succión de la bomba, en Pa, medida directamente en el manómetro en la succión y convertida a, m.c.a.
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