Acuerdo de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-115- STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Cascos de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba
Fecha de disposición | 24 Diciembre 2010 |
Fecha de publicación | 24 Diciembre 2010 |
Emisor | SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Sección | TERCERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40, fracciones I y XI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523, fracción I, 524 y 527, último párrafo, de la Ley Federal del Trabajo; 3o., fracción XI, 38, fracción II, 40, fracción VII, 47, fracción IV, 51, párrafo segundo, y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o. del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, y 19, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 22 de diciembre de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-115-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Cascos de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba, misma que tiene por objeto establecer la clasificación, especificaciones y métodos de prueba que deberán cumplir los cascos de protección que se fabriquen, comercialicen, distribuyan e importen en el territorio nacional.
Que la fecha de la entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana NOM-115-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Cascos de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba, es el 22 de diciembre de 2010.
Que para tal efecto, se debe contar con organismos de certificación y laboratorios de pruebas, acreditados y aprobados en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, que emitan los certificados de cumplimiento y los informes de resultados, respectivamente, que prevé la referida Norma Oficial Mexicana.
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51, párrafo segundo, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, esta Secretaría está facultada para modificar la mencionada Norma sin seguir el procedimiento para la elaboración de normas oficiales mexicanas, en virtud de que no se pretende crear nuevos requisitos o procedimientos, ni incorporar especificaciones más estrictas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-115-STPS-2009, SEGURIDAD- EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL-CASCOS DE PROTECCION- CLASIFICACION, ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA
UNICO. Se reforma el artículo SEGUNDO transitorio, y se adicionan, con un segundo párrafo, el...
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