Acuerdo General de Administración IV/2006, del ocho de mayo de dos mil seis, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establecen los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias, así como para la comisión, la readscripción,...

EmisorSuprema Corte de Justicia de la Nación

ACUERDO General de Administración IV/2006, del ocho de mayo de dos mil seis, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establecen los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias, así como para la comisión, la readscripción, la suspensión y la remoción de los servidores públicos de este Alto Tribunal, salvo los de sus Salas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.

ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACION IV/2006, DEL OCHO DE MAYO DE DOS MIL SEIS, DEL COMITE DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CREACION DE PLAZAS, EL OTORGAMIENTO DE NOMBRAMIENTOS Y DE LICENCIAS, ASI COMO PARA LA COMISION, LA READSCRIPCION, LA SUSPENSION Y LA REMOCION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE ESTE ALTO TRIBUNAL, SALVO LOS DE SUS SALAS.

El Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, integrado por los señores Ministros Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo, con fundamento en el punto tercero del Acuerdo Plenario 2/2003 relativo a la creación, atribuciones, funcionamiento e integración de los comités del propio Tribunal Pleno, y

CONSIDERANDO:

PRIMERO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene, entre otras atribuciones, la de nombrar los comités que sean necesarios para la atención de los asuntos de su competencia;

SEGUNDO. El veinte de enero de dos mil tres, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el Acuerdo General 2/2003, relativo a la creación, atribuciones, funcionamiento e integración de los comités del propio Tribunal Pleno, en cuyos puntos primero y tercero se creó el Comité de Gobierno y Administración y se estableció que dicho Comité se ocupará del ejercicio presupuestal, así como de todas las cuestiones que no sean competencia de los otros comités;

TERCERO. En términos de lo previsto en el artículo 14, fracciones IX, XIII y XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está facultado para emitir las disposiciones generales necesarias para determinar el ingreso, los estímulos, la capacitación, los ascensos o promociones por escalafón, el nombramiento, las licencias y la remoción del personal de la estructura administrativa de este Alto Tribunal, atribución que ejerce al seno del Comité de Gobierno y Administración;

CUARTO. Los artículos 5o., fracción IV, 6o., 12, 15, 63 y 64 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; y, 180 y 182 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen qué requisitos deben cumplir los nombramientos de los trabajadores de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación; cuándo serán de base o de confianza, atendiendo a las funciones realizadas; la clasificación de los nombramientos tomando en cuenta su temporalidad; y, los derechos que asisten a esos servidores públicos en razón del nombramiento otorgado;

QUINTO. A efecto de generar mayor certeza sobre los requisitos para el ingreso, promoción y permanencia del personal administrativo de este Alto Tribunal, así como para realizar una mejor selección del personal, el Comité de Gobierno y Administración aprobó el diecisiete de noviembre de dos mil tres, el Acuerdo General de Administración XX/2003, por el que se regulan los órganos facultados para elaborar, ordenar y aplicar los exámenes de ingreso, promoción y permanencia del personal administrativo de este Alto Tribunal;

SEXTO. El tres de febrero de dos mil cuatro, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó el Acuerdo General 2/2004, actualmente abrogado, en cuyos puntos segundo y cuarto se establecía que sólo podrán crearse plazas por el Pleno a proposición del Comité de Gobierno y Administración;

SEPTIMO. El dieciséis de febrero de dos mil cuatro, el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el Acuerdo General de Administración II/2004, por el que se vincula a las diversas áreas de este Alto Tribunal, diferentes a sus Salas, con los respectivos Comités de Ministros;

OCTAVO. Con el fin de pormenorizar lo dispuesto en el Acuerdo General Plenario 2/2004, actualmente abrogado, el treinta y uno de mayo de dos mil cuatro, el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó el Acuerdo General de Administración V/2004, por el que se establecen los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias de los servidores públicos de este Alto Tribunal, salvo los de sus Salas, el cual debe actualizarse atendiendo a la experiencia obtenida en su aplicación durante más de un año, siendo conveniente regular en el mismo los procedimientos para la comisión, readscripción, suspensión y remoción de esos trabajadores;

NOVENO. El diecisiete de abril de dos mil seis, el Tribunal Pleno emitió el Acuerdo General 5/2006 sobre la creación de plazas, ocupación de las mismas y estabilidad en el trabajo del personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que abroga el diverso 2/2004; y,

DECIMO. De conformidad con lo previsto en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 5/2005, relativo a las reglas para la aprobación y, en su caso, formalización y difusión de los Acuerdos y Reglamentos del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para la modificación de un acuerdo general debe seguirse el mismo trámite previsto para su expedición y, aprobarse y difundirse un nuevo documento que contenga el texto íntegro del ordenamiento respectivo, salvo sus preceptos transitorios originales, disposición que, en aras de brindar seguridad jurídica a los sujetos de su regulación, debe aplicarse por analogía para la modificación de los acuerdos generales de administración.

Por lo expuesto, y con fundamento en las citadas disposiciones legales, se expide el siguiente

ACUERDO:

CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 38
Artículo 1 Este Acuerdo tiene por objeto establecer los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias, así como para la comisión, la readscripción, la suspensión y la remoción de los servidores públicos de este Alto Tribunal, salvo los de sus Salas.

A falta de disposición expresa se aplicarán supletoriamente la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del Artículo 123 constitucional.

Artículo 2

Para efectos de este Acuerdo se entenderá por:

  1. Acuerdo General Plenario 5/2006: Acuerdo número 5/2006, del diecisiete de abril de dos mil seis, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la creación de plazas, ocupación de las mismas y estabilidad en el trabajo del personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  2. Acuerdo General de Administración III/2005: Acuerdo General de Administración III/2005, del nueve de mayo de dos mil cinco, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a los nombramientos de los servidores públicos de este Alto Tribunal, salvo los de sus Salas, en las plazas señaladas en el anexo II del Acuerdo General plenario 8/2005, del ocho de marzo del mismo año;

  3. Comité: Comité de Gobierno y Administración;

  4. Comités de Ministros: Comités creados mediante el Acuerdo General Plenario 2/2003 relativo a la creación, atribuciones, funcionamiento e integración de los Comités del propio Tribunal Pleno;

  5. Contraloría: La Contraloría de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  6. Ley Reglamentaria: Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado;

  7. Nombramiento definitivo: El que se otorga por un plazo indefinido para cubrir una plaza respecto de la cual no existe titular;

  8. Nombramiento interino: El que se otorga para cubrir una vacante temporal por un plazo de hasta seis meses respecto de una plaza de base o de confianza en la que existe titular;

  9. Nombramiento por obra determinada: El que se otorga en una plaza temporal para realizar una labor específica que durará hasta en tanto subsista la obra motivo del nombramiento;

  10. Nombramiento provisional: El que se otorga para cubrir una vacante temporal mayor a seis meses respecto de una plaza de base o de confianza en la que existe titular;

  11. Nombramiento por tiempo fijo: El que se otorga en una plaza definitiva o temporal por un periodo previamente determinado;

  12. Oficialía Mayor: La Secretaría General de la Presidencia y/o la Oficialía Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  13. Organos de la Suprema Corte: La Secretaría General de Acuerdos, la Oficialía Mayor y cada una de sus unidades administrativas, la Subsecretaría General de Acuerdos, las Secretarías Ejecutivas de Asuntos Jurídicos y Jurídico Administrativa, así como la Contraloría;

  14. Dirección de Personal: La Dirección General de Personal;

  15. Plaza: La unidad presupuestal, establecida en número variable, dentro de cada puesto;

  16. Plaza definitiva: La que se crea para el ejercicio de las atribuciones que deben desarrollarse por un tiempo indefinido y en forma permanente;

  17. Plaza temporal: La que, atendiendo a las necesidades del servicio y a las restricciones presupuestales, se crea por un tiempo fijo o para desarrollar una obra determinada;

  18. Presidente: El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  19. Dirección de...

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