Norma Oficial Mexicana NOM-037-SSA3-2016, Para la organización y funcionamiento de los laboratorios de anatomía patológica

Fecha de Entrada en Vigor22 de Abril de 2017
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSÉ MELJEM MOCTEZUMA, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 41, 43 y 47, fracción IV, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o., fracciones I y VII, 13, apartado A, fracción I y IX, 24, fracción I, 33, 45, 46, 48, 51, 78 y 79, de la Ley General de Salud; 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 9o., 10, fracción IV, 21, 26, 139, 140, fracción I, inciso b), 141, 142, 143, 144, 145, 148, fracción II, 168, 169, 170 y 172, del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica; 8 fracción V y 9, fracción IV Bis, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 3 de septiembre de 2014, de conformidad con lo previsto en el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de esta Norma, en cumplimiento a la aprobación del mismo por parte del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud; a efecto que de que en los 60 días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios ante el mencionado Comité Consultivo Nacional de Normalización;

Que durante el periodo de consulta pública, que concluyó el 1o. de noviembre del 2014, fueron recibidos en la sede del citado Comité, los comentarios formulados por los interesados respecto del proyecto de la Norma Oficial Mexicana, razón por la cual, con fecha previa fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los mismos, en términos de lo previsto por el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y

Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, he tenido a bien expedir y ordenar la publicación de:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-037-SSA3-2016, PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS DE ANATOMÍA PATOLÓGICA

PREFACIO

En la elaboración de esta Norma participaron:

SECRETARÍA DE SALUD.

Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.

Dirección General de Calidad y Educación en Salud.

Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud.

Dirección General de Tecnologías de la Información.

Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud.

Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.

Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.

Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos.

Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad.

INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA.

INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGÍA IGNACIO CHÁVEZ.

INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MÉDICAS Y NUTRICIÓN SALVADOR ZUBIRÁN.

INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS ISMAEL COSÍO VILLEGAS.

INSTITUTO NACIONAL DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA MANUEL VELASCO SUÁREZ.

INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA.

INSTITUTO NACIONAL DE PERINATOLOGÍA ISIDRO ESPINOSA DE LOS REYES.

INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.

HOSPITAL INFANTIL DE MÉXICO FEDERICO GÓMEZ.

HOSPITAL GENERAL DE MÉXICO DR. EDUARDO LICEAGA.

HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ.

HOSPITAL JUÁREZ DE MÉXICO.

SECRETARÍA DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Hospital General Dr. Enrique Cabrera.

Hospital de Especialidades Dr. Belisario Domínguez.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE CHIAPAS.

Hospital de Especialidades Pediátricas Dr. José Luis Peñaloza y Sentíes.

Hospital General Dr. Rafael Pascacio Gamboa.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE GUANAJUATO.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE GUERRERO.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE JALISCO.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE MICHOACÁN.

Hospital General Dr. Miguel Silva.

Hospital de la Mujer.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE NAYARIT.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.

Hospital de Especialidades del Niño y la Mujer Dr. Felipe Núñez Lara.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE OAXACA.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE SINALOA.

Hospital General de Culiacán.

Hospital Pediátrico de Sinaloa.

Instituto Sinaloense de Cancerología.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE YUCATÁN.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

Hospital de Especialidades Dr. Antonio Fraga Mouret, CMN La Raza.

Hospital de Especialidades Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez, CMN Siglo XXI.

Hospital General de IMSS, Zona No. II, Chiapas.

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

Centro Médico Nacional 20 de Noviembre.

Hospital Regional Lic. Adolfo López Mateos.

Hospital General Dr. Darío Fernández Fierro.

Hospital General Belisario Domínguez, ISSSTE, Chiapas.

Hospital de Especialidades Vida Mejor, ISSSTE, Chiapas.

Hospital General de Querétaro.

SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.

Hospital Central Militar.

SECRETARÍA DE MARINA, ARMADA DE MÉXICO.

Hospital General Naval de Alta Especialidad.

PETRÓLEOS MEXICANOS.

Hospital Central Sur de Alta Especialidad.

CRUZ ROJA MEXICANA.

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.

Escuela Superior de Medicina.

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO.

Facultad de Medicina.

UNIVERSIDAD ANÁHUAC QUERÉTARO.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO.

AMERICAN BRITISH COWDRAY MEDICAL CENTER, I.A.P.

ASOCIACIÓN MEXICANA DE PATÓLOGOS, A.C.

ASOCIACIÓN DE PATÓLOGOS DE LA ZONA CENTRO Y BAJÍO, A.C.

COLEGIO DE ANATOMOPATÓLOGOS DEL ESTADO DE OAXACA, A.C.

COLEGIO DE MÉDICOS ANATOMOPATÓLOGOS DEL ESTADO DE CHIAPAS, A.C.

COLEGIO DE MÉDICOS ANATOMOPATÓLOGOS DEL ESTADO DE SONORA, A.C.

COLEGIO DE PATÓLOGOS DE VERACRUZ, A.C.

CONSEJO MEXICANO DE MÉDICOS ANATOMOPATÓLOGOS, A.C.

CORPORATIVO HOSPITAL SATÉLITE, S.A. DE C.V.

FEDERACIÓN DE ANATOMÍA PATOLÓGICA DE LA REPÚBLICA MEXICANA, A.C.

HOSPITAL ÁNGELES PEDREGAL, S.A. DE C.V.

HOSPITAL ÁNGELES DE LAS LOMAS, S.A. DE C.V.

HOSPITAL ÁNGELES DE QUERÉTARO, S.A. DE C.V.

HOSPITAL MÉDICA SUR, S.A. DE C.V.

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY.

SOCIEDAD DE BENEFICENCIA ESPAÑOLA, I.A.P.

STAR MÉDICA HOSPITAL INFANTIL PRIVADO, S.A. DE C.V.

ÍNDICE

  1. Introducción.

  2. Objetivo.

  3. Campo de aplicación.

  4. Referencias.

  5. Definiciones y abreviaturas.

  6. Disposiciones generales.

  7. Disposiciones específicas.

  8. Instrumentos consensuales de referencia y subrogación de servicios.

  9. Higiene y bioseguridad.

  10. Concordancia con Normas internacionales y nacionales.

  11. Bibliografía.

  12. Vigilancia.

  13. Vigencia.

    Apéndice A Normativo. Recursos materiales y tecnológicos mínimos para las áreas de los laboratorios de anatomía patológica

  14. Introducción.

    La anatomía patológica es la rama de la medicina especializada en el estudio, interpretación y diagnóstico morfológico de las diferentes enfermedades que afectan al ser humano, cuyos padecimientos se detectan a través del análisis cuidadoso y exhaustivo de los sistemas, órganos, tejidos y células de los pacientes; con el fin de establecer las bases científico-cognoscitivas, que sustentan los procedimientos terapéuticos médico-quirúrgicos específicos, así como la toma de decisiones con respecto del seguimiento y vigilancia de la evolución clínica de los pacientes.

    Es además, un elemento valioso e insustituible en el control de calidad de la atención médica, porque ratifica o rectifica el diagnóstico presuncional.

    En el marco de los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, los laboratorios de anatomía patológica permiten brindar diagnósticos morfológicos con calidad y seguridad en beneficio de los pacientes, por ello, es necesario regular esta práctica, para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y tecnológicos disponibles en este tipo de laboratorios.

    La elaboración de esta Norma, responde a la necesidad de establecer criterios homogéneos para que los laboratorios de anatomía patológica cuenten con las características mínimas de organización y funcionamiento que permitan desarrollar las actividades específicas al médico anatomopatólogo, con la finalidad de garantizar la calidad en la realización, interpretación e informes de los estudios macroscópicos, citopatológicos o histopatológicos, para fines de diagnóstico, pronóstico, predicción de respuesta al tratamiento e investigación o docencia. Así como los perfiles que debe cumplir el responsable sanitario, el médico anatomopatólogo, otros profesionales y técnicos de la salud que participen en el laboratorio de anatomía patológica.

  15. Objetivo.

    Esta Norma tiene por objeto establecer los criterios de organización y funcionamiento, así como los recursos materiales y tecnológicos mínimos para los laboratorios de anatomía patológica.

  16. Campo de aplicación.

    Esta Norma es de...

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