Acuerdo SO/III-10/9.02-S, mediante el cual el H. Comité Técnico del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales aprueba cinco Estándares de Competencia (EC)

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EmisorSecretaría de Educación Pública

ACUERDO SO/III-10/9.02-S, mediante el cual el H. Comité Técnico del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales aprueba cinco Estándares de Competencia (EC). H. COMITE TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS LABORALES CONSTANCIA DE ACUERDO

En la Tercera Sesión Ordinaria de 2010, del H. Comité Técnico del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, celebrada el veintiséis de agosto de 2010, se aprobó el siguiente: ACUERDO SO/III-10/9.02-S

Con fundamento en los artículos 21, 22, 25, 26 y 27 de las Reglas Generales y Criterios para la Integración y Operación del Sistema Nacional de Competencias, y 8o. fracción III, del Estatuto Orgánico del CONOCER, este H. Comité Técnico aprueba los siguientes 5 Estándares de Competencia (EC): 1. Sistematización de operaciones financieras y de valores en las instituciones de ahorro y crédito/préstamo popular. 2. Captación del ahorro/inversión de socios/usuarios de las instituciones de ahorro y crédito/préstamo popular. 3. Planificación del control de inventarios de productos. 4. Aplicación de pruebas poligráficas. 5. Verificación externa de la operación de los Centros de Evaluación y Evaluadores Independientes. Asimismo, se instruye al Director General Entidad para que proceda a su publicación en el D.O.F. ESTANDAR DE COMPETENCIA

  1. Datos Generales

    Código: Título:
    EC0090 Sistematización de operaciones financieras y de valores en las Instituciones de ahorro y crédito/préstamo popular.

    Propósito del Estándar de Competencia: Servir como referente para la evaluación y certificación de las personas que sistematizan las operaciones financieras y de valores en las instituciones de ahorro y crédito/préstamo popular. Asimismo, puede ser referente para el desarrollo de programas de capacitación y de formación basados en el Estándar de Competencia (EC). Descripción del Estándar de Competencia El presente EC evalúa desde la realización de las operaciones de captación/colocación por conceptos establecidos en la reglamentación interna de las instituciones de ahorro y crédito/préstamo popular; donde se evalúa la atención a los socios/usuarios que deseen depositar/retirar sus valores; continuando con la elaboración del corte de las operaciones financieras y de valores realizadas. El presente Estándar de Competencia se fundamenta en criterios rectores de legalidad, competitividad, libre acceso, respeto, trabajo digno y responsabilidad social Comité de Gestión por Competencias que lo desarrolló: Sector del Ahorro y Crédito Popular.

    Fecha de aprobación por el Comité Técnico del CONOCER: 26/08/2010 Fecha de publicación en el D.O.F.:
    Periodo de revisión/actualización del EC: 3 años Tiempo de Vigencia del Certificado de competencia en este EC: 5 años

    Ocupaciones relacionadas con este EC de acuerdo al Catálogo Nacional de Ocupaciones: Módulo/Grupo Ocupacional No hay referente Ocupaciones asociadas: No hay referente Ocupaciones no contenidas en el Catálogo Nacional de Ocupaciones y reconocidas en el Sector para este EC: Cajeros de la institución de ahorro y crédito/préstamo popular.

    Clasificación según el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN):
    Sector: 52 Servicios Financieros y de Seguros.
    Subsector: 522 Instituciones de Intermediación Crediticia y Financiera no Bursátil.
    Rama: 5223 Uniones de Crédito e Instituciones de Ahorro.
    Subrama: 52232 Cajas de Ahorro Popular.
    Clase: 522320 Cajas de Ahorro Popular.

    El presente Estándar de Competencia, una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación se integrará en el Registro Nacional de Estándares de Competencia que opera el CONOCER a fin de facilitar su uso y consulta gratuita. Empresas e Instituciones participantes en el desarrollo de la EC: - COMACREP, A.C. - COFIREM, S.C. de R.L. de C.V. - FESICS Servicios Integrales a Cajas Solidarias, S.C. de R.L. de C.V. - Federación de Cajas Populares ALIANZA, S.C. de R.L. de C.V. - FMEAC, S.C. de R.L. de C.V. - Federación Regional de Cooperativas de Ahorro y Préstamo Centro Sur, S.C. de R.L. de C.V. - Federación Sistema Coopera, S.C. de R.L. de C.V. - Federación Regional de Cooperativas de Ahorro y Préstamo Noreste, S.C.L. - Asociación Mexicana de Uniones de Crédito del Sector Social, A.C. - Federación Consejo Cooperativo, S.C. de R.L. de C.V. - Federación de Cooperativas de Ahorro y Préstamo "Humanista Vasco de Quiroga", S.C. de R.L. - Federación Desarrollo Solidario de Cooperativas, S.C. de R.L. de C.V. Relación con otros estándares de competencia Estándares equivalentes - No Aplica. Estándares relacionados - No Aplica. Aspectos relevantes de la evaluación

    Detalles de la práctica - El desarrollo de la evaluación de este EC se puede llevar a cabo en una situación real de trabajo o de forma simulada. El candidato debe presentar sus evidencias de acuerdo a lo solicitado.
    Apoyos - Se requiere a una persona que participe como candidato a evaluar, los formatos determinados por el CONOCER y el Prestador de Servicios para realizar el proceso de Evaluación de Competencia así como los requerimientos e insumos específicos de la función individual a evaluar.

    Duración estimada de la evaluación - 4 horas Referencias de Información - Normatividad vigente para las instituciones de ahorro y crédito/préstamo popular. II.- Perfil del Estándar de Competencia

  2. Elementos que conforman el Estándar de Competencia Referencia Código Título 1 de 2 E0387 Realizar las operaciones de ingresos/egresos por conceptos establecidos en la reglamentación interna de las instituciones de ahorro y crédito/préstamo popular. CRITERIOS DE EVALUACION La persona es competente cuando demuestra los siguientes: DESEMPEÑOS 1. Comprueba el monto del fondo de operación/dotación inicial con el que inicia su jornada de trabajo: - Antes de iniciar operaciones de registro y cobro; - Revisando que la cantidad de efectivo/cheque para iniciar operaciones, corresponda al fondo de operación/dotación inicial determinado por la institución de ahorro y crédito/préstamo popular para iniciar operaciones, y; - Registrando en el sistema de operación establecido por la institución la denominación de efectivo. 2. Capta ingresos/depósitos/pagos por concepto de los servicios de la institución, con base en la reglamentación interna: - Solicitándole información al socio/usuario sobre el tipo de movimiento que va a realizar; - Accesando a la cuenta del socio/usuario en el sistema de operación establecido por la institución; - Revisando la vigencia de la cuenta y el historial de los depósitos en el sistema de operación establecido por la institución; - Recibiendo del socio/usuario el cheque/efectivo; - Revisando las características de autenticidad del efectivo determinadas por el Banco de México; - Confirmando en el sistema de operación establecido por la institución, que la cantidad en efectivo/la registrada en el cheque, coincida con el movimiento; - Capturando el movimiento en el sistema de operación establecido por la institución; - Emitiendo el comprobante del movimiento realizado; - Firmando el comprobante del ingreso, y; - Entregando al socio/usuario el comprobante y en su caso el excedente de efectivo correspondiente de su depósito. 3. Explora las características de autenticidad del cheque de acuerdo a lo establecido por el Banco de México: - Revisando que el cheque contenga fecha de expedición, nombre del beneficiario, monto determinado con número y letra y nombre de la institución bancaria; - Examinando en el cheque el fondo de agua, la banda magnética y el número de cheque; - Verificando que el cheque esté vigente; - Revisando que el cheque no esté posfechado; - Inspeccionando que contenga las firmas autógrafas correspondientes; - Revisando que esté exento de la leyenda de "no negociable", y; - Comprobando que esté exento de la leyenda "para abono en cuenta del beneficiario"/tenga dos líneas transversales paralelas. 4. Opera los movimientos de egresos/retiros por concepto de los servicios de la institución, con base en la reglamentación interna: - Solicitando al socio/usuario su acreditación como tal /identificación oficial; - Preguntándole al socio/usuario información sobre el tipo de movimiento que va a realizar; - Accesando a la cuenta del socio/usuario; - Revisando la cantidad disponible de ahorros en la cuenta del socio/usuario, en el sistema de operación establecido por la institución; - Informando al socio/usuario sobre la factibilidad de su solicitud; - Capturando el movimiento en el sistema de operación establecido por la institución; - Emitiendo el comprobante del movimiento realizado; - Revisando que el comprobante del egreso tenga los datos del movimiento efectuado; - Preparando el efectivo/cheque con el que se le paga el monto solicitado; - Recabando las firmas de autorización del responsable en los cheques; - Solicitándole su firma al socio/usuario en el comprobante de egreso, y; - Entregando el comprobante al socio/usuario y el efectivo/cheque. La persona es competente cuando obtiene los siguientes: PRODUCTOS 1. El comprobante del movimiento de ingresos/depósitos/pagos elaborado: - Incluye la fecha del movimiento realizado; - Señala la cantidad del movimiento efectuado; - Tiene la firma del responsable de efectuar el movimiento; - Está sin tachaduras, enmendaduras y sin corrector, y; - Contiene el sello/el medio de validación establecido por la institución. 2. El comprobante del movimiento de egresos/retiros elaborado: - Incluye la fecha del movimiento realizado; - Señala la cantidad del movimiento efectuado; - Tiene la firma del socio/usuario y del responsable; - Está sin tachaduras, sin enmendaduras y sin corrector y; - Contiene el sello/el medio de validación establecido por la institución. La persona es competente cuando posee los siguientes: CONOCIMIENTOS NIVEL 1. Cálculos financieros Aplicación - Porcentajes. - Interés...

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