Oficio 500-05-2016-38655 mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.- Oficio 500-05-2016-38655.

Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

El Administrador Central de Fiscalización Estratégica, adscrito a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1,2 párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e); y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a) del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Primero Transitorio de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:

Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta Administración Central, dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del Servicio de Administración Tributaria a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último, del Código Fiscal de la Federación, ha detectado que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

En razón de lo anterior, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal que les notificó el oficio individual lo que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.

No se omite señalar que los hechos particulares por los cuales dichas autoridades fiscales determinaron que los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se pormenorizan en el oficio individual que al efecto les notificaron a los mismos.

Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, a fin de que presenten en los términos señalados en el oficio en el cual se le notifica que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.

La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación."

Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.

Atentamente,

Ciudad de México, 01 de noviembre de 2016.- El Administrador Central de Fiscalización Estratégica, Francisco Hugolino Cruz Ortiz.- Rúbrica.

Asunto: Anexo 1 del oficio número 500-05-2016-38655 de fecha 01 de noviembre de 2016, en el que se notifica, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que los contribuyentes mencionados en el presente Anexo se ubican en el supuesto previsto en el primer párrafo del citado precepto legal.

A continuación se enlistan los contribuyentes a los que se hace referencia en el oficio número 500-05-2016-38655 de fecha 01 de noviembre de 2016, emitido por el Lic. Francisco Hugolino Cruz Ortiz, Administrador Central de Fiscalización Estratégica.

RFC
NOMBRE EFOS PRESUNTOS
NÚMERO DEL OFICIO DE
PRESUNCIÓN
FECHA DE NOTIFICACIÓN
DEL OFICIO DE
PRESUNCIÓN
1
AAHE730926N63
ADAME HUIZAR ENRIQUE RENE
500-23-00-06-01-2016-13413 de fecha de 28 de septiembre de 2016
20 de octubre de 2016
2
AAO080925QH8
AUTOPARTES Y ACCESORIOS ONTARIO, S.A. DE C.V.
500-43-03-04-02-2016-9102 de fecha de 29 de septiembre de 2016
5 de octubre de 2016
3
ABA150212HK3
ASESOR-TEC DEL BAJÍO, S.A. DE C.V.
500-25-00-02-01-2016-14189 de fecha de 19 de septiembre de 2016
24 de octubre de 2016
4
ACI110203PM2
ARQUITECTURA CONTEMPORÁNEA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.
500-58-00-05-01-2016-3047 de fecha de 15 de septiembre de 2016
19 de octubre de 2016
5
ACI130611M77
ASESORÍAS Y CONSULTORÍAS IES, S.C.
500-05-2016-32364 de fecha de 13 de septiembre de 2016
7 de octubre de 2016
6
ACO1212126K2
ACM COUNSELING, S.C.
500-26-00-05-02-2016-7286 de fecha de 12 de septiembre de 2016
14 de octubre de 2016
7
ACO121220FL9
ARMONK CONSULTORES, S.A. DE C.V.
500-32-00-04-01-2016-38530 de fecha de 4 de octubre de 2016
7 de octubre de 2016
8
ADE101109R83
ASESORÍA DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE CHIAPAS, S.A. DE C.V.
500-19-00-05-02-2016-10906 de fecha de 11 de octubre de 2016
13 de octubre de 2016

9
ADE121213TK3
ADVERTISING AND DIGITAL EFFECTS, S.A. DE C.V.
500-05-2016-32351 de fecha de 12 de septiembre de 2016
17 de octubre de 2016
10
AEA1301305C9
ADMINISTRADORA EDGA & UMAY, S.C.
500-05-2016-27039 de fecha de 30 de agosto de 2016
27 de septiembre de 2016
11
AEC071220N3A
ASESORES ESPECIALIZADOS DEL CARIBE ICBG, S.A. DE C.V.
500-69-00-05-01-2016-18041 de fecha de 14 de septiembre de 2016
3 de octubre de 2016
12
AECU920401IQ6
AMEZCUA CORNEJO URIEL ELEUTERIO
500-38-00-04-01-2016-12968 de fecha de 8 de agosto de 2016
22 de septiembre de 2016
13
AES110307P10
ALTE ESTERNE, S.A. DE C.V.
500-32-00-04-03-2016-38357 de fecha de 28 de septiembre de 2016
11 de octubre de 2016
14
AFJ060726UX2
AFJKORPORATCE, S.A. DE C.V.
500-37-00-06-02-2016-23851 de fecha de 14 de septiembre de 2016
21 de octubre de 2016
15
AGL100603AK8
ALCANCE GLOBAL, S.A. DE C.V.
500-08-00-04-00-2016-0018926 de fecha de 21 de septiembre de 2016
28 de octubre de 2016
16
AIP0903312E8
ADMINISTRACIONES INTEGRALES DEL PUERTO, S.A. DE C.V.
500-34-00-05-02-2016-5107 de fecha de 12 de octubre de 2016
18 de octubre de 2016
17
AJA0711074Z9
ALTERNATIVA JURÍDICA ADMINISTRATIVA, S.A. DE C.V.
500-51-00-05-02-2016-023496 de fecha de 18 de octubre de 2016
21 de octubre de 2016
18
ALE120331I36
AGATHA LIDERES ESPECIALIZADOS, S.A. DE...

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