Oficio mediante el cual se autoriza la fusión de Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, en su carácter de fusionante, con Banorte-Ixe Tarjetas, S.A. de C.V., SOFOM, Entidad Regulada, como sociedad fusionada que se extingue

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca, Valores y Ahorro.- Oficio No. UBVA/023/2016. GRUPO FINANCIERO BANORTE, S.A.B. DE C.V.

PRESENTE

Esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 17, 19 y 20 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 27, fracciones I y XII del Reglamento Interior de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES

  1. Mediante escritos recibidos en esta Unidad Administrativa el 29 de septiembre, 3 y 20 de noviembre, todos de 2015 y 4 de marzo de 2016, el C. Héctor Ávila Flores, en su carácter de representante legal de "Grupo Financiero Banorte, S.A.B. de C.V.", de "Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte" y de "Banorte-lxe Tarjetas, S.A. de C.V., SOFOM, Entidad Regulada", personalidad que tiene debidamente acreditada ante esta Dependencia, solicitó autorización de esta Secretaría para que sus representadas realicen los siguientes actos jurídicos:

    — La fusión de "Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte", como sociedad fusionante con "Banorte-Ixe Tarjetas, S.A. de C.V., SOFOM, Entidad Regulada", como sociedad fusionada.

    — La modificación del Artículo Segundo de los "Estatutos Sociales de "Grupo Financiero Banorte S.A.B. de C.V." a efecto de omitir la mención de "Banorte-Ixe Tarjetas, S.A. de C.V., SOFOM, Entidad Regulada", y

    — La modificación al Convenio Único de Responsabilidades, en virtud de lo señalado en el presente numeral.

    Agrega que la fusión de que se trata, forma parte de la reestructura corporativa autorizada por el consejo de administración de "Grupo Financiero Banorte, S.A.B. de C.V.", la cual tiene por objeto:

    Õ Lograr una mayor flexibilidad para potenciar el crecimiento de ese Grupo Financiero;

    Õ Alinear sus unidades de negocio y sus subsidiarias a la estrategia de diversificación del Grupo;

    Õ Mejorar la asignación de capital entre sus entidades, y

    Õ Eficientar la estructura organizacional.

  2. Al respecto, esta Dirección General Adjunta de Banca y Valores, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 28, fracción XXII del Reglamento Interior de esta Secretaría y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17, en relación con el 19, último párrafo y 20 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, y 3, fracción IV de las Reglas Generales de Grupos Financieros, mediante oficios UBVA/DGABV/902/2015 y UBVA/DGABV/903/2015, del 1 de octubre, UBVA/DGABV/1008/2015 y UBVA/DGABV/1009/2015 del 5 de noviembre y UBVA/DGABV/1063/2015, UBVA/DGABV/1064/2015, del 23 de noviembre, todos de 2015, solicitó la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

    Asimismo, mediante oficios UBVA/DGABV/904/2015, UBVA/DGABV/1010/2015 y UBVA/DGABV/1065/2015 del 1 de octubre, 5 y 23 de noviembre, todos de 2015, respectivamente, esta Dirección General Adjunta de Banca y Valores solicitó la opinión de la Dirección General Adjunta de Análisis Financiero y Vinculación Internacional, adscrita a esta Unidad de Banca, Valores y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto por el...

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