Acuerdo número 674 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal (FOREMOBA)

Fecha de disposición26 Febrero 2013
Fecha de publicación26 Febrero 2013
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7o., 9o. y 14, fracción IX de la Ley General de Educación; 6, 7, 8, 10 y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracción XIX, 17, fracción V, 28, 29, 30, 39 y Anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación;

Que en el marco de lo anterior la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77 que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que bajo dicho contexto las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 establece en sus artículos 3, fracción XIX y 29 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquellos señalados en su Anexo 24. Asimismo, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá incluir otros programas que, por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el año en que termina su encargo el Ejecutivo Federal, el procedimiento para la emisión de las Reglas de Operación no podrá exceder del primer bimestre del ejercicio que corresponda, y

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 674 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE APOYO A COMUNIDADES PARA RESTAURACION DE MONUMENTOS Y BIENES ARTISTICOS DE PROPIEDAD FEDERAL (FOREMOBA)

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal (FOREMOBA), las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a 20 de febrero de 2013.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE APOYO A COMUNIDADES PARA RESTAURACION DE MONUMENTOS Y BIENES ARTISTICOS DE PROPIEDAD FEDERAL (FOREMOBA)

INDICE

  1. Presentación

  2. Antecedentes

  3. Objetivo

    3.1 General

    3.2 Específicos

  4. Lineamientos Generales

    4.1 Cobertura

    4.2 Población Objetivo

    4.3 Características de los Apoyos

    4.3.1 Tipo de Apoyos

    4.3.2 Monto del Apoyo

    4.4 Beneficiarios

    4.4.1 Criterios de Selección

    4.4.1.1 Elegibilidad (Requisitos y Restricciones)

    4.4.1.2 Transparencia (Métodos y Procesos)

    4.4.2 Derechos y Obligaciones

    4.4.3 Causas de Incumplimiento, Retención, Suspensión de Recursos y, en su caso, Reducción en la Ministración de Recursos

  5. Lineamientos Específicos

    5.1 Coordinación Institucional

    5.1.1 Instancias Ejecutoras

    5.1.2 Instancias Normativas

    5.1.3 Instancias de Control y Vigilancia

  6. Mecánica de Operación

    6.1 Difusión

    6.2 Promoción

    6.3 Ejecución

    6.3.1 Contraloría Social (participación social)

    6.3.2 Acta de Entrega-Recepción

  7. Informes Programático-Presupuestarios

    7.1 Avances Físico-Financieros

    7.2 Cierre de Ejercicio

  8. Evaluación

  9. Indicadores de Resultados

  10. Seguimiento, Control y Auditoría

    10.1 Atribuciones

    10.2 Objetivo

    10.3 Resultados y Seguimiento

  11. Quejas y Denuncias

    Anexos

    Glosario

    Diagrama de Flujo

Anexo 1 Convocatoria
Anexo A Formulario de la Solicitud
Anexo B Registro de domicilios de los beneficiados del Programa
Anexo C Informe de Avance de Obra
Anexo D Acta de Entrega Recepción del Programa FOREMOBA
Anexo E Relación de Documentos a Entregar
Anexo F Modelo de Convenio
  1. Presentación

    A partir de la nacionalización de los bienes eclesiásticos, surgida de las Leyes de Reforma, el Gobierno Federal ha asumido la responsabilidad de conservar este patrimonio cultural de la Nación. Al respecto corresponde a la Dirección General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural (DGSMPC), del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, llevar a cabo los programas, estudios, proyectos y obras tendientes a proteger, catalogar, conservar y restaurar el patrimonio cultural conformado por los monumentos de propiedad federal y los bienes muebles que contienen, de acuerdo con la normatividad aplicable.

    El FOREMOBA aporta recursos financieros complementarios para atender las diferentes necesidades de mantenimiento y/o restauración de los sitios y monumentos del patrimonio cultural de la Nación, siempre y cuando exista una concurrencia de fondos de las entidades federativas, de los municipios, de las comunidades locales y/o de los grupos organizados legalmente constituidos para este fin.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 178, párrafo primero de su Reglamento, se verificó que las presentes Reglas de Operación no se contraponen, afectan o presentan duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo.

  2. Antecedentes

    Las conclusiones del evaluador externo declaran que el Programa FOREMOBA presenta las siguientes fortalezas: el número de instituciones interesadas en la protección, restauración y conservación de obras de bienes inmuebles y artísticos ha aumentado al igual que la participación de las instituciones y la sociedad con recursos. Esto ha permitido beneficiar a un mayor número de obras, contribuyendo a la conservación del patrimonio cultural y respetando y manteniendo las costumbres y atracciones turísticas de las localidades. Los indicadores de la Matriz muestran que se cumplieron satisfactoriamente las metas de: porcentaje de demanda satisfecha, proyectos ejecutados y seguimiento a los proyectos apoyados.

  3. Objetivo

    3.1 General

    Contribuir a que a través de los tres niveles de gobierno y las organizaciones de la sociedad civil la población tenga acceso al patrimonio cultural mexicano, alentando, fortaleciendo e integrando las iniciativas de protección, conservación y difusión del patrimonio cultural.

    Para tal efecto se promoverá la concurrencia de recursos de los fondos Federales, en las entidades federativas, en los municipios, en las comunidades y grupos organizados, legalmente constituidos, orientados hacia el mantenimiento, rehabilitación, restauración y/o conservación de los monumentos y bienes artísticos con que cuenta el Patrimonio Nacional, para un mejor aprovechamiento y canalización de los recursos para tal efecto. Estas acciones impactarán en mayor captación de turismo nacional y extranjero, así como en la creación de empleos.

    3.2 Específicos

    1. Restaurar y preservar los bienes que son parte del patrimonio cultural federal.

    2. Apoyar con recursos a las instituciones en las entidades federativas, en los municipios, en las comunidades locales y grupos organizados, legalmente constituidos, interesados en el mantenimiento, rehabilitación, restauración y/o conservación de los monumentos y bienes artísticos de la Nación, para que se realicen en las mejores condiciones.

    3. Atender procesos de conservación del mayor número posible de edificios del patrimonio cultural de propiedad federal.

    4. Apoyar la consolidación, reestructuración o, en su caso, reconstrucción de los bienes inmuebles considerados como monumentos históricos o bienes artísticos, de propiedad Federal.

  4. Lineamientos Generales

    4.1 Cobertura

    Operará a nivel Nacional.

    4.2 Población Objetivo

    Las instituciones en las entidades federativas, en los municipios, en las comunidades locales y grupos organizados legalmente constituidos, con el fin de mantener, rehabilitar, restaurar y/o conservar monumentos históricos o bienes artísticos, muebles e inmuebles de propiedad Federal.

    La Población Potencial que pudiera ser elegible para su atención, asciende aproximadamente a los 25,000...

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