Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral respecto de la denuncia presentada por la otrora Coalición Alianza por México y del procedimiento administrativo sancionador iniciados ambos en contra de la otrora Coalición Por el Bien de Todos, por hechos que constituyen probables infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en cumplimiento a lo ordenado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-231/2008 y sus acumulados SUP-RAP-232/2008 y SUP-RAP- 233/2008

DOF, 6 de Abril de 2009Organismos Autonomos › Instituto Federal Electoral

Enlazado como:

Extracto


Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral respecto de la denuncia presentada por la otrora Coalición Alianza por México y del procedimiento administrativo sancionador iniciados ambos en contra de la otrora Coalición Por el Bien de Todos, por hechos que constituyen probables infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en cumplimiento a lo ordenado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-231/2008 y sus acumulados SUP-RAP-232/2008 y SUP-RAP- 233/2008

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG78/2009.- Expediente JGE/QAPM/JD04/BC/308/2006 y su acumulado JGE/QCG/391/2006. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL RESPECTO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR LA OTRORA COALICION "ALIANZA POR MEXICO" Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR INICIADOS AMBOS EN CONTRA DE LA OTRORA COALICION "POR EL BIEN DE TODOS", POR HECHOS QUE CONSTITUYEN PROBABLES INFRACCIONES AL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR LA H. SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION AL RESOLVER EL RECURSO DE APELACION IDENTIFICADO CON EL NUMERO DE EXPEDIENTE SUP-RAP-231/2008 Y SUS ACUMULADOS SUP-RAP-232/2008 Y SUP-RAP-233/2008.

Distrito Federal, a 9 de marzo de dos mil nueve.

VISTO para resolver los autos del expediente identificado al rubro, y:

RESULTANDO

I. Con fecha veinticinco de mayo de dos mil seis, se recibió en la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral oficio número CD/496/06 del día veintitrés del mismo mes y año, suscrito por la Licenciada Cecilia Hidalgo Silva, entonces Consejera Presidenta del 04 Consejo Distrital de este Instituto en el estado de Baja California, mediante el cual remitió escrito de esa misma fecha, signado por el C. Sergio Gamboa García, representante suplente de la otrora Coalición "Alianza por México" ante el citado órgano desconcentrado, en el que medularmente expresó:

"HECHOS

1.- El fortalecimiento y desarrollo de la Democracia Mexicana todavía en Proceso de Consolidación requiere, entre muchas otras cosas, del eficiente desarrollo de los Procesos Electorales que se manifiestan en la total libertad para votar, por el Partido o Coalición que elijan que tenga la seguridad y la confianza de que las elecciones sean transparentes, limpias y legítimas.

La construcción de la Democracia necesita también que los candidatos a un cargo de elección popular se conduzcan siempre con legalidad y honradez.

En tiempos electorales la disputa por cargos de elección popular puede incrementar el riesgo de cometer actos fuera de las leyes administrativas o electorales, por lo que es indispensable considerar que cada vez que esto sucede se atenta contra el principio básico de la Democracia y, por consiguiente, contra la legalidad.

2.- El artículo 182 en su numeral 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, define a la campaña electoral como: el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos nacionales, las coaliciones y los candidatos registrados para la obtención del voto'.

En el numeral 3 del mencionado artículo se define que la propaganda electoral es El conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la campaña electoral producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes con el propósito de presentar ante la ciudadanía las candidaturas registradas.

3.- El artículo 189, fracción 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales define que Los Partidos Políticos, las Coaliciones y los candidatos que realicen propaganda electoral a través de la Radio y Televisión deberán evitar en ella cualquier ofensa, difamación o calumnia que denigre a candidatos, partidos políticos,

instituciones y terceros.

4.- Es el hecho específico de nuestra denuncia que el día 22 de mayo del año en curso y en horario estelar del noticiero NOTIVISA de la cadena televisiva Televisa en el canal 12 en red estatal e internacional, apareció en pantallas un spot publicitario del candidato de la ALIANZA POR EL BIEN DE TODOS (sic) por Baja California al Senado de la República ARTURO GONZALEZ CRUZ cuyas imágenes en televisión son elocuentes y contundentemente difamatorias y calumniosas en contra del candidato de la ALIANZA POR MEXICO de Baja California al Senado de la República FERNANDO JORGE CASTRO TRENTI, imágenes que trasmiten textualmente lo siguiente:

CASTRO TRENTI CUENTA CON UNA DENUNCIA PENAL

Imagen de fondo con la letra C

FOTOGRAFIA DEL CANDIDATO DE LA ALIANZA POR MEXICO FERNANDO CASTRO TRENTI A LA IZQUIERDA DE LA PANTALLA

UN LOGO CRUZADO CON LA PALABRA

NO CASTRO NO

La C tiene muchos significados

Cuidado

Con

Castro

Aparecen palabras de fondo:

Corrupción

Cinismo

Complicidad

Cada una de estas concuerda con C de Castro Trenti.

Se oye la voz del locutor que dice Por algo le llaman el Diablo'

Un texto escrito

No por Santo'

Aparece un sexagenario diciendo: Antes no cumplió, hoy volvió a prometer ¿Por qué habría de creerle?

Aparece un joven diciendo: ¿Tú le crees? Yo tampoco

Sexagenario: La decisión es Nuestra

Se oye una voz femenina y locutor que dicen Coalición por el Bien de Todos, es mi voto'.

Finaliza el spot con el nombre de Arturo González Cruz de la ALIANZA POR EL BIEN DE TODOS (sic) y el logotipo d...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía