Acuerdo número 643 por el que se crea el Consejo Técnico Pedagógico del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura

Fecha de disposición29 Junio 2012
Fecha de publicación29 Junio 2012
MateriaDerecho Público y Administrativo
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Educación Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38, fracciones II y XXVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 7o., fracciones I y VIII, y 14, fracciones VII y IX, de la Ley General de Educación; 2o., fracción II, de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y 5, fracciones X y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 2o., fracción II, de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura prevé que dicho Instituto tendrá entre sus finalidades la organización y desarrollo de la educación profesional en todas las ramas de las Bellas Artes y de la educación artística y literaria comprendida en la educación general que se imparte en los establecimientos de enseñanza preescolar, primaria, secundaria, media superior y normal, y

Que la citada disposición legal establece que para la coordinación, planeación, organización y funcionamiento de la finalidad precisada en el considerando que antecede, se creará el Consejo Técnico Pedagógico como órgano del propio Instituto, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 643 POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO TECNICO PEDAGOGICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA

Artículo 1

Para cumplir con la finalidad relativa a la organización y desarrollo de la educación profesional en todas las ramas de las Bellas Artes y de la educación artística y literaria comprendida en la educación general que se imparte en los establecimientos de enseñanza preescolar, primaria, secundaria, media superior y normal, se crea el Consejo Técnico Pedagógico, como órgano del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura encargado de la coordinación, planeación, organización y funcionamiento de las acciones encaminadas a cumplir con dicha finalidad.

Artículo 2

El Consejo tendrá las siguientes funciones:

  1. Generar mecanismos, estrategias y recomendaciones que posibiliten el desarrollo de la educación artística en el país conforme a las políticas educativas federales, a las nuevas legislaciones desarrolladas en respuesta a las sugerencias de organismos internacionales en diversos ámbitos y...

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