Acuerdo General 15/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones de los Juzgados Quinto y Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, con jurisdicción en la República Mexicana   

Fecha de disposición14 Abril 2008
Fecha de publicación14 Abril 2008
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

ACUERDO General 15/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones de los Juzgados Quinto y Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, con jurisdicción en la República Mexicana.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- SecretarÃa Ejecutiva del Pleno.

  ACUERDO GENERAL 15/2008, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL INICIO DE FUNCIONES DE LOS JUZGADOS QUINTO Y SEXTO DE DISTRITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA SEGUNDA REGION, CON RESIDENCIA EN SAN ANDRES CHOLULA, PUEBLA, CON JURISDICCION EN LA REPUBLICA MEXICANA.

CONSIDERANDO

  PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, asà como del once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artÃculos 94, 99 y 100 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, modificando asà la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

  SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artÃculos 94, segundo párrafo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, tiene facultades para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  TERCERO. El artÃculo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

  CUARTO. El artÃculo 94, párrafo sexto, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos y los artÃculos 81, fracción VI, y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal, determinar el número, lÃmites territoriales y en su caso especialización por materia de los juzgados de Distrito, en cada uno de los...

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