Aclaración a la Resolución preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero sin costura, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7304.19.02, 7304.19.99, 7304.39.06 y 7304.39.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada el 25 de mayo de 2010
DOF, 2 de Septiembre de 2010 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia
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