Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011
DOF, 9 de Diciembre de 2011 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Hacienda y Credito Publico
Enlazado como:
DOF, 9 de Diciembre de 2011 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Hacienda y Credito Publico
Enlazado como:Extracto
Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2011 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 3, 7, 11, 14, 15 y 17
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:PRIMERO. Se adicionan los numerales 39 y 40 del Glosario, respecto del Libro Primero, se reforman las reglas I.1.1., segundo párrafo; I.2.1.1., primer párrafo y fracción II; I.2.1.4.; I.2.1.14., primer párrafo; I.2.1.18., primer párrafo, I.2.2.1.; I.2.3.1.; I.2.4.2., tercer párrafo; I.2.5.4., segundo párrafo; I.2.15.6., segundo párrafo; I.3.1.1., fracción I inciso a); I.3.2.17., fracción II; I.3.3.3.10., último párrafo; I.3.6.3., primer párrafo y fracción II; I.3.9.2., sexto párrafo; I.3.9.11.; I.3.12.2.2.; I.3.17.17.; I.3.17.19., primer párrafo y fracción II; I.3.18.1.; I.3.20.3.2.; I.5.4.1., párrafos tercero, quinto, sexto y séptimo y I.11.12., segundo párrafo; se adicionan la reglas I.2.1.20.; I.2.15.15.; I.3.1.9.; I.3.1.10.; I.3.6.14.; I.3.17.19., con una fracción V; I.3.20.3.5., fracciones I, inciso a) con un numeral 4. y III, inciso a) con un cuarto párrafo; I.3.20.3.6.; el Capítulo I.5.6., denominado "De la exportación de bienes y servicios", que comprende la regla I.5.6.1.; I.6.2.10. y I.11.5., con un último párrafo y se derogan las reglas I.2.4.2., segundo párrafo, pasando el actual tercer párrafo, a ser segundo párrafo y I.2.11.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011, para quedar de la siguiente manera:GlosarioPara los efectos de la presente Resolución se entiende por:.........................................................39. AGCTI, a la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información.40. OCDE, a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos..........................................................ContenidoTítulos......................................................................................Protección de datos personalesI.1.1. .........................................................Las personas físicas a efecto de modificar o corregir sus datos personales, podrán acudir a cualquier ALSC, o bien realizarlo a través de la página de Internet del SAT, en la opción "Mi portal".CFF 69Acuerdo amplio de intercambio de informaciónI.2.1.1. Para los efectos de los artículos 9, fracción I, tercer párrafo y 32-A, fracción I, inciso b), numeral 2 del CFF, y 6, cuarto y último párrafos; 30, segundo párrafo; 64, fracción III y 190, décimo noveno párrafo de la Ley del ISR, y de las reglas I.3.17.4., primer párrafo; I.3.17.16., segundo párrafo; I.3.17.17., I.3.18.3., II.3.9.6., fracción I y II.3.10.4., primer párrafo, se entenderá que un país tiene en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información con México, en los supuestos siguientes:.........................................................II. Cuando el país de que se trate tenga en vigor un tratado para evitar la doble tributación con México; dicho tratado contenga un artículo idéntico o sustancialmente similar o análogo al artículo 26 del "Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y el Patrimonio", a que se refiere la actualización adoptada por el Consejo de la OCDE el 15 de julio de 2005, y dicho país efectivamente intercambie información con México..........................................................CFF 9, 32-A, LISR 6, 30, 64, 190, RMF I.3.17.4., I.3.17.16., I.3.17.17., I.3.18.3., II.3.9.6., II.3.10.4.Días inhábilesI.2.1.4. Para los efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF, se consideran días inhábiles para el SAT, además de los señalados en el citado artículo, el 21 y 22 de abril de 2011, así como del 20 de diciembre de 2011 al 2 de enero de 2012.CFF ...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
tv de alta definición amiga y enemiga de la belleza | vende cárdenas sus propuestas a regiomontanos | reivindica victoria lucha de izquierda | Vibran regios por Acereros | Ortega Poised to Take Helm in Nicaragua U.S Foe Mellows | Sentencia de AP Barcelona, Sección 18ª, July 29, 2002 | Sentencia nº 650/2007 de TSJ Castilla y León (Valladolid), Sala de lo Contencioso, April 10, 2007 | Sentencia nº 130/2000 de AP Lleida, Sección 1ª, October 09, 2000