Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de recibir proposiciones o adjudicar contratos con la empresa Pibra, S.A. de C.V.
Emisor | Secretaría de la Función Pública |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente PAIS-008/2012. OFICIO CIRCULAR OIC/OADPRS/R/1115/2014
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE RECIBIR PROPOSICIONES O ADJUDICAR CONTRATOS CON LA EMPRESA PIBRA, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presente.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 37 fracciones XII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en correlación con el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la citada Ley Orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 2 de enero de 2013; 2o., 3o., 8o., 9o. primer párrafo, 70 fracción VI, 72, 73 y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria; 59, 60 y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 114 y 115 del Reglamento de la citada Ley; 80 fracción I, punto 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 2o. inciso C) fracción XIV, 69, 127, 128, 129 y quinto transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, publicado en el medio de difusión antes citado el 2 de abril del año en curso; 19, 20 y 21 del Reglamento Interior del Órgano Administrativo Desconcentrado, Prevención y Readaptación Social, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto de la Resolución de fecha veintiuno de mayo de dos mil catorce, que se dictó en el expediente número PAIS-008/2012, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la empresa Pibra, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de...
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