Programa Sectorial de Seguridad y Protección Ciudadana 2020- 2024.

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PROGRAMA Sectorial de Seguridad y Protección Ciudadana 2020-2024. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana

PROGRAMA SECTORIAL

DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

2019-2024

  1. - Índice

  2. - Índice

  3. - Fundamento normativo de elaboración del programa

  4. - Siglas y acrónimos

  5. - Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

  6. - Análisis del estado actual

  7. - Objetivos prioritarios

    6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Mejorar las condiciones de seguridad en las regiones del territorio nacional para construir la paz.

    6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Contribuir al fortalecimiento del diseño e implementación de políticas públicas en materia de prevención de la violencia y el delito en el territorio nacional.

    6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Impulsar la reinserción social de las personas privadas de la libertad en centros penitenciarios con enfoque de respeto a los derechos humanos, inclusión y perspectiva de género, diferenciada e intercultural.

    6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Fortalecer las capacidades tecnológicas que permitan a las instituciones de seguridad de los tres órdenes de gobierno el intercambio seguro de la información en la generación de inteligencia, prevención y persecución del delito.

    6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5: Fortalecer la Gestión Integral de Riesgos para construir un país sostenible, seguro y resiliente.

  8. - Estrategias prioritarias y Acciones puntuales

  9. - Metas para el bienestar y Parámetros

  10. - Epílogo: Visión hacia el futuro

  11. - Fundamento normativo de elaboración del programa

    En el marco de los Acuerdos y Tratados Internacionales, el Estado Mexicano se adhiere a la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la cual precisa en su artículo 3: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona", lo que constituye un precepto fundamental en la formulación de los objetivos, estrategias y acciones que conforman los programas de la planeación nacional del desarrollo.

    El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce los derechos humanos de todas las personas, es decir, de niñas, niños y adolescentes, personas jóvenes, adultas y adultos mayores, mujeres y hombres, personas con discapacidad, colectivo LGBTI+, y con perspectiva intercultural conforme a las necesidades y especificidades propias de los pueblos indígenas y afromexicanos, para fomentar una atención integral y diferenciada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    De igual forma, prevé que estos derechos deben promoverse, respetarse, protegerse y garantizarse de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, obligando a prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

    El Estado Mexicano impulsa el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género en la formulación, instrumentación, control y evaluación de los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, conforme a lo dispuesto en los artículos 25 y 26 apartado A de la Constitución y el artículo 2 de la Ley de Planeación.

    Por lo anteriormente expuesto y en cumplimiento a la fracción III del artículo 16 de la Ley de Planeación, se ha formulado el Programa Sectorial de Seguridad y Protección Ciudadana 2020-2024, el cual contiene Objetivos y Estrategias prioritarias, Acciones puntuales, así como Metas para el bienestar y Parámetros para la medición de resultados.

    El presente programa se fundamenta en el párrafo noveno del artículo 21 de la Constitución el cual determina que la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, lo que comprende la prevención, investigación, persecución de los delitos y la sanción de las faltas administrativas.

    Conforme al artículo 69, último párrafo de la Constitución, es obligación del Presidente de la República presentar ante la Cámara de Senadores para su aprobación, la Estrategia Nacional de Seguridad Pública e informar anualmente sobre el estado que guarde su implementación. Esta disposición se relaciona con el numeral 76, fracción XI de la Carta Magna, que establece que la Cámara de Senadores debe analizar y aprobar la Estrategia, propiciando la coordinación entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo. Durante la presente administración por primera vez se dio cauce a este mandato mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2019.

    Por su parte, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establece que la seguridad pública es una función a cargo de los tres órdenes de gobierno y tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas; comprende la prevención especial y general de los delitos, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social de las personas privadas de la libertad.

    En materia de seguridad pública es urgente formular nuevos paradigmas para prevenir la violencia y el delito, considerando un carácter multidimensional, transversal, incluyente y necesariamente radical, en el sentido de que debe ir dirigido a la raíz de la aguda crisis que enfrenta el país en esta materia, avanzando en una perspectiva de respeto a las libertades y derechos humanos.

    El primer paso en esta administración para el fortalecimiento de la seguridad pública, fue la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, a través de la cual se creó la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

    Las facultades que esta Ley le confiere a la Secretaría consisten en organizar, dirigir y supervisar el desempeño de la Guardia Nacional, la administración del sistema penitenciario federal y de justicia para adolescentes y la organización de la reinserción social; la coordinación de un sistema de investigación e información para dar sustento a la unidad nacional y la preservación de la cohesión social; impulsar la mejora continua del sistema de información, reportes y registro de datos en materia criminal; desarrolla las políticas, normas y sistemas para el suministro permanente e intercambio de información en materia de seguridad pública, y coordinar las políticas y programas en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil.

  12. - Siglas y acrónimos

    AFORE: Administradoras de Fondos para el Retiro.

    ANR: Atlas Nacional de Riesgos.

    APF: Administración Pública Federal.

    BCD: Base Criminalística de Datos.

    BID: Banco Interamericano de Desarrollo.

    CENAPRED: Centro Nacional de Prevención de Desastres.

    CEPS: Centros Estatales de Prevención Social.

    CNDH: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

    CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    DOF: Diario Oficial de la Federación.

    ENAPROC: Escuela Nacional de Protección Civil.

    ENVE: Encuesta Nacional de Victimización de Empresas.

    ENVIPE: Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre la Seguridad Pública.

    FORTASEG: Subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de Seguridad Pública.

    GIR: Gestión Integral de Riesgos.

    IGOPP: Índice de Gobernabilidad y Políticas Públicas en Gestión Integral del Riesgo.

    INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

    IPH: Informe Policial Homologado.

    ODS: Objetivos de Desarrollo Sostenible 2016-2030.

    PIB: Producto Interno Bruto.

    PND: Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

    PPL: Personas Privadas de la Libertad.

    REPUVE: Registro Público Vehicular.

    RNEPESP: Registro Nacional de Empresas, Personal y Equipo de Seguridad Privada.

    SAR: Sistema de Ahorro para el Retiro.

    SESNSP: Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    SNSP: Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    SINAPROC: Sistema Nacional de Protección Civil.

    SIPINNA: Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

    SSPC: Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

  13. - Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

    La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el Programa, mientras éste tenga vigencia.

  14. - Análisis del estado actual

    México es un país enmarcado por la violencia, la inseguridad, la impunidad, el empoderamiento de las organizaciones criminales vinculadas al tráfico de drogas, la economía ilegal, la violación a los derechos humanos y la corrupción.

    Lo anterior ha provocado una crisis profunda que impacta gravemente las condiciones de bienestar de la población, el deterioro del tejido social y las expectativas de desarrollo, lo que exige un cambio de paradigma de seguridad en el país respecto a los que se han aplicado en los sexenios anteriores.

    De acuerdo con información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la violencia que se ha presentado en el país en los últimos años, se encuentra localizada en diversas zonas, donde existen múltiples factores...

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