Acuerdo por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas la superficie de 10,186.83 metros cuadrados, de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Balandra, en el Municipio de La Paz, Baja California Sur, con el objeto de que la utilice para protección
Fecha de disposición | 02 Marzo 2011 |
Fecha de publicación | 02 Marzo 2011 |
Emisor | SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6, fracciones II y IX, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción IV, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 30 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 10,186.83 m², de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Balandra, en el Municipio de La Paz, Baja California Sur, la cual se identifica en el plano FFBALANDRA/001/03/09, de fecha mayo de 2009; que obra en el expediente 1734/BCS/2009 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica es señalada en el artículo primero de este Acuerdo;
Que mediante solicitud de destino recibida el 26 de agosto de 2009, firmada por el Comisionado Nacional de Areas Naturales Protegidas, se solicitó se destine al servicio de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, la superficie descrita en el considerando anterior, con el objeto de que la utilice para protección;
Que la solicitud a que se refiere el considerando que antecede fue formulada por el Dr. Ernesto Christian Enkerlin Hoeflich, en su carácter de Comisionado Nacional de Areas Naturales Protegidas, acreditando tal carácter con copia certificada de su nombramiento, expedida por la Lic. Peggy González Gómez, Directora de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, el 6 de junio de 2008;
Que mediante oficio con número de folio 706-415/09, de fecha 19 de agosto de 2009, la Dirección General de Desarrollo Urbano y Ecología, del H. Ayuntamiento de Municipio de La Paz, Baja California Sur, emitió constancia de congruencia de uso de suelo para la solicitud de destino realizada por la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas;
Que mediante Opinión Técnica No. 4543/09 de fecha 13 de noviembre de 2009, emitida por la Dirección de Delimitación Padrón e Instrumentos Fiscales y Opinión Técnica No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-253/10 de fecha 19 de febrero de 2010, emitida por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros se determinó que la solicitud de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos...
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