Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM- 083-SEMARNAT-2003, Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial

Fecha de disposición04 Agosto 2015
Fecha de publicación04 Agosto 2015
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CUAUHTÉMOC OCHOA FERNÁNDEZ, Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos; 32 Bis fracciones I, IV, V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7 fracción IV y 97 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 12, 13 y 17 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 38 fracción II, 40 fracción X, 41, 44, 45, 46, 47, 51, 71 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 30 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 8 fracciones III, IV y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 20 de octubre de 2004, se publicó la NOM-083-SEMARNAT-2003, Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Que la NOM-083-SEMARNAT-2003 actualmente vigente, fue ratificada en 2009 como resultado del proceso de su primera revisión quinquenal correspondiente, en razón de que no se habían presentado modificaciones a normas o lineamientos internacionales sobre el tema y la tecnología no la había superado.

Que la NOM-083-SEMARNAT-2003 actualmente vigente, tiene 10 años de haberse publicado, el problema que genera esta situación es que la tecnología ha cambiado y es necesaria su modificación, para la efectiva protección del medio ambiente en su respectivo campo de aplicación, por lo que como resultado del proceso de su segunda revisión quinquenal correspondiente, se requirió inscribirla al Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2013, para ser modificada.

Que la norma vigente requiere actualizarse para que coadyuve efectivamente al control de la contaminación del aire, agua y suelo proveniente de la degradación de los residuos pues no considera algunos aspectos actuales relativos a la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Que la modificación de la presente norma, se realizó en concordancia con el Objetivo 5 del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018 que establece "Detener y revertir la pérdida de capital natural y la contaminación del agua, aire y suelo.

Que en cumplimiento con lo establecido en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales en sesión celebrada el 24 de junio de 2015, aprobó la publicación en el Diario Oficial de la Federación, con carácter de Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, con el fin de que dentro de los 60 días naturales siguientes a su publicación, los interesados presenten sus comentarios ante el citado Comité, sito en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, piso 5o., ala B, colonia Jardines en la Montaña, código postal 14210, Delegación Tlalpan, México, Distrito Federal, o enviarse al fax 56 28 08 98 o al correo electrónico: carlos.sanchezg@semarnat.gob.mx, para que en los términos de la citada ley sean considerados.

Que durante el citado plazo, la Manifestación de Impacto Regulatorio correspondiente estará a disposición del público para su consulta en el domicilio señalado, de conformidad con el artículo 45 primer párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:

PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-083-SEMARNAT-2003,

ESPECIFICACIONES DE PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA LA SELECCIÓN DEL SITIO, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN, MONITOREO, CLAUSURA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DE UN SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y DE MANEJO ESPECIAL

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:

· ACADEMIA DE INGENIERÍA

· ANÁLISIS DE CICLO DE VIDA Y RESIDUOS, S.A. DE C.V.

· ASOCIACIÓN MEXICANA DE EMPRESAS AMBIENTALES, A.C.

· ASOCIACIÓN MEXICANA DE INGENIERÍA, CIENCIA Y GESTIÓN AMBIENTAL, A.C.

· COLEGIO DE INGENIEROS AMBIENTALES DE MÉXICO, A.C.

· CONSEJO CONSULTIVO DE DESARROLLO SUSTENTABLE

· PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE

· PROGRAMA DE MAESTRÍA Y POSGRADO EN INGENIERÍA AMBIENTAL

· PROMOTORA AMBIENTAL, S.A.B. DE C.V.

· SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS DEL D. F.

· SISTEMAS DE INGENIERÍA Y CONTROL AMBIENTAL, S.A. DE C.V.

· SUSTENTA, COMPROMISO EMPRESARIAL PARA EL MANEJO INTEGRAL DE LOS RESIDUOS, A.C.

ÍNDICE DE CONTENIDO

  1. Objetivo

  2. Campo de Aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Disposiciones Generales

  6. Especificaciones de selección del sitio

  7. Características constructivas del sitio de disposición final

  8. Características operativas del sitio de disposición final

  9. Clausura del sitio

  10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad

  11. Cumplimiento

  12. Concordancia con normas internacionales

  13. Observancia de esta Norma

  14. Bibliografía

Transitorios
  1. Objetivo

    La presente Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones para la selección del sitio, el diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y post-clausura de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

  2. Campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para las entidades públicas y privadas responsables de la disposición final de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

  3. Referencias

    NOM-052-SEMARNAT-2005, Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2006.

    NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Protección ambiental-Salud ambiental-Residuos peligrosos biológico-

    infecciosos-Clasificación y especificaciones de manejo. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de 2003.

  4. Definiciones

    Para efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se consideran entre otras las definiciones contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, su reglamento y las siguientes:

    4.1. Acta circunstanciada: Documento expedido en cada una de las visitas de verificación en el cual se hará constar por lo menos: hora, día, mes y año del inicio y conclusión de la diligencia; calle, número, población o colonia, municipio o delegación, código postal y entidad federativa donde se encuentre ubicado el lugar en el cual se practique la visita; cuando proceda, número y fecha del oficio de comisión que la motivó; nombre y cargo de la persona con quien se entendió la diligencia; nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos; datos relativos a la actuación (relación pormenorizada de la visita); declaración del visitado, si quisiera hacerla y nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia, incluyendo los de quienes la llevaron a cabo.

    4.2. Acuífero: Cualquier formación geológica o conjunto de formaciones geológicas hidráulicamente conectados entre sí, por las que circulan o se almacenan aguas del subsuelo que pueden ser extraídas para su explotación, uso o aprovechamiento y cuyos límites laterales y verticales se definen convencionalmente para fines de evaluación, manejo y administración de las aguas nacionales del subsuelo.

    4.3. Agua subterránea: Agua que se encuentra en el subsuelo, en formaciones geológicas parcial o totalmente saturadas.

    4.4. Altimetría: Información topográfica relativa a la configuración vertical o relieve del terreno, expresada mediante el trazo de curvas de nivel referidas a la altitud de bancos al nivel medio del mar.

    4.5. Área de emergencia: Área destinada para la recepción de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, cuando por fenómenos naturales y/o meteorológicos no se permita la operación en el frente de trabajo.

    4.6. Áreas naturales protegidas: Las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas y están sujetas al régimen previsto en la LGEEPA

    4.7. Autoridad competente: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, los gobiernos del Distrito Federal y de los estados en el ámbito de su atribución, jurisdicción y competencia.

    4.8. Biogás: Mezcla gaseosa resultado del proceso de descomposición anaerobia de la fracción orgánica de los residuos sólidos, constituida principalmente por metano y bióxido de carbono.

    4.9. Capa drenante: Es una capa construida con materiales granulares de una determinada granulometría, que subyace a la estructura externa superior y permite el flujo del exceso de agua de precipitación. Esta capa juega un cierto papel en la protección del sellado situado por debajo de la misma contra la...

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