Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM- 060-SAG/PESC-2014, Pesca responsable en cuerpos de aguas continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros

Fecha de disposición13 Octubre 2015
Fecha de publicación13 Octubre 2015
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. JUAN JOSÉ LINARES MARTÍNEZ, Director General de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracciones XXI incisos d) y e) y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. fracciones III y IV, 3o., 8o. fracciones I, III, VII, XII, XIV, XXXVIII y XL; 9o. fracciones II y V; 10o. fracción I; 17 fracciones I, II, III, IV, VII y X y 124 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38, fracciones II y IX, 40, fracciones I, X, XIII y XVIII, y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52, 56, 62, 63, 64, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 28, 33 y 34 de su Reglamento; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o. Incisos B fracción XVII y D fracción III, 3o., 17 fracciones I, XII y XXIII, 29 fracción I, y Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, vigente; en correlación con los artículos 37 y 39 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2001, y

CONSIDERANDO

Que el presente Proyecto de Modificación fue aprobado en la Cuarta Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria, efectuada el 9 de septiembre de 2015 y se somete a consulta pública de conformidad con el Artículo 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten comentarios al citado Comité en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la CONAPESCA, sita en Avenida Camarón Sábalo sin número Esquina Avenida Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100, Mazatlán, Sinaloa. Teléfono 01(669) 9156900. Ext. 58501. Correo electrónico: varriagah@conapesca.gob.mx para que en los términos de la Ley, dichos comentarios sean considerados.

Que durante este lapso, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del Anteproyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el Artículo 45 Párrafo Primero de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pueden ser consultados en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sita en el domicilio señalado en el párrafo anterior,

Que en razón a lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Artículo 29 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, he tenido a bien expedir el presente:

PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-060-SAG/PESC-2014, PESCA RESPONSABLE EN CUERPOS DE AGUAS CONTINENTALES DULCEACUÍCOLAS DE JURISDICCIÓN FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

PREFACIO

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) efectuó una revisión de la Norma Oficial Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2014 y propuso el ajuste de algunas medidas específicas, además de la inclusión de una serie de medidas de regulación pesquera adicionales, teniendo en consideración estudios y opiniones técnicas elaboradas por diversas instituciones de investigación.

Las propuestas de regulación fueron analizadas por el Grupo de Trabajo Técnico, el Subcomité de Pesca Responsable, conformado por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria para coadyuvar en la formulación de los Proyectos de Modificación de Normas Oficiales Mexicanas, referentes a las regulaciones del aprovechamiento de los recursos pesqueros en cuerpos de aguas continentales de la República Mexicana. Este Subcomité de Pesca Responsable, estuvo integrado por personal técnico de las dependencias e instituciones que se enlistan a continuación:

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la Dirección General de Normalización Agroalimentaria.

Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca a través de la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y

Acuícola, la Unidad de Asuntos Jurídicos, la Dirección General de Inspección y Vigilancia, la Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación y la Dirección General de Infraestructura.

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

Instituto Nacional de Pesca a través de la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Atlántico, la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Pacífico y la Dirección General Adjunta de Investigación en Acuacultura.

Secretaría de Marina Armada de México.

Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Secretaría de Economía (Dirección General de Normas).

Secretaría de Turismo.

Secretaria de Salud (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios).

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Comisión Nacional del Agua.

Universidad Nacional Autónoma de México.

Instituto Politécnico Nacional.

Confederación Nacional Cooperativa Pesquera, S.C. de R.L.

Cámara Nacional de las Industrias Pesquera y Acuícola.

Unión de Armadores del Litoral de Océano Pacífico, A.C.

Industria Mexicana de Equipo Marino, S.A. de C.V.

Productora Nacional de Redes, S.A. de C.V.

Colegio Nacional de Profesionales de la Pesca, A.C.

Federación Nacional de Pesca Deportiva, A.C.

Se modificaron y actualizaron diversos apartados de la Norma Oficial Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2014, Pesca responsable en cuerpos de aguas continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2014; donde se ajustaron algunas regulaciones específicas y se modificó la numeración del Anexo 1 para incluir regulaciones para cuerpos de agua específicos adicionales. A continuación se presenta el texto de la Modificación de la Norma Oficial Mexicana que se pretende publicar:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-060-SAG/PESC-2015, PESCA RESPONSABLE EN CUERPOS DE AGUAS CONTINENTALES DULCEACUÍCOLAS DE JURISDICCIÓN FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

ÍNDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en cuerpos de aguas continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos

  6. Concordancia con Normas y recomendaciones Internacionales

  7. Bibliografía

  8. Observancia de esta Norma Oficial Mexicana

  9. Evaluación de la conformidad

  10. Introducción

    0.1 Considerando que los recursos acuáticos epicontinentales de México son muy diversos ya que están compuestos por deltas, ríos, arroyos, lagos, lagunas, pantanos, turberas, oasis, cenotes, manantiales, tulares, rías, charcas, bordos y presas, entre otros que ocupan en total una extensión aproximada de 5,115,393 hectáreas.

    0.2 Que se presentan 731 cuencas hidrológicas en el país (CONAGUA, 2011), sobre todo en las zonas donde las sierras están en contacto directo con el mar y en el Altiplano seco endorreico (INEGI, 1995; UNAM, 1990).

    0.3 Que en la superficie de la República Mexicana se registró una precipitación pluvial media anual de 760 milímetros entre 1971-2000, lo que equivale 1,489 miles de millones de metros cúbicos de agua en forma de precipitación. Se estima que en los ríos y arroyos del país fluye el 87% del escurrimiento superficial (CONAGUA, 2011), mientras que el almacenamiento de agua en cuerpos naturales, como lagos y lagunas, se calcula en 14 mil millones de m³ de agua.

    0.4 Que en México existen cerca de 50 ríos principales (CONAGUA, 2011) que transcurren en tres vertientes: Occidental o del Océano Pacífico, Oriental o del Océano Atlántico (Golfo de México y Mar Caribe) e Interior, en la que los ríos no tienen salida al mar y desembocan en lagunas interiores (INEGI, 1995).

    0.5 Que existen en el país cerca de 70 lagos, cuyas extensiones varían entre mil y diez mil hectáreas, ocupando en conjunto un área de más de 370,891 hectáreas, siendo los más importantes los que se encuentran en la zona occidental del Eje Neovolcánico Transversal asociados al sistema Lerma Santiago.

    0.6 Que se cuenta con más de 4,462 presas y bordos en México, de las cuales 667 están clasificadas como grandes presas, de acuerdo con la definición de la Comisión Internacional de Grandes Presas (ICOLD, por sus siglas en inglés); es decir, que tienen una altura mayor a los 100 metros y/o una capacidad de almacenamiento mayor a los 15 millones de metros cúbicos; de forma tal que la capacidad conjunta de almacenamiento de las presas del país es de 150 mil millones de m³ de agua (CONAGUA, 2011).

    0.7 Que la actividad pesquera desarrollada en las aguas continentales del país...

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