Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-012- CONAGUA-2015, Grifería, válvulas y accesorios para instalaciones hidráulicas de agua potable

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8 fracción V, 9 Fracción XXVI y XXXI de la Ley de Aguas Nacionales; 38 fracción II, 40 fracciones I, X y XIII, 41, 46, 47 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 5 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y

CONSIDERANDO

Que dentro del Programa Nacional de Normalización 2013, se inscribió como tema nuevo el denominado "Grifería, válvulas y accesorios para instalaciones hidráulicas de agua potable", con el objeto de establecer las especificaciones técnicas de fabricación, métodos de prueba y marcado, que deben cumplir los grifos, válvulas y accesorios que se utilizan en las instalaciones hidráulicas de agua potable de fabricación nacional y de importación que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de asegurar la preservación de la cantidad y calidad del agua potable;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece en la meta 4 denominada "México Próspero", el objetivo 4.4 consistente en impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural, al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo, así como la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, haciendo posible que todos los mexicanos tengan acceso a ese recurso, a través de líneas de acción como asegurar agua suficiente y de calidad adecuada para garantizar el consumo humano y la seguridad alimentaria, e incrementar la cobertura y mejorar la calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento;

Que el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018, reconoce que gran parte del territorio mexicano es vulnerable al estrés hídrico, situación que podría agravarse por el cambio climático, y que dada la importancia de este recurso para las actividades humanas, así como para mantener la integridad de los ecosistemas (fuente de los bienes y servicios ambientales de los cuales dependemos), el manejo adecuado del agua es un tema capital para el país y el no emprender acciones para solucionar los problemas de disponibilidad y calidad del recurso hídrico se traducirá, seguramente en el corto y mediano plazo, en un freno para el desarrollo económico y el bienestar de la sociedad mexicana. Razón por la que se estableció el Objetivo 3, encaminado a fortalecer la gestión integrada y sustentable del agua, garantizando su acceso a la población y a los ecosistemas, que tiene como estrategia 3.2, fortalecer el abastecimiento de agua y acceso a servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, así como para la agricultura y como línea de acción 3.2.6, revisar el marco jurídico para el sector de agua potable, alcantarillado y saneamiento;

Que el Programa Nacional Hídrico 2014-2018, formula cuatro líneas de política pública entre las que se encuentra el manejo responsable y sustentable del agua para orientar su uso y consumo racional, y para ello, establece el Objetivo 3, consistente en fortalecer el abastecimiento de agua y el acceso a los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento que tiene como estrategia 3.2.3, promover y aplicar tecnologías de bajo consumo de agua en los sistemas de abastecimiento público, industrial y de servicios;

Que conforme a lo dispuesto en los artículos 9 fracción XXVI y 84 BIS fracción V de la Ley de Aguas Nacionales, es atribución de la Comisión Nacional del Agua promover en el ámbito nacional, el uso eficiente del recurso hídrico y su conservación en todas sus fases e impulsar el desarrollo de una cultura del agua que considere a este elemento como recurso vital, escaso y de alto valor económico, social y ambiental, que contribuya a lograr la gestión integrada de los recursos hídricos, así como fomentar el uso racional y conservación del agua como tema de seguridad nacional, alentando el empleo de procedimientos y tecnologías orientadas al uso eficiente;

Que las especificaciones establecidas en el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, impulsarán la creación de nuevas tecnologías y con ello se podrá obtener una disminución en los costos de fabricación y mantenimiento durante la vida útil de los grifos, válvulas y accesorios, además, al vincularse a un sistema de evaluación de la conformidad, donde terceras partes otorgarán certeza tanto a productores como a las autoridades, respecto de las características de desempeño de estos productos, se propiciará un uso eficaz del agua potable con la calidad adecuada que garantice la salud del ser humano y la seguridad alimentaria de éste.

Que el presente Proyecto fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua el día 26 de noviembre de 2015 y se publica para consulta pública de conformidad con el artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios ante el citado Comité, sito en Av. Insurgentes Sur 2416, 3 piso, Col. Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, o al correo electrónico ccnnsa@conagua.gob.mx;

Que durante el plazo de consulta pública, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del citado Proyecto de Norma Oficial Mexicana, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité antes señalado;

Por lo expuesto y fundado he tenido a bien expedir para consulta pública el siguiente:

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA "PROY-NOM-012-CONAGUA-2015, GRIFERÍA, VÁLVULAS Y ACCESORIOS PARA INSTALACIONES HIDRÁULICAS DE AGUA POTABLE"

PREFACIO

La presente Norma Oficial Mexicana fue elaborada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, con la colaboración de los siguientes organismos, instituciones y empresas:

· Altmans México, S.A. de C.V.

· American Standard B&K México, S. de R.L. de C.V.

· Asociación Mexicana de Fabricantes de Válvulas y Conexos, A.C.

· Asociación Nacional de Fabricantes de Aparatos Domésticos, A.C. (ANFAD).

· Amanda y Fama Comercializadora, S.A. de C.V.

· Bermetal, S.A. de C.V.

· Delta Faucet Company México, S. de R.L. de C.V.

· Certificación Mexicana, S.C. (CMX).

· Consejo Mexicano de Certificación, A.C. (COMECER).

· Centro de Normalización y Certificación de Productos, A.C. (CNCP).

· COFLEX, S.A. de C.V.

· Desarrollo MIBER, S.A. de C.V.

· Elementia, S.A. de C.V.

· FUNCOSA, S.A. de C.V.

· Ferreplo Mex, S.A. de C.V.

· Grivatec, S.A. de C.V.

· Helvex, S.A. de C.V.

· IAPMO R&T.

· Instituto Nacional de Fomento a la Vivienda para el Trabajador (INFONAVIT).

· Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA).

· Intertek Testing Services de México, S.A. de C.V.

· IUSA, S.A. de C.V.

· Kibe Distribución, S.A. de C.V.

· Kohler Co.

· La Industria de Muebles Cerámicos, S.A. de C.V.

· Laboratorio de Ingeniería Experimental del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

· LETSAC México, S. de R.L. de C.V.

· Mascomex, S.A. de C.V.

· MOEN de México, S.A. de C.V.

· NSF de México, S. de R.L. de C.V.

· Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y la Edificación, S.C. (ONNCCE).

· Nacional de Cobre, S.A. de C.V. (NACOBRE).

· Proyecta, S.A. de C.V.

· RUGO, S.A. de C.V.

· Sanitarios LAMOSA, S.A. de C.V.

· Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

· TOTO USA Inc.

· Truper, S.A. de C.V.

· Urrea Dando Vida al Agua, S.A. de C.V.

ÍNDICE

1 OBJETIVO

2 CAMPO DE APLICACIÓN

3 REFERENCIAS

4 ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

5 CLASIFICACIÓN

6 REQUISITOS GENERALES

7 MÉTODOS DE PRUEBA

8 ETIQUETADO, MARCADO Y GARANTÍA

9 PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD

10 GRIFERÍA ECOLÓGICA

11 VIGILANCIA

12 BIBLIOGRAFÍA

13 CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES

TRANSITORIOS

APÉNDICE A

APÉNDICE B

1 Objetivo

Establecer las especificaciones técnicas que deben cumplir los grifos, válvulas y accesorios para instalaciones hidráulicas de agua potable, con el fin de asegurar su operación hidráulica y hermética, que fomente la preservación de la cantidad y calidad del recurso hídrico, así como determinar los métodos de prueba que deben aplicarse para verificar su cumplimiento, las especificaciones del marcado de información al público y el procedimiento para la evaluación de la conformidad.

2 Campo de Aplicación

Esta Norma Oficial Mexicana aplica a todo tipo de grifería, válvulas y accesorios para instalaciones hidráulicas de agua potable, que se fabriquen, remanufacturen, ensamblen o se importen y se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos.

Se exceptúa del cumplimiento de esta norma a:

Los grifos de nariz denominados "llaves de nariz (salida sin rosca) o válvula de nariz (salida sin rosca)" por ser parte de la toma domiciliaria, por lo que deben cumplir con la NOM-001-CONAGUA-2011;

Válvulas de admisión y de descarga para inodoro sanitario;

Válvulas de tipo industrial cuando su uso sea en agua que no esté destinada al consumo humano, y

Dispositivos eléctricos, electrónicos o módulos de control que acompañen a los grifos, válvulas y

accesorios, los cuales deberán ser evaluados con las NOM-001-SCFI-1993 o NOM-003-SCFI-2014.

3 Referencias

Para la...

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