Acuerdo de Coordinación que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Campeche, Campeche, en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena

Fecha de disposición08 Junio 2011
Fecha de publicación08 Junio 2011
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

ACUERDO de Coordinación que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Campeche, Campeche, en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena. ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA POR DR. EUDELIO HINOJOSA REBOLLEDO, EN SU CARACTER DE DELEGADO ESTATAL, EN EL ESTADO DE CAMPECHE Y EL MUNICIPIO DE CAMPECHE A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA EJECUTORA", REPRESENTADO POR EL C.P. CARLOS ERNESTO ROSADO RUELAS, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, ASISTIDO POR LA SINDICA DE HACIENDA, LA C.P. EUGENIA GAMBOA SANGUINO Y EL TESORERO MUNICIPAL, EL C.P. JORGE ROMAN DELGADO AKE, DEL H. AYUNTAMIENTO DE CAMPECHE; PARTICIPANTES QUE CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA"; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES
  1. El artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Apartado B, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno. II. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2009, establece en su artículo 29 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 18, considerándose dentro de ese documento a los Programas de "LA COMISION". III. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a "LAS REGLAS DE OPERACION" que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan. IV. Con fecha 31 de Diciembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, en adelante "LAS REGLAS DE OPERACION". V. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen dentro de sus objetivos ampliar la inversión pública en regiones indígenas mediante el acuerdo de acciones con los Gobiernos Municipales, Estatales, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como con Organizaciones de la Sociedad Civil, para mediante la mezcla de recursos se apoye a los proyectos. VI. De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" existe la necesidad de celebrar un Convenio de Concertación para la ejecución de "EL PROGRAMA". DECLARACIONES

  2. De "LA COMISION" I.1 Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003. I.2 Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas. I.3 Que Dr. Eudelio Hinojosa Rebolledo, en su carácter de Delegado Estatal en el Estado de Campeche, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de conformidad con el Poder General que se contiene en la Escritura Pública número 87,224, de fecha 20 de julio de 2010, pasada ante la Fe del Notario Público número 104, de la Ciudad de México, D.F., licenciado José Ignacio Sentíes Laborde. I.4 Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en calle 67 número 19, entre 12 y 14, colonia Centro, ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche. II. De "LA EJECUTORA" II.1 Que el Municipio de Campeche, es la base de la división territorial y de la Organización Política Administrativa del Estado de Campeche, de carácter público e investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su régimen interior y con libre administración de su hacienda, en los términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. ll.2 Que el C.P. Carlos Ernesto Rosado Ruelas, en su carácter de Presidente Municipal del H...

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