Sentencia relativa a la Acción de Inconstitucionalidad 2/2007, promovida por diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Aguascalientes, en contra del Congreso y del Gobernador Constitucional de dicho Estado   

EdiciónMatutina
EmisorSuprema Corte de Justicia de la Nación

SENTENCIA relativa a la Acción de Inconstitucionalidad 2/2007, promovida por diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Aguascalientes, en contra del Congreso y del Gobernador Constitucional de dicho Estado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2007.

PROMOVENTES: DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA QUINCUAGESIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

MINISTRO PONENTE: JOSE DE JESUS GUDIÑO PELAYO.

SECRETARIO: JORGE LUIS REVILLA DE LA TORRE.

México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día siete de agosto de dos mil siete.

VISTOS; y,

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por escrito presentado el veintidós de enero de dos mil siete, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, David Angeles Castañeda, José de Jesús Santana García, Alberto Aguilera Esparza, Martha Elisa González Estrada, Carlos Llamas Pérez, César Pérez Uribe, Arturo Adame Murillo, José Palomino Romo, José Francisco Ortiz Rodríguez y María del Carmen Villa Zamarripa, Diputados integrantes de la LIX Legislatura del Estado de Aguascalientes, promovieron acción de inconstitucionalidad solicitando la invalidez de las normas emitidas y promulgadas por las autoridades que a continuación se precisan:

· De la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, se reclama la emisión:

Ø Del Decreto 247, por el que se reforma el artículo 33 de la Ley de Hacienda para el Estado de Aguascalientes, que aparece publicado en el Periódico Oficial de dicha Entidad, el treinta y uno de diciembre de dos mil seis.

Ø Del Decreto 248, por el que se aprueba la reforma al artículo 2 de la Ley Para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; que aparece publicado en el Periódico Oficial de dicha Entidad, el veintiocho de diciembre de dos mil seis.

Ø Del Decreto 249, en el que se aprueba la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal de dos mil siete, únicamente por lo que hace al artículo 1, fracciones VIII, numeral VIII.1, inciso a), así como respecto a los artículos Segundo, Tercero y Cuarto transitorios; que aparece publicado en el Periódico Oficial de dicha Entidad, el treinta y uno de diciembre de dos mil seis.

Ø Del Decreto 250, que contiene el Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal de dos mil siete, únicamente por lo que hace al artículo 37, fracción III, inciso a); que aparece publicado en el Periódico Oficial de dicha Entidad, el treinta y uno de diciembre de dos mil seis.

· Del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, se reclama la promulgación de los Decretos anteriormente citados.

SEGUNDO.- Los promoventes señalaron como antecedentes de los Decretos impugnados, los siguientes:

“1.- Con fecha 31 de octubre de 2006, el Ejecutivo del Estado presentó ante el Congreso del Estado la iniciativa del paquete Fiscal del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio 2007 basado en un ingreso probable por un monto a ejercer de 9,112 millones de pesos, señalándose expresamente a fojas 27 dentro de los Criterios de Política Económica y Hacendaria del Estado; página 57 dentro de la exposición de motivos de la Iniciativa de Ley de Ingresos para 2007 dentro del punto marcado con el número cinco de las estimaciones previstas para 2007, al igual que en los artículos 1o., fracciones VIII y VIII.I, en los que solo aparece la cantidad de -53,000,000.00 que corresponden al pago del servicio de la deuda contratada con anterioridad, por lo que NO SE PREVE NUEVO ENDEUDAMIENTO PUBLICO; lo anterior se acredita con la copia certificada que se acompaña como ANEXO DOS, consistente en las Iniciativas de Ley de Ingresos, Presupuesto de Egresos, Reforma a la Ley de Hacienda y Reforma a la Ley Para el Control de las Entidades Paraestatales, presentadas por el Ejecutivo del Estado. --- 2.- Tras la presentación, la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, en uso de sus facultades tuvo a bien turnar la iniciativa a la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda de la LIX Legislatura para su estudio y Dictamen con fecha 1 de noviembre de 2006, como se desprende del citado ANEXO DOS. --- 3.- Los trabajos de la LIX Legislatura en razón del paquete económico para el año 2007 se dieron encaminados al estudio y análisis de una iniciativa presentada en atención a lo ordenado por el Artículo 46 fracción II de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, el cual no contempló solicitud alguna de endeudamiento. --- 4.- Con fecha 30 de octubre de 2006, los once Municipios del Estado en términos de Ley (sic), cumplieron con la presentación al Congreso del Estado de 11 iniciativas de Leyes de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2007, las cuales fueron en cumplimiento a lo ordenado por el Artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo turnadas por el Presidente de la Mesa Directiva a la Comisión de Vigilancia para su Estudio y Dictamen. --- 5.- De igual forma 10 de los once Municipios del Estado presentaron ante el Congreso del Estado Iniciativas de Reforma a las Leyes de Hacienda de dichos Ayuntamientos, las cuales de igual forma fueron turnadas a la Comisión de Vigilancia para su estudio y dictamen. --- 6.- La Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura, con fecha 20 de diciembre de 2006 dictaminó las iniciativas de reforma a las Leyes de Hacienda y de Ingresos de los Municipios del Estado para el ejercicio fiscal 2007, las cuales a su vez, como se acredita con el ANEXO TRES que al presente se acompaña, fueron remitidas para su conocimiento y estudio previo, a todos los diputados integrantes de la LIX Legislatura en fecha, cumpliendo con lo ordenado en los Artículos 78, 143, 148, 151, 152 y 156 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. --- 7.- Durante el mes de diciembre se realizaron varias reuniones de trabajo entre los diversos Grupos Parlamentarios de la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Aguascalientes y el paquete económico del Gobierno del Estado en el que se presentó el paquete económico para el ejercicio 2007, reuniones siempre encaminadas al estudio de la iniciativa presentada el día 31 de octubre de 2006, la cual NO CONTIENE SOLICITUD ALGUNA DE ENDEUDAMIENTO, procediéndose al estudio de los ingresos y las partidas de egresos a razón de los 9,112 millones de pesos solicitados como tope financiero. --- 8.- Con fecha 22 de diciembre de 2006 se presenta al Congreso un documento por parte del Ejecutivo por el que solicita se incluya dentro del paquete económico del año DOS MIL SIETE una supuesta solicitud de endeudamiento por dos mil millones de pesos, sin que tenga la característica de una Iniciativa o de una modificación a la iniciativa correspondiente, y sin acompañarse y sin presentar como lo señala LA LEY DE DEUDA PUBLICA, EL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO NETO y sin acompañar los elementos técnicos y económicos necesarios para su aprobación, como se acredita con el ANEXO CUATRO que al presente se acompaña en copia certificada, ya que como de ellos se desprende lo señalado en dicho documento, no obstante nombrarse al documento solicitud de aprobación de contratación de empréstitos adicionales al Programa de Financiamiento Neto previsto en el artículo 1 fracción VIII de la Iniciativa de Ley de Ingresos para 2007 (no contiene la Iniciativa presentada el día 31 de octubre de 2006 programa alguno de endeudamiento neto) no se cumple en este con los extremos que debe cumplir una iniciativa, así como los establecidos en los Artículos 19 y 20 de la Ley de Deuda Pública. --- 9.- Con fecha 26 de diciembre sesionó la Comisión de Vigilancia, sesión en la cual les fue presentado por el área técnica legislativa del Congreso del Estado un proyecto de dictamen del paquete económico para el año 2007 sin contratación de Deuda Pública y en base a los 9,112 millones de pesos propuestos en la iniciativa presentada el día 31 de octubre, el cual no fue firmado por los diputados integrantes de la Comisión al acordarse por todos que debía presentarse el proyecto de dictamen a sus grupos parlamentarios, sin que se presentara ante la Comisión de Vigilancia propuesta diversa de dictamen ni se iniciara la realización de un proyecto de dictamen diferente o que se incluyera la solicitud de deuda pública. Lo anterior se acredita con la copia certificada del Proyecto de Dictamen que se presentó, (sin deuda pública) no firmado, así como con el acta de la sesión de la Comisión de Vigilancia que ha sido solicitada y al día de hoy no entregada, los cuales se acompañan al presente como ANEXOS CINCO Y SEIS. --- 10.- Con fecha 27 de diciembre sesionó la Comisión de Gobierno a efecto de conformar el Orden del Día de la sesión del Pleno programada para el propio día 27. En dicha sesión se acordó proponer al Pleno un Orden del Día que incluía las Leyes de Ingresos de los Municipios del Estado, así como las Leyes de Hacienda de 10 Municipios, acordándose que se incluyeran al final a efecto de dictar un receso al llegar a ellos, los asuntos referentes al Paquete Económico del Estado para 2007, en razón de que aun no se contaba con los dictámenes respectivos ya que éstos no habían sido firmados por la Comisión de Vigilancia en su sesión del día anterior. Lo anterior se acredita con la copia certificada del acta de la Sesión de la Comisión del Gobierno, así como del proyecto de Orden del Día aprobado por dicha Comisión para proponer al Pleno, los cuales se acompañan al presente como ANEXOS SIETE Y OCHO. --- 11.- En la sesión del Pleno de fecha 27 de diciembre, tras haber sido convocada dicha sesión en la anterior del Pleno de fecha 21 de diciembre y tras contarse con el quórum de ley por...

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