Sentencia relativa a la Acción de Inconstitucionalidad 2/2007, promovida por diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Aguascalientes, en contra del Congreso y del Gobernador Constitucional de dicho Estado   

DOF, 19 de Octubre de 2007Poder Judicial › Suprema Corte de Justicia de la Nacion

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Sentencia relativa a la Acción de Inconstitucionalidad 2/2007, promovida por diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Aguascalientes, en contra del Congreso y del Gobernador Constitucional de dicho Estado   

SENTENCIA relativa a la Acción de Inconstitucionalidad 2/2007, promovida por diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Aguascalientes, en contra del Congreso y del Gobernador Constitucional de dicho Estado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2007.

PROMOVENTES: DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA QUINCUAGESIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

  MINISTRO PONENTE: JOSE DE JESUS GUDIÑO PELAYO.

  SECRETARIO: JORGE LUIS REVILLA DE LA TORRE.

  México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día siete de agosto de dos mil siete.

VISTOS; y,

RESULTANDO:

  PRIMERO.- Por escrito presentado el veintidós de enero de dos mil siete, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, David Angeles Castañeda, José de Jesús Santana García, Alberto Aguilera Esparza, Martha Elisa González Estrada, Carlos Llamas Pérez, César Pérez Uribe, Arturo Adame Murillo, José Palomino Romo, José Francisco Ortiz Rodríguez y María del Carmen Villa Zamarripa, Diputados integrantes de la LIX Legislatura del Estado de Aguascalientes, promovieron acción de inconstitucionalidad solicitando la invalidez de las normas emitidas y promulgadas por las autoridades que a continuación se precisan:

· De la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, se reclama la emisión:

Ø Del Decreto 247, por el que se reforma el artículo 33 de la Ley de Hacienda para el Estado de Aguascalientes, que aparece publicado en el Periódico Oficial de dicha Entidad, el treinta y uno de diciembre de dos mil seis.

Ø Del Decreto 248, por el que se aprueba la reforma al artículo 2 de la Ley Para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; que aparece publicado en el Periódico Oficial de dicha Entidad, el veintiocho de diciembre de dos mil seis.

Ø Del Decreto 249, en el que se aprueba la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal de dos mil siete, únicamente por lo que hace al artículo 1, fracciones VIII, numeral VIII.1, inciso a), así como respecto a los artículos Segundo, Tercero y Cuarto transitorios; que aparece publicado en el Periódico Oficial de dicha Entidad, el treinta y uno de diciembre de dos mil seis.

Ø Del Decreto 250, que contiene el Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal de dos mil siete, únicamente por lo que hace al artículo 37, fracción III, inciso a); que aparece publicado en el Periódico Oficial de dicha Entidad, el treinta y uno de diciembre de dos mil seis.

· Del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, se reclama la promulgación de los Decretos anteriormente citados.

  SEGUNDO.- Los promoventes señalaron como antecedentes de los Decretos impugnados, los siguientes:

“1.- Con fecha 31 de octubre de 2006, el Ejecutivo del Estado presentó ante el Congreso del Estado la iniciativa del paquete Fiscal del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio 2007 basado en un ingreso probable por un monto a ejercer de 9,112 millones de pesos, señalándose expresamente a fojas 27 dentro de los Criterios de Política Económica y Hacendaria del Estado; página 57 dentro de la exposición de motivos de la Iniciativa de Ley de Ingresos para 2007 dentro del punto marcado con el número cinco de las estimaciones previstas para 2007, al igual que en los artículos 1o., fracciones VIII y VIII.I, en los que solo aparece la cantidad de -53,000,000.00 que corresponden al pago del servicio de la deuda contratada con anterioridad, por lo que NO SE PREVE NUEVO ENDEUDAMIENTO PUBLICO; lo anterior se acredita con la copia certificada que se acompaña como ANEXO DOS, consistente en las Iniciativas de Ley de Ingresos, Presupuesto de Egresos, Reforma a la Ley de Hacienda y Reforma a la Ley Para el Control de las Entidades Paraestatales, presentadas por el Ejecutivo del Estado. --- 2.- Tras la presentación, la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, en uso de sus facultades tuvo a bien turnar la iniciativa a la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda de la LIX Legislatura para su estudio y Dictamen con fecha 1 de noviembre de 2006, como se desprende del citado ANEXO DOS. --- 3.- Los trabajos de la LIX Legislatura en razón del paquete económico para el año 2007 se dieron encaminados al estudio y análisis de una iniciativa presentada en atención a lo ordenado por el Artículo 46 fracción II de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, el cual no contempló solicitud alguna de endeudamiento. --- 4.- Con fecha 30 de octubre de 2006, los once Municipios del Estado en términos de Ley (sic), cumplieron con la presentación al Congreso del Estado de 11 iniciativas de Leyes...

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