Decreto por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Astrofísica, Optica y Electrónica (INAOE

DOF, 13 de Octubre de 2006Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados › Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia

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Decreto por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Astrofísica, Optica y Electrónica (INAOE

DECRETO por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Astrofísica, Optica y Electrónica (INAOE).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

  VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 3, fracción I, 31, 37, 38, 45 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 14 a 22, 58, 59 y 60 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 47 a 62 de la Ley de Ciencia y Tecnología y tercero transitorio de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; y

CONSIDERANDO

  Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 contempla dentro de sus objetivos y estrategias al desarrollo científico y tecnológico así como la creación de capital intelectual que constituye el motor de cambio social y progreso económico en el mundo contemporáneo; asimismo, señala que la investigación científica y tecnológica representa una actividad de interés público y que la ciencia básica es una prioridad para la educación y el desarrollo cultural del país;

  Que el Programa Especial de Ciencia y Tecnología prevé fomentar el desarrollo científico y tecnológico del país apoyando la investigación de calidad, estimulando la vinculación e impulsando la formación de recursos humanos de alto nivel para responder a los requerimientos del desarrollo regional y nacional;

  Que por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2002, se reformó y adicionó la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para establecer que las entidades de la administración pública federal dedicadas predominantemente a la realización de actividades de investigación científica y tecnológica y que sean reconocidas como tales, serán consideradas centros públicos de investigación regidos por las leyes específicas en materia de ciencia y tecnología y por sus respectivos instrumentos de creación y que en lo relativo al control y evaluación del ejercicio de los re...

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