Acuerdo por el que se reforman diversas disposiciones del Manual de Organización del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Fecha de disposición10 Febrero 2014
Fecha de publicación10 Febrero 2014
EmisorCONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
SecciónSEGUNDA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. CONSIDERANDO

PRIMERO. Que la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología aprobó diversas modificaciones al Estatuto de dicha entidad.

SEGUNDO. Que a fin de promover la generación de conocimiento y desarrollo tecnológico, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 contempla la creación de plazas para investigadores jóvenes que prestarán servicios de investigación y docencia en instituciones de educación superior y de investigación; por lo que es necesario actualizar las funciones y organización del Consejo para administrar dichas plazas.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9, fracciones I, XIII y XVII de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y 19, fracciones IV, VI y XX del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, por acuerdo de la Junta de Gobierno del CONACYT se ha tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL MANUAL DE ORGANIZACION DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

"Artículo único. Se reforman diversas disposiciones del Manual de Organización del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología para quedar como sigue:

"I.- IDENTIFICACION

Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

CONACYT

Avenida Insurgentes Sur No. 1582

Colonia: Crédito Constructor

Delegación: Benito Juárez

Código Postal: 03940 México, D.F.

Conmutador: 53-22-77-00

Página WEB: http//www.conacyt.gob.mx

  1. INDICE

  2. IDENTIFICACION

  3. INDICE

  4. MISION

  5. VISION

  6. ANTECEDENTES

  7. MARCO LEGAL

  8. ATRIBUCIONES

  9. ESTRUCTURA ORGANICA

  10. ORGANIGRAMA

  11. FUNCIONES

    JUNTA DE GOBIERNO

    DIRECCION GENERAL

    DIRECCION ADJUNTA DE DESARROLLO CIENTIFICO

    DIRECCION ADJUNTA DE DESARROLLO TECNOLOGICO E INNOVACION

    DIRECCION ADJUNTA DE POSGRADO Y BECAS

    DIRECCION ADJUNTA DE CENTROS DE INVESTIGACION

    DIRECCION ADJUNTA DE DESARROLLO REGIONAL

    DIRECCION ADJUNTA DE PLANEACION Y COOPERACION INTERNACIONAL

    DIRECCION ADJUNTA DE ASUNTOS JURIDICOS

    OFICIALIA MAYOR

    SECRETARIA EJECUTIVA DE LA CIBIOGEM

    UNIDAD TECNICA DE PROYECTOS, COMUNICACION E INFORMACION ESTRATEGICA

    ORGANO INTERNO DE CONTROL

  12. MECANISMOS DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL

  13. GLOSARIO DE SIGLAS

  14. MISION

    Impulsar y fortalecer las actividades de investigación científica, tecnológica y la innovación de calidad y brindar asesoría al Ejecutivo Federal en esas materias. Articular el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, para contribuir a que la sociedad mexicana enfrente con pertinencia sus principales retos y eleve su calidad de vida.

  15. VISION

    El CONACYT se ha consolidado como coordinador de las políticas públicas y actividades nacionales en ciencia, tecnología e innovación, con una agenda de cooperación internacional fortalecida y diversificada. Es un organismo comprometido socialmente, que actúa con transparencia y visión de futuro, que cuenta con un marco normativo moderno y flexible, con una administración innovadora, y que toma sus decisiones basándose en un sistema de información eficiente y confiable.

  16. ANTECEDENTES

    Con el propósito de formular, coordinar y fortalecer la política de ciencia y tecnología establecida en México, vinculándola a la política general de desarrollo, fue creado el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, cuyos antecedentes son:

    En 1935 se hacía patente en México la necesidad de destinar recursos de todo orden para el fomento de las actividades relacionadas con el desarrollo científico; por tal razón y mediante Decreto Presidencial del 30 de octubre de 1935, nace el Consejo Nacional de Educación Superior y de Investigación Científica, organismo precursor del CONACYT.

    A este organismo le suceden:

    La Comisión Impulsora y Coordinadora de la Investigación Científica, creada el 31 de diciembre de 1942, y el Instituto Nacional de Investigación Científica, fundado el 28 de diciembre de 1950.

    Fue el 29 de diciembre de 1961 cuando se reorganizó este último organismo, ampliando sus facultades y fijándose como objetivo central promover la coordinación y desarrollo de la investigación científica fomentando la formación de investigadores.

    A iniciativa del entonces Presidente de la República, el Congreso de la Unión aprobó el 23 de diciembre de 1970 la Ley que crea al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1970, en vigor al día siguiente. Posteriormente surgieron reformas a dicha ley que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974.

    Durante el mes de agosto de 1984, se formuló el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico y Científico 84-88 (PRONDETYC), el cual se constituyó en el principal instrumento de acción del Estado para desarrollar el avance tecnológico independiente y al mismo tiempo integrar la investigación científica a la riqueza de los recursos nacionales con que cuenta México.

    Los lineamientos y ordenamientos que regularon el quehacer nacional e internacional en materia de ciencia y tecnología fueron: la Ley para Coordinar y Promover el Desarrollo Tecnológico y Científico, el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 y el programa sectorial; en estos ordenamientos se definieron los lineamientos, objetivos y estrategias de la política nacional de Ciencia y Tecnología, cuya instrumentación fue brindar apoyos directos a las instituciones académicas, a los centros de investigación científica y a las entidades públicas y privadas que se encontraban involucradas en ese momento en el desarrollo tecnológico, así como en la formación de recursos humanos de alto nivel.

    El Poder Ejecutivo envió las iniciativas de Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y la Ley de Ciencia y Tecnología, con el propósito de incidir de una manera frontal en las necesidades y oportunidades que se le presentaban al país, y convertirse así en una nación dinámica en estas actividades científicas y tecnológicas. El 25 de abril del 2002, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el Decreto que expide la Ley de Ciencia y Tecnología y la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. El 30 de abril de 2002 el Senado de la República igualmente aprobó por unanimidad, el referido Decreto de expedición de ambas leyes.

    En la aprobación al Decreto de las leyes antes mencionadas, se contemplan las bases de una política de Estado, para pasar de una política sexenal a una política que trascienda los objetivos particulares del gobierno en turno, además de actualizar la legislación, se tomaron en cuenta los objetivos y metas establecidos en el Programa Especial de Ciencia y Tecnología 2001-2006, y la proyección de un programa Federal de proyección al año 2030.

    Las modificaciones a la Ley de Ciencia y Tecnología otorgan al CONACYT mayores atribuciones e instrumentos para consolidarlo como un organismo descentralizado, dejando de estar sectorizado, para que asuma plenamente su función de coordinador, impulsor y asesor de la investigación y desarrollo científico y tecnológico en nuestro país. Las modificaciones igualmente establecen una instancia a manera de Organo de Política y Coordinación en materia de Ciencia y Tecnología identificado como Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, presidido por el Titular del Ejecutivo Federal e integrado por diversas Dependencias y Organismos vinculados a los aspectos científicos o tecnológicos, incluyendo al CONACYT, siendo facultad de ese Organo, entre otros conceptos el establecimiento de políticas nacionales para el avance científico y la innovación tecnológica que apoyen el desarrollo nacional, así como la aprobación del Programa Especial de Ciencia y Tecnología.

    Por su parte, las modificaciones a la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, acordes con los objetivos generales de la Ley de Ciencia y Tecnología, establecen la integración plural de su Junta de Gobierno, determinando que el Presidente de la República nombrará a quien presidirá dicho Organo de Gobierno, de entre los Titulares de las Dependencias del Ejecutivo Federal que tengan mayor actividad científica.

    El 5 de junio de 2002 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ciencia y Tecnología y la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, las cuales en términos generales contemplan los siguientes elementos:

    La creación del Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, mediante el cual se garantizará que las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que realizan tareas en materia de ciencia y tecnología alcancen una mayor coordinación y actúen conforme a una política de Estado en esta materia.

    Al crear el Foro Consultivo, Científico y Tecnológico, como órgano asesor y de consulta en la materia, se pretende lograr que se aglutinen y simplifiquen las funciones de los anteriores mecanismos, con una integración amplia, plural y equilibrada que abarque todas las áreas y disciplinas.

    Con la propuesta de una Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología, se establece un mecanismo permanente de coordinación entre el CONACYT y los gobiernos de las entidades federativas y el Distrito Federal, a través de los Consejos Estatales y organismos para el apoyo a la investigación científica y tecnológica.

    Se impulsará la formación de una Red Nacional de Grupos y Centros de Investigación, en la cual se podrán adscribir los grupos de investigadores de instituciones de investigación públicos, sociales y privados interesados en compartir sus talentos para la solución de los problemas que vive México.

    De manera importante se propone que para la constitución, modificación y extinción de los Fondos CONACYT no se requiriera de la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya que sólo bastará con su registro en dicha Secretaría, con el...

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