Reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros
Edición | Matutina |
Emisor | Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros |
Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. MARIO ALBERTO DI COSTANZO ARMENTA, Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 26, fracciones I y II, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros 58, fracción VIII, y 59, fracciones I y XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y
CONSIDERANDO
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Que, con fecha 16 de julio de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, el cual fue aprobado por su Junta de Gobierno el 26 de mayo de 2010 y dejó sin efectos el publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de octubre de 2007, mismo que desde la fecha de su publicación hasta el 28 de abril de 2016 sufrió diversas reformas, encaminadas todas a reforzar la organización y funcionamiento de las Unidades Administrativas de la Comisión Nacional.
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Que conforme a las medidas de racionalidad presupuestal instruidas por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es indispensable optimizar el gasto en servicios personales, configurando la organización de personal con base en criterios de eficacia, eficiencia y austeridad, por lo que se hace necesario contar con una nueva estructura orgánica para la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
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Que mediante acuerdo CONDUSEF/JG/101/06 del 28 de abril de 2016, la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, en términos de lo establecido en el artículo 22, fracción VI, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, aprobó las reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
Por lo expuesto y fundado se expiden las siguientes:
REFORMAS, ADICIONES Y DEROGACIONES AL ESTATUTO ORGÁNICO DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS
Se REFORMAN los artículos 3, fracciones IV, incisos a), j) y k), y V, incisos t) e y); 4, fracciones I, inciso a), IV, incisos b) y c); 14, primer párrafo, fracciones XIV Bis, XXI, XXII, XXXIV y XXXV; 17, fracción XXX; 18, fracciones XXIII y XXVII; 19, fracciones VII, IX, XVIII, XXIII y XXX Bis; 19 Bis, fracción XVIII; 20, fracciones XIV y XV; 22, primer párrafo, fracción XXXI, y último párrafo; 23, primer y último párrafos, y 28, fracciones V, XLV, XLVI y XLVII; se ADICIONAN a los artículos 14 las fracciones XXXVI a XLII; 22 las fracciones XXXIII a XLVIII, y al 23 las fracciones XXIII a XXVII; y se DEROGAN del artículo 3, fracciones IV, el inciso i), y V, los incisos v), x) y aa); 4, fracción IV, el inciso a); 21, 22, fracciones V y XXVII a XXX; 23, fracciones III y XVII a XXII, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, para quedar como sigue:
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a III. ...
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De Desarrollo Financiero, Estadístico y de Tecnologías de Información;
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a h) ...
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Derogada.
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De Administración; y
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De Planeación y Organización.
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a s) ...
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De Recursos Materiales y Servicios Generales;
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Derogada.
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Derogada.
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De Organización.
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aa) Derogada.
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Bis. a VII. ...
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Desarrollo Financiero, Estadístico y de Tecnologías de Información;
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y c) ...
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y III. ...
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Derogada.
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Administración, y
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Planeación y Organización.
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Bis y V. ...
Corresponde a la Dirección General de Desarrollo Financiero, Estadístico y de Tecnologías de Información, el ejercicio de las siguientes atribuciones:
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a XIV. ...
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Bis. Diseñar, desarrollar y optimizar el sitio web de la Comisión Nacional, en coordinación con las áreas técnicas correspondientes;
XV a XX. ...
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Formular, desarrollar, implementar y actualizar los procesos de atención a Usuarios y manuales de procedimientos inherentes, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, turnándolos a la Dirección General de Planeación y Organización para su registro y difusión;
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Diseñar, desarrollar, administrar, actualizar y optimizar los sistemas y herramientas automatizados de todas las unidades administrativas de la Comisión Nacional, así como capacitar al personal que los aplique;
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a XXXIII. ...
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Ordenar, previa opinión de la Dirección General de Servicios Legales, e informar al Comité de Supervisión, los programas de cumplimiento forzoso, que llevarán a cabo las Instituciones Financieras con motivo de las observaciones e irregularidades detectadas en las facultades de supervisión, dentro de su respectivo ámbito de competencia;
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Notificar la opinión que la Dirección General de Servicios Legales dé a los proyectos de estatutos presentados por aquellos interesados en constituirse como Sociedad Financiera de Objeto Múltiple;
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Determinar y...
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