Reglamento de la Escuela de Aviación Naval
DOF, 11 de Septiembre de 2000 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Marina
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Reglamento de la Escuela de Aviación Naval
REGLAMENTO de la Escuela de Aviación Naval.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 2o., fracción XIV, 37, 38, 61, 63 y 76 de la Ley Orgánica de la Armada de México; 73 de la Ley de Disciplina de la Armada de México, y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE AVIACIÓN NAVAL TÍTULO PRIMERO. Disposiciones Generales CAPÍTULO ÚNICO Artículo 1.- La Escuela de Aviación Naval es un establecimiento de educación técnica profesional con la misión de formar oficiales con los conocimientos necesarios en las técnicas y tácticas empleadas en la operación de las unidades aeronavales de la Armada de México. Artículo 2.- La Escuela de Aviación Naval regulará sus actividades navales y militares conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del orden naval militar, y las académicas de acuerdo a los objetivos, estrategias y acciones previstas en el Plan General de Educación Naval. TÍTULO SEGUNDO. Competencia y Organización CAPÍTULO I. Competencia Artículo 3.- Compete a la Escuela de Aviación Naval realizar las funciones siguientes: I.- Formar al personal de alumnos dentro de la profesión naval para desempeñarse como oficiales pilotos aviadores navales en las unidades aeronavales; II.- Formar al personal de alumnos en la investigación técnica y táctica aplicada en el ámbito de la aviación naval; III.- Formar física y mentalmente al personal de alumnos para la protección, vigilancia y auxilio en la seguridad interior y la defensa exterior del país; IV.- Inculcar al personal de alumnos los más altos conceptos del honor, deber, lealtad, honradez y disciplina como valores supremos de la profesión naval militar; V.- Inculcar al personal de alumnos el amor a la mar, al medio ambiente marino y el respeto a los recursos marítimos; VI.- Efectuar actividades de investigación técnica, táctica y pedagógica en los diferentes aspectos de la aviación naval que permitan obtener la excelencia académica de sus tareas de docencia; VII.- Impartir cursos de educación continua, diplomados y especialización en el área de aeronáutica naval contemplados en el Plan General de Educación Naval, y VIII.- Las demás que le confieren las leyes, reglamentos y disposiciones del mando. CAPÍTULO II. De la Organización Artículo 4.- Para el cumplimiento de su misión la Escuela de Aviación Naval se organizará en ...Ver el contenido completo de este documento
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