Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor para el ejercicio fiscal 2014 (Continúa en la Tercera Sección)

Fecha de disposición28 Diciembre 2013
Fecha de publicación28 Diciembre 2013
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 43, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 2, 4, 6, 10, 11, 12 y 14 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; 14 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; 66, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 2, C, fracción IV, 3, 4, 5, fracción XVI y 57 Bis, fracciones I y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, mediante el fomento del crecimiento económico; asimismo impone al Estado el fomento de las actividades que demande el interés general y la concurrencia al desarrollo económico nacional, con responsabilidad social, de los sectores público, privado y social.

Que con el objeto de promover el desarrollo económico nacional a través del fomento a la creación de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y el apoyo a su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad, el 30 de diciembre de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo DOF) la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Que el 24 de mayo de 2006 se publicó en el DOF el Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que coadyuva a la debida implementación de los programas, instrumentos, esquemas, mecanismos y actividades para el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES.

Que es responsabilidad de la Secretaría de Economía emitir las Reglas de Operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal correspondiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes.

Que con fundamento en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y en cumplimiento a lo dispuesto en el transitorio segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 2013, que prevé, la creación del Instituto Nacional del Emprendedor como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía.

Que con fundamento en el Artículo 57 Bis fracción XV del Decreto mencionado en el párrafo anterior, se crea la Red Nacional de Apoyo al Emprendedor para impulsar una estrategia de articulación, vinculación y apoyo integral a emprendedores y MIPYMES, la cual contará con apoyos públicos y privados para que las buenas ideas encuentren un lugar propicio para crear y transformar empresas.

Que con el fin de eficientar los recursos públicos y lograr el mayor impacto en los programas a partir del ejercicio fiscal 2014, se fusionan el Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y el Fondo Emprendedor, para conformar el Fondo Nacional Emprendedor.

Que una de las Metas Nacionales establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 es México Próspero, la cual en su objetivo 4.8 establece el desarrollo de los sectores estratégicos del país y, específicamente en la estrategia 4.8.4 Impulsar a los Emprendedores y fortalecer a las MIPYMES.

Que el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, establece en el objetivo sectorial 3 el fin de impulsar a emprendedores y fortalecer el desarrollo empresarial de las MIPYMES y de organismos del sector social de la economía.

Que con el objeto de, entre otros, impulsar la innovación, competitividad y proyección en los mercados locales y globales de los emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas, para aumentar el desarrollo económico y social, así como la política que fomente la cultura y productividad empresarial, se expiden las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

OBJETO Y LOS OBJETIVOS DEL FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR

  1. El Fondo Nacional Emprendedor tiene por objeto fomentar el crecimiento económico nacional, regional y sectorial, mediante el fortalecimiento ordenado, planificado y sistemático del emprendimiento y del desarrollo empresarial en todo el territorio nacional, así como impulsar la consolidación de una economía innovadora, dinámica y competitiva que se sustente crecientemente en MIPYMES más productivas ubicadas en sectores estratégicos.

  2. Son objetivos del FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR

    1. Lograr que la entrega de los APOYOS sea resultado de una política incluyente de apoyo al emprendimiento y a las MIPYMES del país, con objetivos cuidadosamente establecidos y compartidos por los diferentes sectores y regiones de la economía mexicana, garantizando la transparencia tanto de procesos como en la toma de decisiones;

    2. Lograr que los APOYOS del FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR al ser aplicados, tengan resultados medibles y cuantificables en los BENEFICIARIOS, los cuales son: el incremento en la productividad total de los factores y en la productividad laboral; en ventas; en uso de tecnologías; en posicionamiento en el mercado; en acceso a financiamiento y a nuevos mercados; en incremento de la calidad de los productos, procesos y/o servicios; una mayor cobertura; mayor facilidad para hacer negocios; o cualquier otro que sea definido por el Instituto Nacional Emprendedor (INADEM) en las respectivas CONVOCATORIAS y/o convenios, y que contribuya al fortalecimiento de la economía nacional;

    3. Generar mediante la colocación eficaz y la selección, por parte del CONSEJO DIRECTIVO, los mejores PROYECTOS presentados al FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR a través de un proceso de evaluación sólido y transparente, una gradual y firme transformación de los emprendedores y de las MIPYMES del país, para que las micro empresas se transformen en pequeñas empresas, las pequeñas en medianas y las medianas en grandes, favoreciendo así el crecimiento sostenido de la economía mexicana, y

    4. Crear mecanismos eficientes de generación y distribución de los APOYOS que garanticen el ejercicio de los recursos del FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR y la llegada de los recursos a los BENEFICIARIOS de manera transparente y sin discrecionalidad.

    Los objetivos del FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR deberán desarrollarse de manera eficaz y oportuna a fin de consolidar la política industrial incluyente de apoyo a emprendedores y MIPYMES y con ello consolidar el surgimiento, fortalecimiento, escalamiento y competitividad de los emprendedores y de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) de los sectores estratégicos del país, la transformación competitiva de sectores y regiones, así como la inversión productiva generadora de empleos y bienestar.

    DEFINICIONES

  3. Para efectos de estas Reglas de Operación se entenderá por:

    1. APOYOS: Los recursos económicos que el Gobierno Federal otorgará por conducto de la Secretaría de Economía (SE), a través del INADEM, a los beneficiarios del FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR en los términos que establecen la presentes Reglas de Operación;

    2. BENEFICIARIOS: Los emprendedores y las micro, pequeñas y medianas empresas, las empresas grandes vinculadas con MIPYMES y/o las instituciones y organizaciones de los sectores público o privado que operen programas o PROYECTOS del FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR.

    3. COMPETITIVIDAD: La capacidad para mantener y fortalecer el crecimiento, la rentabilidad y participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los mercados, con base en ventajas asociadas a sus productos o servicios, así como a las condiciones en que los ofrecen. Para efectos de evaluar el impacto de los APOYOS del FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR se entenderá como aquellas mejoras que se obtienen como resultado del apoyo otorgado para acceder a financiamiento y capital, tecnologías, empleos, ventas, exportaciones, innovación, entre otros, dependiendo de la naturaleza del PROYECTO

    4. CONSEJO DIRECTIVO: El órgano máximo de decisión del FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR;

    5. CONSOLIDACIÓN: Las acciones efectuadas para mejorar la productividad y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas a través del fortalecimiento de sus capacidades administrativas, financieras, de producción, de comercialización, de innovación y desarrollo tecnológico, entre otras, para mantener y aumentar su rentabilidad y participación en los mercados;

    6. CONVENIOS ESPECÍFICOS: El acuerdo establecido entre el INADEM y las Dependencias y Entidades de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal o el máximo órgano empresarial del país, para el

      desarrollo de proyectos de carácter específico que contribuyan al logro de la visión, objetivos y metas del INADEM;

    7. CONVOCATORIAS: Son aquellas que emite el INADEM, con el visto bueno de la SE, para participar en la presentación de PROYECTOS u obtención de APOYOS, y en las que se establecerán las características, términos y requisitos de dicha participación;

    8. COMITÉ ESTATAL: Es el Órgano Colegiado constituido en cada Entidad Federativa, que estará presidido por el Secretario de Desarrollo Económico o su equivalente en el Estado, el Delegado de la Secretaría de Economía en la Entidad Federativa y un representante del sector empresarial.

    9. ECOSISTEMA: Sistema formado por un conjunto de agentes económicos que interactúan entre sí, a fin de establecer condiciones favorables para crear, desarrollar y consolidar un ambiente propicio para el desarrollo y fortalecimiento de...

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