Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Integral de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. (Continúa de la Cuarta Sección)

Fecha de disposición18 Diciembre 2013
Fecha de publicación18 Diciembre 2013
SecciónQUINTA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Integral de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. (Continúa de la Cuarta Sección) (Viene de la Cuarta Sección)

Fomento a la cultura del aseguramiento y fortalecimiento institucional

La Secretaria podrá disponer de hasta 1.5 por ciento del presupuesto asignado al Componente de atención a desastres naturales para diseñar e implementar las siguientes acciones:

  1. La inducción y desarrollo de la cultura de la prevención de riesgos y fortalecimiento del aseguramiento catastrófico en el sector agropecuario, pesquero y acuícola a través de la formación técnica (giras de intercambio, talleres, seminarios, diplomados, etc.) en materia de cultura de prevención, de los actores que intervienen en la atención de los productores afectados por desastres naturales; asimismo, para el desarrollo de investigación en materia de protección contra riesgos catastróficos y para la difusión de los alcances y resultados en materia de operación de esquemas de aseguramiento catastrófico, a través de publicaciones, instrumentos de mediatización y foros de análisis.

  2. El desarrollo de información o equipamiento tecnológico para la prevención de desastres naturales entre los que se encuentran el fortalecimiento la red de estaciones meteorológicas incluidas en la cobertura del seguro paramétrico que permita determinar la presencia de Desastres Naturales Perturbadores.

Asimismo, para fortalecer la emisión de los Dictámenes Técnicos que corroboren la ocurrencia de Desastres Naturales en el sector agropecuario, se podrá destinar hasta el 0.25% del presupuesto autorizado al Componente de Atención a Desastres Naturales, con las instancias correspondientes.

Esquemas de aseguramiento para productores con seguro comercial y productores pecuarios

El proceso de gestión para los apoyos a productores agrícolas con acceso al aseguramiento y a productores pecuarios que deseen adquirir protección para la disponibilidad de pastos en los agostaderos, se establecerá en los lineamientos que se emitan en el acuerdo de transferencia de recursos que suscriba la SECRETARÍA con AGROASEMEX.

Artículo 55

Mecánica operativa del Componente Coordinación para la Integración de Proyectos.

Con base en las disposiciones contenidas en el artículo 17 de las presentes "Reglas de Operación del Programa Integral de Desarrollo Rural" se establecen los Lineamientos Operativos para el Componente Coordinación para la Integración de Proyectos:

  1. PARTICIPANTES. Las instancias que intervienen en la operación de este Componente son:

    1. Unidad Responsable: Coordinación General de Enlace Sectorial.

    2. Instancia Ejecutora: Coordinación General de Enlace Sectorial.

      La Coordinación General de Enlace Sectorial como Unidad Responsable e Instancia Ejecutora será responsable de operar el Componente conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación, contando con las siguientes atribuciones y responsabilidades:

    3. Autorizar y publicar la convocatoria en la página electrónica de la Secretaría y los demás medios a su alcance para acceder a los apoyos;

    4. Definir ventanillas, determinar o modificar los periodos y fechas de apertura y cierre;

    5. Llevar el control y seguimiento de la operación del Componente;

    6. Suscribir los acuerdos, convenios y demás instrumentos jurídicos con las organizaciones y asociaciones civiles beneficiadas con los apoyos del Componente;

    7. Realizar el pago de los apoyos correspondientes;

    8. Realizar acciones de verificación y seguimiento a los apoyos que hayan sido otorgados y usados conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación y la normatividad aplicable, en coordinación con las áreas de la SECRETARÍA;

    9. Dar seguimiento físico-financiero a los recursos involucrados en el instrumento jurídico suscrito para

      tal efecto;

    10. Coordinar de común acuerdo con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la SECRETARÍA las acciones de supervisión y evaluación del Componente;

    11. Solicitar al beneficiario la presentación de informes de avance;

    12. Cancelar en forma total o parcial el pago de recursos en caso de que el beneficiario no cumpla con lo previsto en las Reglas de Operación;

    13. Atender los requerimientos de información solicitados;

    14. Coadyuvar en el seguimiento y emisión de las resoluciones de los procedimientos administrativos instaurados para determinar incumplimiento de obligaciones por parte de los beneficiarios, y en su caso, formalizar la cancelación de los apoyos y ejercer las acciones legales pertinentes conforme a la legislación aplicable;

    15. Resguardar por el tiempo establecido en la normatividad aplicable la documentación que avala la entrega-recepción de apoyos;

    16. Integrar el informe de la cuenta pública del Componente con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre, en la que se especificarán los recursos pagados, devengados y los no devengados enterados a la TESOFE;

    17. Atender las auditorías que practiquen los órganos fiscalizadores de nivel federal, estatal o de la Auditoría Superior de la Federación hasta su solventación;

    18. Reintegrar, en cumplimiento a la legislación aplicable, a la TESOFE, los recursos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado, así como los productos financieros que correspondan;

    19. Interponer denuncias, demandas y cualesquiera otras acciones legales para el cumplimiento del objetivo del Componente, según la normatividad aplicable;

    20. Notificar a la Unidad Responsable del Componente, así como a la Oficialía Mayor respecto de las resoluciones sobre "Causas de incumplimiento";

    21. En general, todas las facultades y obligaciones necesarias para la consecución de los objetivos del Componente, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación y legislación aplicable.

  2. CONCEPTOS DE APOYO Y MONTOS. El Componente Coordinación para la Integración de Proyectos otorgará apoyo para los siguientes conceptos y montos:

    Concepto de apoyo Clave(s) SCIAN
    1. Profesionalización.- Pago por servicios profesionales que requiera la organización social para capacitación, principalmente para pago de personas físicas o morales que mejoren las capacidades de sus técnicos y agremiados en los ámbitos de organización y gestión. 5416
    2. Equipamiento.- Este concepto contempla la adquisición de mobiliario y equipo de cómputo y para oficina; programas de cómputo, refacciones y accesorios para el equipo de cómputo; mantenimiento y conservación de instalaciones en cuyo concepto serán considerados los materiales de construcción, estructuras y manufacturas, materiales complementarios, material eléctrico y electrónico. 4354, 3342, 3343, 3344, 3351, 3352, 3353

    3. Comunicación.- Gastos destinados a bienes y servicios para la realización de eventos relacionados con la vida interna de la organización (Asambleas, talleres y seminarios), y que tengan por objeto comunicar a los agremiados de la organización, los resultados de la actuación de la directiva; decisiones de diverso orden que favorezcan a la organización y transmitir nuevos conocimientos técnicos de interés o bien para discutir problemas específicos de la organización y plantear propuestas de solución. También se apoya material de difusión y promoción para el fortalecimiento de la organización. Nota: Este rubro no cubre el pago para la realización de Congresos, Convenciones y Foros. 56192, 813110 El apoyo en comunicación será hasta por 25% del total del apoyo autorizado para el Plan Anual de Trabajo.
    4. Gastos Inherentes a la Ejecución del Plan de Trabajo.- Son aquellos derivados de la operación general de la organización para la ejecución del Plan Anual de Trabajo autorizado, como pasajes, hospedajes y alimentación para los representantes y agentes operativos de las Organizaciones Sociales, incluyendo gastos para asesoría profesional externa. Este concepto de apoyo en ningún caso podrá ser destinado para cubrir el gasto corriente de la Organización. 813110 El apoyo en gastos inherentes será hasta por 30% del total del apoyo autorizado al Plan Anual de Trabajo; la contratación de asesoría profesional externa podrá ser de hasta el 3%.del monto total aprobado a la organización.
    Se aprobarán montos de apoyo de hasta $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos), en rubros para profesionalización, equipamiento, comunicación y gastos inherentes
  3. CRITERIOS Y REQUISITOS. Los apoyos del Componente Coordinación para la Integración de Proyectos se otorgarán con base en los siguientes criterios y requisitos:

    Criterios Requisitos
    a) Presentar solicitud de apoyo. I. Presentar solicitud de apoyo en el ANEXO V, acompañado de la documentación solicitada.
    b) Que la organización demuestre estar constituida con antigüedad suficiente y que esté vinculada con actividades de desarrollo rural. I. Acta constitutiva protocolizada ante Notario Público. a) Haber transcurrido por lo menos tres años desde la fecha de su constitución. b) Tener un objeto social que le permita
    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR