Reglas de Operación del Programa de Apoyo para la Mejora Tecnológica de la Industria de Alta Tecnología (PROIAT), para el ejercicio fiscal 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2015
EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 177, 178, y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 5, fracción XVI y 24, fracciones II, IV y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 29 y 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y

CONSIDERANDO

Que una de las metas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, Objetivo 4, estrategia 4.8.1 es lograr un México Próspero en donde la economía del país crezca, a través de reactivar una política de fomento económico enfocada en incrementar la productividad de los sectores estratégicos de la economía mexicana, de manera regional y sectorialmente equilibrada.

Que la línea de acción 4.8.1.1 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 menciona como prioridad nacional la implementación de una política de fomento económico que contemple el diseño y desarrollo de agendas sectoriales y regionales, el desarrollo de capital humano para actividades de alta tecnología, el impulso de sectores estratégicos de alto valor, el desarrollo y la promoción de cadenas de valor en sectores estratégicos y el apoyo al desarrollo tecnológico.

Que uno de los objetivos sectoriales en el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018 es desarrollar una política de fomento industrial y de innovación que promueva un crecimiento económico equilibrado por sectores, regiones y empresas.

Que la estrategia 1.2 del Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018 es incrementar la competitividad de los sectores dinámicos, que impulse la innovación, el fortalecimiento y el aumento de su competitividad, a través del desarrollo de agendas de trabajo.

Que el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2014, establece distintas directrices que debe seguir el Gobierno Federal, entre las que se encuentran las estrategias 1.1 "Asegurar que la gestión de la Administración Pública Federal se apegue a la reforma constitucional de derechos humanos" y 3.1 "Asegurar el enfoque de derechos humanos en la gestión de la Administración Pública Federal".

Que con el propósito de seguir contando con un mecanismo que asegure la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados para incrementar las capacidades de impulso a las empresas para realizar actividades de mayor valor, se expiden las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO PARA LA MEJORA TECNOLÓGICA DE LA INDUSTRIA DE ALTA TECNOLOGÍA (PROIAT), PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015

Introducción

Las industrias de alta tecnología enfrentan obstáculos para elevar su nivel de productividad, ya que si bien es cierto que han incrementado de manera significativa sus capacidades de manufactura, es necesario ampliar el alcance de sus actividades a aquellas que generan mayor valor agregado.

El Programa de Apoyo para la Mejora Tecnológica de la Industria de Alta Tecnología (PROIAT), es una estrategia institucional del Gobierno Federal para contribuir a que las industrias de alta tecnología participen en actividades de mayor valor agregado por medio del otorgamiento de apoyos de carácter temporal.

La coordinación institucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, explotar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Por ello, es la intención de la Secretaría de Economía establecer los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que el PROIAT no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal.

El impulso al desarrollo de capital humano y el desarrollo tecnológico son elementos necesarios para que México mejore su posición en el contexto mundial y fortalezca su mercado interno.

Objetivos

1. El Programa de Apoyo para la Mejora Tecnológica de la Industria de Alta Tecnología (PROIAT) tiene como objetivo general contribuir a que las industrias de alta tecnología incrementen sus capacidades para adoptar nuevas tecnologías, e impulsar la participación de las empresas en actividades de mayor valor agregado, mediante la especialización del capital humano, la certificación de capacidades productivas y humanas, la generación de información especializada y la transferencia y/o desarrollo tecnológico.

2. Son objetivos específicos del PROIAT en el ámbito de las industrias de alta tecnología:

  1. Contribuir a la disponibilidad de capital humano especializado, mediante la capacitación a:

    1. empleados del nivel técnico y profesionista, y

    2. capacitadores.

  2. Contribuir a elevar la calidad de procesos y productos, mediante las certificaciones especializadas:

    1. del capital humano;

    2. de los procesos, y

    3. de los productos.

  3. Disponer de información relativa a la aplicación industrial de productos y/o procesos de alta tecnología, de la situación actual en los mercados y de sus tendencias tecnológicas, productivos y de demanda, mediante la elaboración de estudios:

    1. de diagnóstico;

    2. de mercado, y

    3. de prospectiva.

  4. Impulsar las capacidades tecnológicas, mediante el apoyo a la implementación de procesos de alta tecnología y a otros gastos asociados a la generación y/o transferencia de tecnología, tales como:

    1. Manufactura de prototipos;

    2. Pruebas de validación;

    3. Consultoría especializada para la implementación de nuevos procesos;

    4. Adquisición de licencias, y

    5. Registro inicial de patentes.

  5. Contribuir a la creación de infraestructura común de las industrias de alta tecnología para la formación especializada de su capital humano, en los procesos productivos, mediante el equipamiento de centros de entrenamiento especializado.

    Definiciones

    3. Para efectos de las presentes Reglas, se entenderá por:

  6. Apoyos: Los subsidios temporales que el Gobierno Federal otorga a quienes resulten Beneficiarios por conducto de la Secretaría de Economía, en los términos del Presupuesto de Egresos de la Federación vigente;

  7. Asimetrías de Información: Situación en que una de las partes en una transacción tiene información relevante que la otra no e incentivos para no revelarla, lo que puede llevar a que exista selección adversa;

  8. Beneficiarios: La población objetivo cuyos proyectos sean aprobados por el Consejo Directivo del PROIAT y a la que se hayan entregado los apoyos correspondientes;

  9. Consejo Directivo: El Consejo Directivo del PROIAT;

  10. Convenio de Colaboración: Instrumento jurídico suscrito entre la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología (DGIPAT) y el Beneficiario, en el que se establecerá el proyecto a desarrollar, los montos de apoyo a otorgar por parte de la Secretaría de Economía;

  11. Convocatoria: Documento que establece los requisitos, el procedimiento y vigencia para la presentación de solicitudes de apoyo del PROIAT;

  12. Criterios de Selección: Características de los Proyectos que corresponden a los objetivos del PROIAT y a los mecanismos establecidos para alcanzarlos, que por lo tanto los hacen susceptibles de recibir apoyo;

  13. Empresa: Unidad de control y decisión que utiliza diferentes insumos para producir bienes o servicios;

  14. Estudio de Mercado: Análisis del mercado potencial y de los clientes (posibles usuarios, sus necesidades, y sectores de aplicación), para mejorar las características de penetración de la innovación (diseño, precio, funcionalidad, envase y distribución), mediante éste se logra la identificación de las características únicas de la innovación, así como las soluciones que aportarán a los posibles clientes en relación con soluciones existentes y competidores. Se proyecta y se delimitan las ventas, cuantificando volumen, tipo y se determinan y estudian las barreras de entrada al mercado potencial, y la estrategia de penetración de acuerdo a este análisis;

  15. Estudio de Diagnóstico: Recolección sistemática de datos sobre una situación o un grupo de ellas, el cual da una vista general de la situación y representa el comienzo de un nuevo modelo de trabajo en su estructura y operación, el cual debe ser controlado de tal manera que mantenga y mejore la capacidad del sistema para llevar a cabo las metas establecidas;

  16. Estudio de Prospectiva: Análisis de las causas técnicas, científicas, económicas y sociales que aceleran la evolución de una variable y la previsión de las situaciones que podrían derivarse de sus influencias conjugadas;

  17. Industrias de Alta Tecnología: Son las industrias de maquinaria y equipo, automotriz, autopartes, eléctrica, electrónica, aeronáutica, de embarcaciones, ferroviaria y metalmecánica;

  18. Indicadores Cuantitativos: Corresponde al Valor Final obtenido de la ponderación resultante de multiplicar el valor absoluto otorgado a cada concepto específico, de cada uno de los tipos de apoyo del PROIAT, por el valor de ponderación establecido para estos mismos, establecidos en el Anexo F. "Mecanismos de Evaluación de los Proyectos";

  19. Manual de Evaluación de Alineamiento con los Objetivos del PROIAT: Instrumento de evaluación de los proyectos que proporciona un indicador del grado de cumplimiento con los objetivos del PROIAT;

  20. Población Potencial: Son las empresas fabricantes de las industrias: maquinaria y equipo, automotriz...

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