Reglas de Operación del Programa de Ordenamiento Territorial y Esquemas de Reubicación de la Población en Zonas de Riesgo para el ejercicio fiscal 2015 y subsecuentes

Fecha de disposición30 Diciembre 2014
Fecha de publicación30 Diciembre 2014
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónDECIMA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN, Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los Artículos 14, 16, 17 bis Fracción III, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 74, 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; los Artículos aplicables del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente y 1, 4, 5 y 6 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), y

JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN, Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los Artículos 14, 16, 17 bis Fracción III, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 74, 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, y 1, 4, 5 y 6 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), podrá señalar los programas a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a Reglas de Operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el PEF los criterios generales a los cuales se sujetarán las Reglas de Operación de los programas.

Que las dependencias serán responsables de emitir las Reglas de Operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Que de los programas de subsidios del Ramo Administrativo 15, "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", el Programa de Ordenamiento Territorial y Esquemas de Reubicación de la Población en Zonas de Riesgo, se destinará a las Entidades Federativas, a los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal con la finalidad de llevar a cabo acciones de ordenamiento territorial que conduzcan a una distribución de la población y sus actividades, acorde con la vocación, aptitud y potencial natural del territorio, en aras de elevar el nivel de vida de la población.

Que con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el Programa, dentro del ámbito de sus atribuciones y de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación, deberá identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Cruzada contra el Hambre. Dichas acciones atenderán a los hogares y sus integrantes que se encuentren en situación de pobreza extrema de alimentación, evaluados e identificados a partir de la información socioeconómica integrada al Sistema de Focalización de Desarrollo (SIFODE). Lo anterior, con base en los Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares y disponibles en la dirección: www.sedesol.gob.mx. Asimismo, cuando aplique, para las acciones de servicios básicos e infraestructura social básica se atenderá a las personas que habitan en las Zonas de Atención Prioritaria urbanas y rurales vigentes disponibles en la dirección electrónica: http://sisge.sedesol.gob.mx/SISGE/. Para implementar dichas acciones, el Programa podrá realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, sin menoscabo de lo establecido en las presentes Reglas de Operación y de las metas establecidas, así como en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal. La Unidad Responsable del Programa deberá informar las acciones, presupuesto y avances en las metas e indicadores de las acciones que se desarrollen para dar cumplimiento a los objetivos de la Cruzada.

Que las dependencias y las entidades a través de sus respectivas coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las Reglas de programas vigentes, y en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, por lo que he tenido a bien expedir las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y ESQUEMAS DE REUBICACIÓN DE LA POBLACIÓN EN ZONAS DE RIESGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y SUBSECUENTES

Presentación

Durante los años recientes, ha prevalecido en México una política territorial prácticamente unitaria de apoyo a las ciudades. Sin embargo, esa política resulta limitada ante circunstancias crecientemente complejas que incluyen las variables económica, social y ambiental. En la actualidad, la experiencia de México, y de muchos otros países, obligan a adoptar un enfoque sistémico que articule el desarrollo urbano con el rural.

En este sentido resulta necesario promover el uso y ocupación eficiente del territorio nacional permite la viabilidad de las regiones, de las zonas metropolitanas y de los sistemas urbano-rurales. Contribuye a la definición de estrategias de conectividad y servicios logísticos interregionales e interurbanos, al impulso de las ventajas comparativas, competitivas y de localización de las actividades e industrias mexicanas que detonen el desarrollo estratégico y la productividad del país, lo que se traduce en generación de riqueza a nivel nacional y local.

Las experiencias internacionales registradas en las dos últimas décadas señalan que el enfoque territorial del desarrollo permite formular acciones más eficaces, en comparación con aquellas perspectivas sectoriales aún persistentes, por lo que debe darse una estrecha coordinación entre los tres niveles de gobierno para la ejecución de las mismas.

El Programa de Ordenamiento Territorial y Esquemas de Reubicación de la Población en Zonas de Riesgo tiene por objetivo orientar el uso óptimo del territorio, impulsar el desarrollo sustentable de las actividades económicas y elevar la calidad de vida de la población, fortaleciendo la ocupación ordenada del territorio.

El Ordenamiento Territorial es un proceso político, en la medida que involucra toma de decisiones concertadas de los factores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio. Asimismo, es un proceso técnico administrativo porque orienta la regulación, promoción de la localización y desarrollo de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial, así como la de los asentamientos humanos.

El Ordenamiento Territorial es un instrumento que tiene como fin último la distribución equilibrada de la población y sus actividades económicas, contribuye a la consecución de los objetivos del desarrollo nacional, estatal y municipal en su dimensión territorial, y permite entre otras cosas, llevar a cabo procesos eficientes de reubicación de la población asentada en zonas de riesgo.

De esta forma, se fortalece y amplia el potencial productivo e impacta positivamente en la generación de riqueza, se mejora paulatina y permanentemente la calidad de vida de la población y se logra un manejo sustentable de los recursos naturales. En suma, las políticas basadas en un enfoque territorial resultan eficaces para promover la cohesión económica y social en los territorios, además de favorecer la complementariedad entre éstos.

En consecuencia, para garantizar el desarrollo del territorio, es necesario orientar procesos de ordenamiento territorial, que lleven a la distribución equilibrada de la población y sus actividades económicas, tomando como punto de partida el aprovechamiento de la vocación y el potencial productivo de cada región.

De igual manera el ordenamiento territorial se debe constituir, como un instrumento estratégico para reducir la vulnerabilidad de los asentamientos humanos y evitar la ubicación de éstos en zonas de riesgo.

Con el Programa de Ordenamiento Territorial y Esquemas de Reubicación de Población en Zonas de Riesgo, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano busca contribuir al cumplimiento de la Meta Nacional 2 México Incluyente y del Objetivo 2.5. Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna, establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

El Programa se encuentra alineado a la estrategia 2.5.3., lograr una mayor y mejor coordinación...

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