Reglas de Operación para los Programas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento y Tratamiento de Aguas Residuales a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2016

Fecha de disposición29 Diciembre 2015
Fecha de publicación29 Diciembre 2015
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónDECIMA PRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 9 párrafos primero, segundo, tercero apartado "a" y quinto fracciones I, VI, XXXIII, XXXV, XXXVI, XXXVII y LIV, y 12 fracciones I, VIII, XI y XII de la Ley de Aguas Nacionales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5 fracción III, inciso b), 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 64, 65 fracciones I, II y III, 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29, 30, 41 y Anexo 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016; 1, 8 y 13 fracciones I, II, V, VI, XI, XII y XXVII del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua; he tenido a bien expedir las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES A CARGO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, APLICABLES A PARTIR DE 2016

CONTENIDO:

Artículo 1 Presentación.
Artículo 2 Definiciones.

2.1. Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (PROAGUA).

2.2 Tratamiento de Aguas Residuales (PROSAN)

Artículo 3 Glosario de Términos.
Artículo 4 Generalidades de los Programas.

4.1. Objetivo.

4.2. Población Potencial.

4.3. Cobertura.

4.4. Requisitos.

Artículo 5 Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (PROAGUA).

5.1. Objetivo específico.

5.2. Población objetivo.

5.3 Apartado Urbano (APAUR).

5.3.1. Acceso a los subsidios.

5.3.1.1. Requisitos específicos.

5.3.1.2. Procedimiento de selección.

5.3.2. Características de los apoyos.

5.3.2.1. Tipos de apoyos.

5.3.2.2. Montos máximos y mínimos.

5.4. Apartado Rural (APARURAL)

5.4.1. Acceso a los subsidios.

5.4.1.1. Requisitos específicos.

5.4.1.2. Procedimiento de selección.

5.4.2. Características de los apoyos.

5.4.2.1. Tipos de apoyos.

5.4.2.2. Montos máximos y mínimos.

5.5. Apartado Agua Limpia (AAL).

5.5.1. Acceso a los subsidios

5.5.1.1. Requisitos específicos.

5.5.1.2. Procedimiento de selección.

5.5.2. Características de los apoyos.

5.5.2.1. Tipos de apoyos.

5.5.2.2. Montos máximos y mínimos.

5.6. Promoción de la contraloría social.

5.7. Casos de excepción.

Artículo 6 Tratamiento de Aguas Residuales (PROSAN).

6.1. Objetivo específico.

6.2. Población objetivo.

6.3. Infraestructura.

6.3.1. Acceso a los subsidios.

6.3.1.1. Requisitos específicos.

6.3.1.2 Procedimiento de selección.

6.3.2. Características de los apoyos.

6.3.2.1. Tipos de apoyo.

6.3.2.2. Montos máximos y mínimos.

6.4. Incentivos al Tratamiento de Aguas Residuales.

6.4.1. Acceso a los subsidios.

6.4.1.1. Requisitos específicos.

6.4.1.2. Procedimiento de selección.

6.4.2. Características de los apoyos.

6.4.2.1. Tipos de apoyo.

6.4.2.2. Montos máximos y mínimos.

Artículo 7 Instancias participantes.

7.1. Ejecutores.

7.2. Normativa.

Artículo 8 Operación de los Programas.

8.1. Actividades y plazos.

8.1.1. Reasignación de recursos.

8.1.2. Relación de iniciativas de inversión.

8.2. Derechos, obligaciones y sanciones.

8.2.1. Derechos.

8.2.2. Obligaciones.

8.2.3. Sanciones.

8.2.4. Consideraciones especiales.

8.3. Coordinación institucional.

8.4. Conclusión de proyectos.

8.4.1. Acta de entrega-recepción.

8.4.2. Cierre de ejercicio.

8.4.3. Recursos no devengados.

Artículo 9 Auditoría, control y seguimiento.

9.1. Contraloría social.

9.1.1. Programación de recursos.

Artículo 10 Gastos de operación.
Artículo 11 Evaluación.

11.1. Interna.

11.2. Externa.

Artículo 12 Transparencia.
Artículo 13 Quejas y denuncias.
Transitorios Artículos 1 a 13
Artículo 1 Presentación.

Las presentes Reglas de Operación tienen como propósito fundamental, asegurar que la aplicación de los subsidios en programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento, se realicen con eficiencia, eficacia, economía y transparencia, estableciendo los mecanismos regulatorios de acceso, evaluación y rendición de cuentas de cada programa.

Estos programas responden a la creciente demanda de incrementar el acceso y calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento para la población de las zonas urbanas y rurales de las entidades federativas del país.

La integración de las Reglas de Operación se sustenta en la simplificación de procedimientos; unificación de criterios con otros programas afines dentro del sector público y orientar su formulación a la obtención de resultados, conforme las principales modificaciones a la Estructura Programática para el ejercicio 2016, que establecen:

  1. - Fusión de los Pp en materia de agua potable, alcantarillado y saneamiento: S047 Programa de Agua Limpia; S075 Programa para la Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales, y el U037 Infraestructura Hídrica, en el S074 Programa de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento en Zonas Urbanas, denominado ahora Programa de agua potable, alcantarillado y saneamiento. Considerando que los Pp S047, S074, S075 y U037 corresponden al objetivo Sectorial 3 del Programa de

    Medio Ambiente y Recursos Naturales (PROMARNAT) Fortalecer la gestión integrada y sustentable del agua, garantizando su acceso a la población y a los ecosistemas, se fusionaron en un solo programa sujeto a reglas de operación, denominado S074 Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, con lo que se garantiza de manera articulada dicha política pública, toda vez que todos los programas señalados responden al objetivo 3 del Programa Nacional Hídrico (PNH) Fortalecer el abastecimiento de agua y el acceso a los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

  2. - Fusión del Pp U031 Incentivos para la Operación de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales en el Pp S218 Programa de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales.

    Considerando que los Pp S218 y U031 corresponden al objetivo Sectorial 5 del PROMARNAT Detener y revertir la pérdida de capital natural y la contaminación del agua, aire y suelo.

    Esta fusión corresponde a la misma política relativa al objetivo 3 del PNH Fortalecer el abastecimiento de agua y el acceso a los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, y en particular a su estrategia 3.3 Sanear las aguas residuales municipales e industriales con un enfoque integral de cuenca hidrológica y acuífero. Dichos programas se integraron en el Pp S218 Tratamiento de Aguas Residuales.

    Por lo anterior con estos programas se podrá dar continuidad en lo procedente, a las acciones iniciadas con los programas que se integran, conforme a lo aquí establecido.

    Que el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez.

Artículo 2 Definiciones.

Estas Reglas de Operación aplican a los programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento siguientes:

2.1. Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (PROAGUA).

Tiene como propósito apoyar el fortalecimiento e incremento de la cobertura de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento que prestan los organismos operadores, de los municipios, a través de las entidades federativas. Cuenta con los apartados siguientes:

Apartado Urbano (APAUR).

Tiene como propósito apoyar el fortalecimiento e incremento de los sistemas de agua potable y alcantarillado en centros de población mayores o iguales a 2,500 habitantes, mediante acciones de construcción, ampliación, rehabilitación, el apoyo de la sostenibilidad operativa y financiera de los organismos operadores, de los municipios de las entidades federativas.

Apartado Rural (APARURAL).

Apoyar la creación de infraestructura para abatir el rezago en la cobertura de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento en localidades rurales de las entidades federativas del país, mediante la construcción, mejoramiento y ampliación de infraestructura en localidades menores a 2,500 habitantes, con la

participación comunitaria organizada.

Con motivo del crédito externo otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo al Gobierno Federal...

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