Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado el 18 de diciembre de 2013

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EmisorSecretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. ENRIQUE MARTINEZ Y MARTINEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 25 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 9, 12, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9 y 12 de la Ley de Planeación; 75 y 77 segundo párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 7, 32 fracciones I, II, VI, VII, IX, XIII y XIV, 54, 55, 56, 59, 60, 61, 72, 79, 104, 105, 109, 115 párrafo segundo, 164, 178, 183,188, 189, 190 fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 3, Fracción XI, 30, 31 fracción IV, 32 y 36 fracciones I, III, inciso b), IV, V, VI y XIV y los Anexos 10 y 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 1, 2 apartado D fracción I, 3o., 5o. fracción XXII, 44, 45 y Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y

CONSIDERANDO

Que en el segundo párrafo del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se establece que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que los artículos 27, 29 y 30 del Decreto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado el 03 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, establece los criterios generales a que deberán sujetarse las reglas de operación de los programas federales y en el anexo 24 del propio Decreto se enlistan los programas federales sujetos a reglas de operación;

Que el 18 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

Que es importante que las Reglas de Operación de los Programas a cargo de esta Secretaría sean claras y precisas, a fin de agilizar la operación de dichos Programas, y

Que uno de los propósitos del Gobierno de la República es hacer un uso más eficiente de los recursos presupuestarios, dada la racionalidad de los mismos, así como operar de manera pronta y expedita los programas y componentes a cargo de esta Secretaría, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SIMILAR POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE COMERCIALIZACION Y DESARROLLO DE MERCADOS DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 18 DE DICIEMBRE DE 2013

ARTICULO UNICO

Se MODIFICAN los Capítulos II, III, IV, V, VI y IX, del Título IV y el Anexo IX, del Contenido; las fracciones XXV, XXXIX y LXVII del artículo 4; el subinciso 4 del inciso b), el subinciso 4 y el párrafo quinto del inciso c) en la fracción II del artículo 7, el cuadro único del artículo 8; el párrafo cuarto de la fracción III, el inciso B., de la fracción VIII, y las fracciones XIV y XXI, del artículo 9; la fracción I y el inciso a) de la fracción IV, del artículo 13; el cuadro único del artículo 14; el título del capítulo II; la fracción I y el segundo cuadro del artículo 17; el inciso i) de la fracción I y el inciso e) de la fracción II, del artículo 18; los incisos a, b y d, de la fracción II, del artículo 19; el subinciso a) de la fracción III, del apartado 1, del artículo 21; el subinciso a. del inciso XI, de la fracción II, del artículo 22; el artículo 23; el subinciso 2, del inciso a), el subinciso 6, del inciso b) de la fracción II, del artículo 24; el numeral c1, del subinciso 31, del inciso A, el párrafo segundo, del subinciso 1, el numeral b) del subinciso 2, del inciso E1, de la fracción II, del artículo 26; el artículo 30; el primer párrafo del artículo 31; los párrafos primero y segundo del artículo 33; las fracciones I, II, el inciso c) de la fracción III y la fracción IV, del artículo 35; el artículo 36; el primer párrafo del artículo 38, el primer párrafo y las fracciones I, V, VI y VII, del artículo 40; el párrafo primero, la fracción I y el párrafo segundo del artículo 41; el artículo 42; el párrafo primero del artículo 43; los artículos 44; 45; 46; 47 y 51; el segundo párrafo del artículo 55, el cuadro único del artículo 56; el segundo párrafo del artículo 58; el quinto párrafo del artículo 61; los incisos b), c), d), e) y f), para quedar como a), b), c), d), e) y f) y los incisos g), h) e i) para quedar como a), b) y c), del artículo 62; el inciso c) de la fracción I del artículo 69; el título de los

Capítulos II, III, IV, V y IX; los artículos 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79 y 80; los Anexos I, II, VI, IX, X, XI, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII y XXIII; se ADICIONAN los anexos XII-A, XII-B, XII-C, XII-D, XII-E y XXII-A, al Contenido, la fracción LV. Bis del artículo 4; los incisos A. B. y C., de la fracción II, los párrafos segundo y tercero, los subincisos 1. 2. y 3., del inciso D, de la fracción VIII, así como las fracciones XXIV y XXV al artículo 9; los incisos e) y g) al artículo 62; el título del Capítulo VI y los artículos 81, 82 y 83, los Anexos XII-A, XII-B, XII-C, XII-D, XII-E y XXII-A; y se DEROGAN el Anexo XII del Contenido, los puntos 1. 2. y 3., así como los párrafos tercero y cuarto del subinciso b), del inciso C., de la fracción VIII, del artículo 9 y el segundo párrafo del artículo 43 y el Anexo XII, todos del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas el 18 de diciembre de 2013, para quedar como sigue:

"CONTENIDO [...]

TITULO I al TITULO III. [...]
TITULO IV [...] Artículos 1 a 19
Capítulo I [...]
Capítulo II Del Procedimiento Administrativo y Sanciones
Capítulo III De los participantes
Capítulo IV De la Auditoría
Capítulo V Del Gasto de Operación
Capítulo VI De la Evaluación, Seguimiento y Supervisión
Capítulo VII al VIII. [...]
Capítulo IX De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Quejas y Denuncias Artículos 1 a 15

[...]

[...]

Anexo I al Anexo VIII [...]

Anexo IX Solicitud para los Incentivos de los Proyectos de Promoción Comercial

Anexo X al Anexo XI [...]

Anexo XII [Se deroga]

Anexo XII A, Solicitud de Participación en Eventos Comerciales Internacionales, Degustaciones en el extranjero.

Anexo XII B, Solicitud de Participación en Eventos Comerciales Nacionales, Degustaciones nacionales.

Anexo XII C, Solicitud de Participación en Misiones Comerciales, Ruedas de Negocios.

Anexo XII D, Solicitud de Participación en Desarrollo de Valor Agregado y Capacidades Comerciales.

Anexo XII E, Solicitud de Participación en Foros, Congresos y/o Seminarios.

Anexo XIII al Anexo XXII [...]

Anexo XXII A, Evaluación de Participación del concepto Desarrollo de Valor Agregado y Capacidades Comerciales para el mercado interno o internacional.

Anexo XXIII al Anexo XXIV [...]

Artículo 1

a 3. [...].

Artículo 4

[...].

  1. a la XXIV. [...]

  2. Cultura de la Calidad.- Fomentar a través de incentivos, la producción y comercialización de cultivos elegibles cuya demanda y/o producción regional o nacional potencial presenten tendencias decrecientes, producciones excedentarias con problemas de comercialización, derivadas de las desventajas

    de mercado y/o por contingencias climatológicas que enfrenta el productor en la compraventa de sus cosechas, estableciendo con ello un patrón de cultivos que, por su calidad y valor agregado, determinen su permanencia en los circuitos comerciales y, en su caso, en la apertura de nuevos mercados nacionales e internacionales, repercutiendo favorablemente en el ingreso de los productores, la rentabilidad de la actividad, y la consolidación de la oferta nacional de alimentos de calidad.

  3. a la XXXVIII. [...]

  4. Incentivo.- Son los subsidios asignados mediante recursos federales previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, que a través de la Secretaria se otorgan a los diferentes sectores...

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