Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal

Fecha de disposición10 Noviembre 2008
Fecha de publicación10 Noviembre 2008
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SecciónCUARTA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación. ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACION VI/2008, DEL VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO, DEL COMITE DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION POR EL QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ADQUISICION, ADMINISTRACION Y DESINCORPORACION DE BIENES Y LA CONTRATACION DE OBRAS, USOS Y SERVICIOS REQUERIDOS POR ESTE TRIBUNAL.

El Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, integrado por los señores Ministros Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, José Fernando Franco González Salas y Juan N. Silva Meza, y con fundamento en lo previsto en el artículo 110, fracción III, del Reglamento Interior de este Alto Tribunal, y

CONSIDERANDO:

PRIMERO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene, entre otras atribuciones, la de nombrar los comités que sean necesarios para la atención de los asuntos de su competencia;

SEGUNDO. Los artículos 109, fracción I y 110, fracción III, del Reglamento Interior de este Alto Tribunal señalan como atribuciones del Comité de Gobierno y Administración atender todos los asuntos y programas relacionados con la administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y aquellos que no sean competencias de otros comités;

TERCERO. El seis de agosto de dos mil uno, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en ejercicio de las facultades que le otorgan los artículos 100, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 14, fracciones I y XIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, emitió el Acuerdo General de Administración 6/2001 por el que se establecen los Procedimientos para la Contratación de Obras, Adquisición y Desincorporación de Bienes, Usos y Servicios Requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

CUARTO. De la interpretación de lo previsto en el artículo 1o., tanto de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas como de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se advierte que el Poder Judicial de la Federación no se rige por lo previsto en esos ordenamientos, lo que se corrobora por lo señalado en la fracción XVII del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en la que se faculta al Consejo de la Judicatura para emitir los Acuerdos Generales al tenor de los cuales las adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones, prestación de servicios y contratación de obra que realice ese Poder, a excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ajuste a los criterios contemplados en el artículo 134 constitucional;

QUINTO. En la regulación de las adquisiciones, servicios y obra pública, el Comité de Gobierno y Administración estima necesario sujetarse a lo establecido en el Acuerdo General relativo a las Bases para el Poder Judicial de la Federación en materia de adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma;

SEXTO. El Comité de Gobierno y Administración en ejercicio de las atribuciones que confieren al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las fracciones I y XIV del artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación está facultado para emitir el Acuerdo General que regule las contrataciones y desincorporaciones que requiere este Alto Tribunal, previendo procedimientos que permitan cumplir, aún más con los principios establecidos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que resulta conveniente expedir un nuevo Acuerdo General que sustituya al diverso 6/2001 y que incluso regule diversas materias afines como son la administración y la desincorporación de bienes de este Alto Tribunal; por lo que, con base en lo anterior emite el siguiente:

ACUERDO

TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 254
CAPITULO UNICO Artículos 1 a 5
Artículo 1o OBJETO

El presente Acuerdo General tiene por objeto regular los diversos actos y procedimientos que al tenor de lo previsto en el artículo 134 constitucional realice la Suprema Corte de Justicia de la Nación para contratar la compra o uso de bienes, obra pública y prestación de servicios, así como la administración y desincorporación de bienes.

Las contrataciones que se realicen con fondos de los fideicomisos en los que es fideicomitente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ajustarán a lo previsto en este Acuerdo General y en los casos en que cuenten con lineamientos específicos, se aplicará de manera supletoria.

Artículo 2o

DEFINICIONES. La interpretación y aplicación del presente Acuerdo General se entenderá por:

  1. Adquisición de Bienes. Actos en virtud de los cuales, por una parte, el proveedor se obliga a suministrar determinado bien mueble de manera onerosa y, por la otra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación a pagar por ello un precio determinado en dinero, previa formalización del instrumento respectivo;

  2. Adquisiciones y Servicios. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  3. Areas globalizadoras. Las Direcciones Generales de Adquisiciones y Servicios, Obras y Mantenimiento, Informática, Tesorería, Desarrollo Humano y Acción Social de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a las que corresponde administrar los recursos de las partidas relacionadas con las adquisiciones, obras y servicios que requiere este Alto Tribunal;

  4. Arrendamientos. Actos en virtud de los cuales, por una parte, el arrendador se obliga a conceder el uso o goce temporal de un bien mueble o inmueble y, por la otra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación a pagar un precio determinado en dinero, previa formalización del instrumento respectivo;

  5. Asuntos Jurídicos. La Secretaría Ejecutiva de Asuntos Jurídicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  6. Baja. Acto administrativo mediante el cual se cancela el registro de un bien en el control de inventarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por su desincorporación motivada por su extravío, obsolencia, robo o daño irreparable;

  7. Bases. Es el documento que contiene las cláusulas y estipulaciones de tipo jurídico, técnico y análisis de precios, que regirán el desarrollo de los procedimientos de licitación, concurso por invitación o concurso público sumario y en las cuales se específica el objeto y alcances de la contratación que se requiere, los derechos y obligaciones de los participantes y se establecen las condiciones sobre las cuales el contrato se celebrará;

  8. Bitácora de obra. Instrumento de carácter obligatorio que constituye el medio de comunicación entre las partes que formalizan los contratos, obligatoria en la obra o servicios relacionados con las mismas, donde se registrarán los asuntos relevantes durante el desarrollo de los trabajos;

  9. Catálogo Referencial de Proveedores y Prestadores de Servicios. Registro que contiene información sistematizada de los proveedores y prestadores de servicios interesados en participar en los procedimientos previstos para la adquisición de bienes y la prestación de servicios en el presente Acuerdo General, incluyendo la relativa al seguimiento sobre el cumplimiento de los contratos que les han sido adjudicados;

  10. Catálogo Referencial de Contratistas. Registro que contiene información sistematizada de los contratistas interesados en participar en los procedimientos previstos para realizar obra pública y los servicios relacionados con la misma en el presente Acuerdo General, incluyendo la relativa al seguimiento sobre el cumplimiento de los contratos que les han sido adjudicados;

  11. Casas de la Cultura. Casas de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  12. Certificado de Disponibilidad Presupuestal. Documento emitido por la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, con el cual se avala y reserva la existencia de recursos presupuestales, indicando la partida presupuestaria y la unidad responsable, así como el concepto de la contratación para el cual se requirió;

  13. Comité. El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  14. Comité de Gobierno. El Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  15. Concursante. La persona física o jurídica que participe en los procedimientos de concurso por invitación o público sumario previstos en el presente Acuerdo General;

  16. Contraloría. La Contraloría de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  17. Contratista. La persona física o jurídica que se encuentre en condiciones de ejecutar una obra pública o servicio relacionado con ella, que requiera la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  18. Contratos abiertos. Es aquella contratación que realiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando requiera de manera reiterada de un bien, arrendamiento, obra pública o servicio, respecto del cual no es posible...

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