Decreto por el que se exime del pago de derechos por la reposición y expedición de documentos cuyos antecedentes obren en el Registro Agrario Nacional, a los contribuyentes residentes en las zonas afectadas de los estados de Guerrero, Puebla, Veracruz, Chiapas, Hidalgo, Tabasco y Oaxaca por el fenómeno meteorológico Stan

Fecha de disposición29 Diciembre 2005
Fecha de publicación29 Diciembre 2005
MateriaDerecho Público y Administrativo
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se exime del pago de derechos por la reposición y expedición de documentos cuyos antecedentes obren en el Registro Agrario Nacional, a los contribuyentes residentes en las zonas afectadas de los Estados de Guerrero, Puebla, Veracruz, Chiapas, Hidalgo, Tabasco y Oaxaca por el fenómeno meteorológico Stan.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 39, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, y 12, 13, 31 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el fenómeno meteorológico Stan ocurrido en el mes de octubre de 2005, devastó severamente diversas zonas geográficas ubicadas en los Estados de Guerrero, Puebla, Veracruz, Chiapas, Hidalgo, Tabasco y Oaxaca, ocasionando pérdidas materiales a sus habitantes, alterando sensiblemente la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra de las regiones afectadas, y poniendo en riesgo a los sujetos agrarios;

Que es prioridad del Gobierno Federal apoyar a los sujetos agrarios afectados por el huracán Stan, siendo necesario instrumentar un conjunto de acciones que restauren la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra;

Que el Gobierno Federal, a la par de la sociedad civil, ha destinado apoyos inmediatos para el auxilio y rescate de los damnificados, así como para la reconstrucción de las regiones devastadas en materia de infraestructura y servicios públicos, con el fin de revertir los efectos causados por el citado fenómeno meteorológico;

Que como parte de esas acciones, es necesario otorgar un trato fiscal benéfico a los contribuyentes sujetos agrarios residentes en las zonas afectadas por el huracán Stan, consistente en eximirlos del pago de derechos por la reposición y expedición de documentos en que consten sus derechos agrarios, que sean necesarios para la defensa de sus intereses, tanto de sus derechos individuales como colectivos, cuyos antecedentes obren en los archivos del Registro Agrario Nacional;

Que en caso de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, el Ejecutivo Federal cuenta con atribuciones para expedir las disposiciones necesarias para superar tal situación, y

Que es prioridad fundamental del Gobierno Federal, en ejercicio de la facultad indicada, lograr en el menor tiempo posible la normalización de las actividades productivas, económicas y sociales en las zonas afectadas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO

Se exime del pago de derechos a que se refieren los artículos 5o. y 187, Apartados C y D, fracciones I y III, de la Ley Federal de Derechos, a los contribuyentes que acrediten su calidad de sujetos agrarios, siempre que sean residentes en las zonas afectadas de los Estados de Guerrero, Puebla, Veracruz, Chiapas, Hidalgo, Tabasco y Oaxaca, por la reposición y expedición de los documentos a que se refieren dichas disposiciones y que sean solicitados al Registro Agrario Nacional.

Los documentos contemplados en este artículo, deberán solicitarse por los sujetos agrarios para acreditar sus derechos individuales o...

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